La estevia es un edulcorante elaborado en laboratorios a partir del extracto de una planta denominada Stevia rebaudiana, y cuyo sabor dulce equivale a 250-300 veces el del azúcar de mesa pero con un insignificante aporte calórico. Su utilización como aditivo en alimentos y bebidas se aprobó en noviembre de 2011. Desde entonces, su consumo no ha dejado de aumentar, en gran medida a causa de las falsas declaraciones de salud que le han atribuido ciertos medios. En el presente artículo se revisan diversas cuestiones relacionadas con la estevia, el edulcorante de moda y muy eficaz para endulzar, pero ¿saludable?
Las sustancias que aportan un gran sabor dulce pero cuyo contenido calórico es muy bajo reciben varias denominaciones: sustitutos del azúcar, edulcorantes bajos en calorías, edulcorantes acalóricos o, también, edulcorantes «no nutritivos». En Europa se han autorizado varios edulcorantes para su utilización en productos alimentarios, y se acompañan de la letra E seguida de tres números, lo que garantiza que han sido sometidos a controles de seguridad. Los más conocidos son el acesulfame K (E950), el aspartamo (E951), el ciclamato (E952), la sacarina (E954), la sucralosa (E955) y, el más reciente, la estevia (E960).
Nuestro consumo de edulcorantes bajos en calorías va en aumento, pese a que muchos consumidores creen (de forma errónea) que son cancerígenos. No lo son, según la entidad de referencia en alimentación en Europa, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA). Su última revisión sobre uno de los edulcorantes más «temidos», el aspartamo, ha sido la esperada: «No despierta preocupación en cuanto a su toxicidad para los consumidores». En todo caso, es probable que esta creencia sea, en parte, la responsable del éxito de un edulcorante llamado estevia, que presume de provenir de una planta y, por tanto, tener un origen natural.
El efecto «halo» de la estevia
Al asociar a la estevia con el adjetivo «natural», algo muy frecuente, se genera una injustificada confianza en los consumidores: la procedencia de un ingrediente no determina su seguridad, como se detalló en el texto ‘Complementos dietéticos: cuidado con lo ‘natural’‘. La citada confianza se puede traducir en una falsa sensación de seguridad, o «efecto halo», que se sabe que desinhibe comportamientos insaludables (por ejemplo: «la estevia es tan sana que compensa mis malos hábitos»).
Afirmaciones como «no ha sufrido proceso alguno en su elaboración» son incompatibles con los procedimientos de laboratorio que permiten extraer los glucósidos de esteviol de la planta Stevia rebaudiana. Tales sustancias se obtienen en laboratorios mediante técnicas costosas y complejas y gracias a precisos aparatos. Nada de ello es compatible con la imagen de naturalidad que en ocasiones acompaña a este edulcorante.
¿Es la estevia un edulcorante saludable?
Por desgracia, además de etiquetar a la estevia con el engañoso reclamo «natural», miles de páginas web, y no pocos «falsos gurús», aseguran que la estevia no solo es un endulzante saludable sino que incluso es capaz de curar multitud de trastornos, como la diabetes, los problemas cardiovasculares o incluso la obesidad. Algo del todo falso: ningún estudio riguroso avala supuestas propiedades terapéuticas, preventivas y mucho menos curativas de la estevia.
La EFSA, de hecho, ha revisado si el consumo de alimentos o bebidas en los que se han sustituido los azúcares por edulcorantes acalóricos contribuye a conseguir o mantener un peso corporal normal. Y ha concluido que no hay pruebas que lo demuestren. Así, debido al carácter reglamentario de los dictámenes de la EFSA, si se atribuye a la estevia un efecto «adelgazante», se infringe el artículo 5.1.a del Reglamento 1924/2006.
En realidad, cualquier otra atribución es ilegal, por lo que no extraña que la experta Deborah García Bello denuncie en su blog Dimetilsulfuro que afirmar que este edulcorante cura enfermedades debería considerarse «un delito contra la salud pública». Otros expertos como Juan Revenga o Aitor Sánchez también han evidenciado en sus respectivos blogs las falsas atribuciones que suelen acompañar a la estevia. Es más, existen dudas sobre la seguridad de un alto consumo de estevia, como se amplía a continuación.
Dudas sobre la Ingesta Diaria Admisible
Cuando, en noviembre de 2011, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) autorizó el uso de la estevia como aditivo en alimentos y bebidas, advirtió que si se ingiere una alta cantidad de este edulcorante, se puede superar la Ingesta Diaria Admisible (IDA), es decir, la cifra a partir de la cual su consumo deja de ser seguro.
En mayo de 2014, la EFSA evaluó diferentes escenarios y volvió a concluir que ingerir mucha estevia podría traducirse en que se excediese la IDA, algo que no sucede con otros edulcorantes, como el aspartamo (habría que tomar ingentes cantidades de aspartamo para exceder su IDA). Es posible que un futuro no muy lejano la EFSA revise los actuales límites permitidos de utilización de la estevia por parte de la industria alimentaria (Maximum Permitted Levels), dado que su consumo no deja de aumentar.
No hay que olvidar, por último, que la mayor parte de alimentos a los que se ha agregado estevia son refrescos, galletas, cereales de desayuno, caramelos y otros productos superfluos. Aunque tengan menos calorías que frutas, hortalizas, frutos secos o legumbres, no son alimentos que conforman una dieta saludable.
Es seguro consumir, en las dosis que se ingieren en la actualidad, los glucósidos de esteviol (extractos de la planta Stevia rebaudiana utilizados para elaborar el edulcorante que se conoce como “estevia”). No obstante, según explica en su blog el bioquímico e investigador José Miguel Mulet, la planta contiene otros compuestos con actividad farmacológica cuya seguridad debe revisarse antes de permitir su comercialización. Para el doctor Mulet existen datos que apuntan efectos adversos de tales compuestos, como peligrosas disminuciones de la tensión arterial o incluso esterilidad. De ahí que la comercialización de la planta Stevia rebaudiana no esté autorizada en Europa, algo que ha confirmado en marzo de 2015 la AECOSAN (Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición). Es decir, vender esta planta se considera un acto delictivo.