El Consejo de Ministros aprobó en su última reunión la modificación del real decreto por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones estatales para fomentar la aplicación de los procesos técnicos del Plan de Biodigestión de Purines. La medida persigue adaptar la normativa a las exigencias de la Comisión Europea (CE) para que las ayudas estatales sean compatibles con el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (UE).
Estas ayudas tienen como objetivo la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, mediante el tratamiento del nitrógeno de los purines, la aplicación de tecnología complementaria a la biodigestión anaeróbica, potenciar la valorización agrícola del digestato y maximizar el tratamiento de purines, explicó el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (MARM).
La modificación establece dos líneas de subvención: la primera, dirigida a las inversiones en digestores rurales de explotaciones agrarias y, la segunda, para instalaciones de tratamiento individual o centralizado de purines con codigestores industriales. La nueva normativa también regula que podrá ser beneficiario de estas ayudas el titular de la instalación de tratamiento individual o centralizado de purines.
Otro apartado establece que se considerarán subvencionables las siguientes inversiones no productivas realizadas en las explotaciones para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero mediante el tratamiento anaeróbico de purines. De igual modo, el real decreto señala que la cuantía total de las ayudas previstas para cada beneficiario con digestores rurales no podrá ser superior a 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales. Este límite opera en relación con cualquier otra ayuda de minimis recibida por el beneficiario durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en el que se concede la subvención.
Además, la norma señala que para acceder a estas ayudas no se puede tener pendiente de reembolso ninguna cantidad respecto de ayudas que se hayan declarado incompatibles por la Comisión Europea y que, en el caso de las grandes empresas, se debe acreditar el carácter incentivador de la ayuda para cada proyecto.
Tope de ayudas
El real decreto también establece que la cuantía de las ayudas previstas para instalaciones individuales y centralizadas con codigestores industriales no podrá ser superior al 40% del importe total de la inversión subvencionable cuando se trate de sistemas de valorización agrícola del digestato como abono de los cultivos, así como para equipos de aplicación agrícola que minimicen las emisiones de amoniaco durante la aplicación. Tampoco podrá ser superior al 30% del importe total de la inversión en el caso de procesos que mejoren la gestión de nitrógeno como la separación sólido-líquido, la eliminación o la reducción-recuperación de nitrógeno del digestato.
Las ayudas previstas en el real decreto serán compatibles con otras que establezca con el mismo objetivo cualquier otra administración pública, siempre que no sobrepasen en cada caso los límites porcentuales previstos en «Ayuda para energías renovables» de la Directrices comunitarias sobre ayudas estatales a favor del medio ambiente. Además, en el caso de que la ayuda a una empresa supere la cantidad de 7,5 millones de euros, el proyecto deberá someterse a una evolución detallada por parte de la Comisión Europea.