El Euríbor se ha convertido en sinónimo de desvelos y preocupaciones en el seno de numerosas familias. La revisión de la hipoteca a costa de tan temido índice se ha traducido en tremendos agujeros en las planificaciones familiares. En el último año, de media, las cuotas se han encarecido en unos 600 euros anuales. Quien contrató un préstamo en septiembre de 2010 ha pasado de pagar un interés medio del 2% a abonar cerca de un 3%. Para un préstamo de 125.000 euros, ese punto porcentual de incremento supone unos 50 euros mensuales más, un golpe fuerte para algunas economías que viven al límite de sus posibilidades. El encarecimiento del índice y la imposibilidad de prever sus movimientos futuros han movido al Banco de España a buscar otra referencia, más estable, que pueda reducir la dependencia del Euríbor y sus efectos negativos sobre los presupuestos familiares. Aunque la iniciativa todavía no se ha puesto en marcha, la institución monetaria propone referenciar las hipotecas a un nuevo indicador: el IRS (Interest Rate Swap). Los nuevos préstamos para financiar la vivienda, que podrían comenzar a vender bancos y cajas en unos meses, son más estables y ajenos al incesante vaivén de los mercados, ya que se revisarán una vez cada cinco años, frente a las revisiones anuales o semestrales que impone el Euríbor.
¿Por qué un nuevo índice para las hipotecas?
El Euríbor es un índice relativamente reciente. Nació en el año 1999, con lo que apenas tiene 12 años. Es un índice de referencia que se calcula según el tipo de interés promedio al que las entidades financieras se prestan dinero en el mercado interbancario del euro. Usa los datos de los 50 principales bancos europeos. Es popular, sobre todo, porque su valor anual se utiliza como referencia en los préstamos hipotecarios.
En principio, la integración del euro hizo propicia su puesta en marcha, como forma de unificar criterios entre los países de la Unión Monetaria. Poco a poco, en España se dejó de lado el Mibor (índice referenciado a la peseta) para tomarse el Euríbor como referencia al calcular las cuotas que deberían pagar los titulares de hipotecas. En toda su historia, se ha movido entre el 1,3% y el 4,8%. Sin embargo, la volatilidad de los mercados y, sobre todo, los criterios laxos que aplicaron algunas entidades en la concesión de créditos han puesto de manifiesto la necesidad de suscribir hipotecas vinculadas a índices más estables, que hagan más soportable y previsible la carga financiera de las familias.
La crisis hace necesario suscribir hipotecas vinculadas a índices más estables
Buscar otra fórmula de cálculo del interés de las hipotecas resulta necesario, dados los continuos e incesantes desahucios de los últimos meses (desalojos de familias enteras de sus hogares porque no pueden hacer frente al pago de sus cuotas hipotecarias). No en vano, los bancos se han convertido en los principales vendedores de casas, debido a las numerosas ejecuciones de embargo hipotecarias. En el País Vasco, cada día se desaloja a siete familias de sus viviendas por no poder pagar sus letras hipotecarias. A esto se unen las negativas previsiones de creación de nuevo empleo y la posibilidad de que España vuelva a entrar en recesión.
El análisis económico y las cifras asustan. De ahí que el Banco de España se haya puesto manos a la obra para poner freno a las «quiebras familiares». En muchos casos, parece que podrían evitarse si el Euríbor no hubiera encarecido tanto las cuotas. Para ello, está en negociaciones con la intención de elaborar una norma que permita a bancos y cajas otorgar préstamos a un nuevo índice, el Insterest Rate Swap, que revisará su valor una vez cada cinco años. Eso permitirá que durante ese lustro el titular de un préstamo pague la misma cuota, sin ninguna variación.
¿Qué es el IRS?
El Banco de España quiere que los tipos de interés aplicados a las hipotecas se ajusten más a la realidad que viven los bancos para conseguir el dinero. Busca que los hipotecados tengan unas cuotas estables a medio plazo más que a corto, como impone el Euríbor. Ello casaría mejor con la operativa diaria de los bancos, que se financian más a medio y largo plazo que a periodos cortos, como seis meses o un año.
El origen de la actual propuesta está en la crisis que comenzó en 2007. En 2008, el Euríbor alcanzó el 5,5%, lo que supuso un encarecimiento de más de 1.000 euros al año en los préstamos respecto a lo que se pagaba en 2003. Los altibajos en las cuotas han supuesto un auténtico caos en algunos hogares. Se prevé que dentro de unos meses, bancos y cajas puedan comenzar a ofrecer hipotecas vinculadas al IRS.
Ventajas
La principal ventaja de las nuevas hipotecas referenciadas al IRS será la mayor estabilidad en el pago de las cuotas. Quien contratara hoy un préstamo vinculado a este indicador pagaría la misma letra durante los próximos cinco años, sin posibilidad de cambio por parte del banco (el titular, no obstante, sí puede solicitar una refinanciación o una renegociación de las condiciones del préstamo).
Otros factores como las comisiones asociadas a la hipoteca o el plazo de amortización no variarán. Las entidades podrán ofrecer préstamos vinculados al IRS desde 15 y hasta 40 años, negociables en función de la edad y los ingresos del titular.
En cuanto a las condiciones de concesión, las nuevas hipotecas aplicarán los mismos criterios de riesgo que tienen hoy los bancos: solo financiarán si las cuotas no superan el 35% de los ingresos totales de los titulares.
Desventajas
- Una de las desventajas del IRS es la posibilidad de que su valor en el momento de contratación de una hipoteca sea superior al del Euríbor. El índice al que se prevé que se referenciarán las próximas hipotecas no es nuevo, sino que ya existe en el mercado. Lo utilizan los bancos para calcular el coste de sus operaciones de financiación a medio plazo (desde 5 hasta 30 años). Su historia refleja que su valor supera entre 1 y 3 puntos porcentuales, de media, al del Euríbor. Hace seis meses, mientras este índice se situaba en el 1,92%, el IRS lo hacía en el 5%.
No obstante, las actuales tensiones que acusa el Euríbor hacen que sea superior al IRS. A cierre de septiembre, mientras este índice se situó en el 2%, el IRS se movía en el 1,9%. En este caso, sí resulta interesante optar por el IRS, ya que permitirá no solo pagar menos durante el primer año, sino mantener la cuota estable, sin altibajos, durante los próximos cinco ejercicios.
En cualquier caso, podría no resultar interesante si su valor supera en dos o tres puntos porcentuales al Euríbor, como ha sucedido en los últimos años.
- Una de las desventajas del IRS es la posibilidad de que su valor en el momento de contratación de una hipoteca sea superior al del Euríbor. El índice al que se prevé que se referenciarán las próximas hipotecas no es nuevo, sino que ya existe en el mercado. Lo utilizan los bancos para calcular el coste de sus operaciones de financiación a medio plazo (desde 5 hasta 30 años). Su historia refleja que su valor supera entre 1 y 3 puntos porcentuales, de media, al del Euríbor. Hace seis meses, mientras este índice se situaba en el 1,92%, el IRS lo hacía en el 5%.
Pese a todo, la elección de uno u otro tipo de hipoteca variará en función de numerosos factores. Además de la cuantía del tipo de interés, habrá que valorar los plazos de amortización y las necesidades financieras… En el caso de segundas viviendas y de hipotecados con una situación holgada, lo más aconsejable y demandado a menudo es la hipoteca a tipo fijo.
¿Qué pasará con el Euríbor?
La implantación de un nuevo índice para calcular las cuotas hipotecarias no supone la desaparición del Euríbor. Quienes tengan hipotecas vinculadas a este índice mantendrán sus préstamos tal cual. No les afecta en nada. Solo, si lo desearan, podrían solicitar una renegociación o novación de su préstamo, si les pareciera más adecuado vincularlo al nuevo índice.
La implantación de un nuevo índice no supone la desaparición del Euríbor
En cualquier caso, el banco o caja en cuestión tiene libertad absoluta para decidir si renegocia una hipoteca y cambia la referencia de Euríbor a IRS o, incluso, si le parece interesante o no comenzar la comercialización de préstamos vinculados al indicador a cinco años.
Es probable que el Banco de España cierre por medio de una circular la autorización a las entidades financieras para que construyan préstamos vinculados al IRS. Pero la decisión final de ponerlos en el mercado dependerá de bancos y cajas. Con todo, parece probable que con la luz verde del Banco de España, en el corto plazo, lleguen al mercado las primeras ofertas vinculadas al IRS.
Si se toma como referencia que el IRS se situaba a cierre de septiembre en el 1,9% y el Euríbor en el 2%, un préstamo de 150.000 euros a 30 años con un diferencial aplicado del 0,6% (la media actual) exigiría el pago de una cuota de 599,72 euros en el caso del préstamo vinculado al IRS y de 605,79 euros, en el vinculado al Euríbor. En los próximos cinco años, no obstante, el titular deberá revisar cinco o diez veces su cuota (en el caso de la vinculación al Euríbor, anual o semestral) y ninguna en el caso del IRS. En principio, el cliente con hipoteca al IRS gana en estabilidad. Su cuota será permanente. El del Euríbor, no obstante, puede beneficiarse de las potenciales bajadas que experimente el indicador.
Sin embargo, este mismo cálculo realizado hace seis meses supone una realidad distinta. En marzo de este año, el Euríbor se situaba en el 1,9%, mientras que el IRS lo hacía en el 4,6%. Un préstamo suscrito en función de estos indicadores obligaría a pagar un interés medio del 2,5% con el Euríbor y del 5,2% con el IRS. La cuota sería de 594,24 euros en el primer caso y de 823,67 euros con el nuevo índice, por lo que resultaría lógico optar por la primera opción o por una hipoteca a tipo fijo constante durante toda la vida del préstamo.