Okupas: qué hacer para evitarlos
Ante el creciente número de ocupaciones, expertos legales e inmobiliarios recomiendan una serie de pautas que pueden resultar muy útiles para tratar de evitar que los okupas invadan tu propiedad (o poder recuperarla lo antes posible):
👉 Instalar alarmas y cámaras
Las alarmas y cámaras actúan como efecto disuasorio para entrar en la vivienda, por lo que tenerlas supone más seguridad para el propietario.
El sistema de seguridad se dispara cuando entra un intruso, por lo que puedes percatarte al instante de la ocupación de la casa y avisar a la policía, y así intentar proceder al desalojo inmediato. Es importante que la caja de la alarma esté en un lugar alejado y escondido de la puerta para que no sea destruida.
👉 Poner puertas «antiokupación
En el mercado existen puertas de acero (en agosto se disparan los encargos de estas puertas) que se colocan de manera provisional evitando el asalto a las viviendas mientras estén vacías. Conviene tener asegurados y protegidos no solo la puerta principal, sino todos los posibles accesos: puertas y ventanas.
👉 Contar con vecinos atentos
¿Qué puede hacer si ocupan la casa de al lado? ¿Y mi vecino si ocupan la mía? Siempre conviene tener algún vecino de confianza que sepa de tu marcha y tenga tu teléfono para que te comunique lo antes posible si hay alguna incidencia. Lo esencial en estos casos es avisar lo antes posible al propietario.
👉 No «facilitar» la ocupación
Es importante no dejar copias de llaves en buzones, macetas o felpudos. Asimismo, no conviene anunciar en redes sociales (ni en correos electrónicos o teléfonos) que te marchas de vacaciones.
👉 Tener copia de la documentación de la casa
Como te puedes encontrar en la situación de no poder acceder donde están los documentos (tu despacho, tu ordenador…), es recomendable tener una copia.
Deberías tener copia de las escrituras, del contrato de arrendamiento y del empadronamiento escaneada en el móvil, en un ordenador portátil o en una nube (los recibos los puedes recuperar por la cuenta corriente del banco). Esto ayudará a que, en caso de denunciar la ocupación de tu vivienda, todo vaya más rápido.
👉 Realizar vídeos del estado del inmueble
Es interesante grabar algún vídeo de la casa para que —llegado el caso de interponer una denuncia— se pueda demostrar el estado en que estaba antes de la ocupación.
Imagen: Skitterphoto
Qué derechos tienen los okupas
Ocupar una casa ajena sin el consentimiento del propietario y sin pagar una contraprestación es un delito. Sin embargo, cuando alguien entra en un inmueble como okupa, puede adquirir ciertos «derechos»:
- no ser desalojado sin una orden judicial, a menos que se den determinadas circunstancias (en general, si no es primera vivienda o se denuncia pasadas 48 horas).
- que la vivienda se considere su morada, si cambian la cerradura de la puerta.
- a que el propietario no pueda forzar la puerta.
- no se les corte el suministro de agua, luz… (el propietario debe seguir pagando).
Cómo echar a los okupas y recuperar mi propiedad
No es fácil desalojar de tu vivienda a quienes la habitan de manera ilegal, aunque el momento en que lo intentes puede favorecerte.
✅ Si denuncias en el momento en que se está produciendo
En este caso se puede actuar de inmediato. Es decir, «si nos acabamos de percatar que nos han ocupado el inmueble, lo aconsejable es interponer de forma inmediata una denuncia ante la policía», explica Ignasi Vives, abogado especializado del despacho Sanahuja Miranda.
Hay que intentar que la policía se dirija al inmueble y proceda al desalojo urgente de la vivienda, ya que podríamos entender que estamos ante un delito flagrante.
«Es muy importante, en todo caso, que no transcurran más de 24-48 horas«, indica Vives. Después de ese plazo, las fuerzas de seguridad no pueden actuar sin una orden judicial. La presencia policial a veces «hace que reconsideren su postura o se marchen voluntariamente», señala Ramón Riera, vicepresidente mundial de la Federación Internacional de Profesiones Inmobiliarias (FIABCI).
✅ Si no te das cuenta en el momento
En el resto de casos, cuando no nos percatamos en el momento de la ocupación, hay otras vías:
- Desde 2018 la Ley de Enjuiciamiento Civil creó el desahucio exprés, un procedimiento verbal especial (más breve) que permite a la persona que tiene derecho sobre un inmueble reclamar su desalojo y devolución frente a okupas. El procedimiento debe iniciarse mediante la presentación ante los tribunales de una demanda que debe ir firmada por un abogado y un procurador. Y en ella debe constar que «se solicita la inmediata recuperación de la plena posesión de la vivienda», para evitar que se dilaten los plazos.
- Vía penal. Se puede poner una denuncia ante la policía o bien ante el juzgado de guardia; incluso podría ser una querella. Es importante llevar a la policía (o adjuntar a la denuncia o querella) indicios de prueba que acrediten que la finca es de tu propiedad y que es tu vivienda (recibos de suministros, escrituras, empadronamiento…), asegura Vicenç Hernández, CEO de Tecnotramit. Esta denuncia se instruirá por la vía penal por usurpación, «y no siempre al final esto puede comportar el desalojo de los intrusos», advierte Ramón Riera. Es importante que si se opta por la vía penal se pida una medida cautelar, que consistiría en la recuperación del inmueble, exigiendo que se adopten medidas que impidan que el delito se siga cometiendo.
- Contratar una empresa para desocupar la casa. Una tercera opción es contratar una empresa especializada que logre la desocupación, señala Hernández. En España hay varias, como Desokupa o Fuera Okupas, entre otras. Conviene saber que actuar por nuestra cuenta nunca es la mejor opción, y siempre es preferible acudir a la justicia.
Imagen: raellsr
Denunciar a los okupas: lo que dice la ley
Los okupas no son todos iguales: hay gente sin hogar, pero también existen grupos de jóvenes organizados que ven en este tipo de acciones una forma de independizarse e incluso cometer delitos.
Por ello, los expertos solicitan al poder político «una actuación más contundente para facilitar la labor a los magistrados y la policía», como señala el magistrado Fernando Valdivia. Además, habría que «establecer juzgados especializados en esta materia y dotarlos de los medios necesarios», añade.
Atendiendo a estas necesidades, el pasado 28 de septiembre, el PSOE presentó una enmienda antiokupas a la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que propone dos modificaciones legislativas para agilizar los desalojos de inmuebles ocupados ilegalmente:
- que los jueces puedan ordenar la salida de los okupas en 48 horas.
- que los jurados populares dejen de ocuparse de los casos de allanamiento de morada.
Por el momento, una okupación puede suponer:
👉 A nivel penal
La ocupación de una vivienda puede constituir la comisión de diferentes delitos:
- Ocupar la casa donde resida alguien supone la comisión de «un delito de allanamiento de morada (artículo 202 del Código Penal), con penas de seis meses a dos años», apunta Vicenç Hernández, quien agrega que el delito se agrava si media violencia o intimidación.
- Para el caso de que el inmueble no sea la vivienda donde resida el propietario o el arrendatario, la ocupación ilegal puede ser tipificada como un delito de usurpación (artículo 245 del Código Penal), donde solo se prevén penas de multa.
- Podrían darse otros delitos acumulados, dado que la ocupación suele ir acompañada de una desaparición de mobiliario, lo que podría constituir un delito de daños o un delito de hurto o incluso robo.
👉 A nivel civil
A nivel civil, los procedimientos solo tienen como objetivo recuperar la posesión del inmueble lo antes posible. No se pretende conseguir una pena para el okupa por haber cometido un delito.
¿Qué puede hacer un banco para echar a los okupas de una casa embargada?
✅ Llegar a acuerdos
Si se trata de familias vulnerables, las entidades tratan de llegar a acuerdos y fijar un alquiler social.
✅ Recurrir a la vía civil
Los bancos recurren casi siempre a la vía civil para solicitar el desahucio de la vivienda de su propiedad.
✅ Ir a la vía penal
Si las personas que ocupan la vivienda son conflictivas, se puede recurrir a la vía penal. El tribunal puede decretar un desalojo cautelar si los okupas no pueden acreditar que no es una usurpación. Es un proceso, en general, muy lento.
✅ Contratar empresas de desokupas
Al igual que los particulares, las entidades contratan cada vez más los servicios de empresas que están especializadas en desocupación.
Sin embargo, mientras que apenas se sabe de estas plataformas —”no hay plataformas conocidas que asesoren a los propietarios”, comenta Ramón Riera, vicepresidente mundial de FIABCI— proliferan las que asesoran a los okupas, “incluso con guías sobre cómo okupar una vivienda”, añade.
Los movimientos que dan apoyo a la ocupación, aunque funcionan muy a nivel local o por barrios, “tienen un sistema de apoyo y comunicación muy importante a nivel de redes sociales”, señala Vicenç Hernández.