Gastar por encima de las posibilidades de cada uno es una práctica bastante habitual en España. Comprar productos a cargo de los ingresos de los próximos meses o, incluso, sin previsión de tenerlos, hace que las cuentas corrientes de los bancos entren en descubierto o en números rojos. Sin embargo, los usuarios no suelen ser conscientes del coste que suponen esos adeudos, siempre más caros que cualquier préstamo tradicional. Según establece la ley, la Tasa Anual Equivalente (TAE) en estos casos no debería superar el 10,62%. Este porcentaje es aplicado por la mayoría de las entidades bancarias a la mayor cantidad en descubierto, aunque ésta se haya mantenido durante 12 horas. Otras pueden llegar a cobrarle hasta 30 euros sólo por avisarle de la delicada situación de su cuenta.
¿Qué son los números rojos?
Los números rojos se producen cuando se recibe un cargo superior al saldo que hay en la cuenta corriente y, por lo tanto, no se tiene el dinero suficiente para abonarlo. En ocasiones aparecen porque la persona no distribuye bien su dinero y ‘abusa’ de la tarjeta de crédito; otras, porque cobra menos de lo que debe pagar y en algunos casos porque responden a un descuido, sobre todo cuando se mantiene abierta una cuenta únicamente para el pago de un determinado recibo. También puede ocurrir que la transferencia con la que ha de abonar una cantidad se haya retrasado y aparezca en los listados bajo este epígrafe.
Ya sea por castigar en cierta forma esos adeudos o por aprovechar la oportunidad y ganar más dinero, lo cierto es que las entidades bancarias cobran bastante caro los descubiertos y se acaban convirtiendo en un buen negocio para los bancos, siempre, no obstante, que el cliente acabe pagando su deuda, que es lo que ocurre en la mayoría de los casos. Aunque el importe por descubierto sea bajo, el coste de una cuenta corriente en números rojos puede elevarse enormemente.
Ventajas de ser un “buen cliente”
La Ley de Crédito al Consumo 7/95 de 23 de marzo establece que “en los descubiertos no se podrá aplicar un tipo de interés que de lugar a una Tasa Anual Equivalente (TAE) superior a 2,5 veces el interés legal del dinero”. Según los datos con los que cuenta el Banco de España ninguna entidad financiera sobrepasa ese 10,62%.
Consultados los datos facilitados por el Banco de España en relación a los descubiertos en cuenta corriente de 203 bancos y 57 cajas, todos ofrecen ese 10,62% excepto una decena de entidades bancarias como es el caso de Patagon Bank, que establece un 9,76%, o Royal Bank Canada Europe Ltd., con un 10%. Respecto a las cajas de ahorros, otras diez dan también porcentajes inferiores: Caja Terrassa, con un 8,62%; Navarra, con un 10,51%, o Caja Santander y Cantabria, con un 10,58%.
Habría que precisar que ese 10,62% es un máximo, por lo que en la práctica las entidades pueden aplicar porcentajes menores. Este aspecto es muy difícil de concretar, en tanto que las comisiones en caso de números rojos dependen en muchas ocasiones de la decisión particular del director.
Por ello, las entidades distinguen entre unos usuarios y otros a la hora de permitir que tengan números rojos en cuenta y de cobrarles o no intereses por descubierto. Ser un buen cliente equivale a tener la nómina domiciliada, ingresos periódicos y para el que la situación de tener la cuenta en descubierto es algo ocasional y tiene lugar durante un breve periodo de tiempo. Si se es un buen cliente es posible que la entidad bancaria correspondiente no le cobre los intereses de ese descubierto o incluso puede no aplicárselos. No hay que olvidar que ese descubierto es una potestad del banco, en tanto que se trata de concederle un crédito, aunque mucho más caro.
Desde las cajas de ahorros aseguran que “si se trata de un despiste del cliente, que no pasa de dos días, no le cobramos”. Pero también añaden que las entidades no pueden permitir a cualquiera estar en números rojos, puesto que corren el riesgo de no recuperar el dinero prestado. Por ello, “sólo dejaremos tener una cuenta en descubierto a aquellas personas que ofrezcan garantías y siempre por cuantías razonables”, afirman.
Comisiones abusivas
Para el banco las cuentas en números rojos son más rentable que los préstamos normales porque el mayor peso económico es para el titular. También es cierto que la entidad corre un cierto riesgo; para adelantar la cantidad solicitada no se le pedirá ningún tipo de aval al cliente.
Angel Yagüe, en nombre de la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios(Ausbanc), aclara que “si el banco permite a un cliente un descubierto es porque tiene algún tipo de garantía de que va a recuperar el dinero, además de que las cantidades a deber en esos casos no suelen ser muy elevadas”.
El coordinador de Ausbanc en la provincia de Málaga señala que “los bancos aprovechan bien esta oportunidad” y critica la denominada “comisión sobre el mayor saldo descubierto’, según la cual, en una cuenta en números rojos durante tres días, en las que en uno de ellos el adeudo haya sido de mil euros, aunque en el resto haya sido de 30 euros, el interés se aplicará sobre los mil euros. Además, si la liquidación no se realiza hasta pasados tres meses o, incluso, seis, aunque la cuenta haya estado en descubierto durante 15 días, el interés se aplicará durante todo ese periodo.
Otro de los aspectos resaltados por Ausbanc es que se prohíbe expresamente que exista descubierto por fecha de valoración; una vez que el cliente ingresa un talón ese dinero no se suma inmediatamente a la cuenta sino que tiene que pasar un plazo de unas 48 horas, por lo que si en ese periodo llega cualquier recibo, la cuenta entrará en ‘números rojos’. En estos casos, “el Banco de España taxativamente establece que no se podrá cobrar la comisión sobre el mayor saldo descubierto”, explica Yagüe. De hecho, su aplicación es considerada por este organismo como una mala práctica bancaria.
Una práctica poco publicitada interesadamente por parte de los bancos es el derecho que tiene el titular de una cuenta corriente, consciente de su estado crítico, a echar para atrás todos los recibos que, de manera habitual, le cobran a través del sistema de domiciliación bancaria con una sola llamada. En el caso de que la entidad bancaria haga caso omiso, el banco debe correr con todos los gastos y en ningún momento cobrarán las comisiones correspondientes. Es lo que se conoce como abuso de facultades dispositivas en cuenta corriente. Todo se puede negociar con la entidad, incluso que le cobren la mitad del recibo, de esta manera los intereses de ese descubierto se efectuarán proporcionalmente a la cantidad adelantada por el banco. Esta práctica implica trastornos informáticos y lo que es peor para el banco: una vía de ganar menos dinero.
En este sentido, el representante de Ausbanc recuerda que para que un banco pueda cobrar una determinada comisión, tiene que haber cumplido los siguientes requisitos:
- Comunicarla previamente al Banco de España y tenerla expuesta de forma clara en el tablón de anuncios de cada sucursal.
- Ser legal, puesto que, aunque el cobro está liberalizado, la entidad deberá respetar diversas normas.
- Responder a un servicio realmente prestado, algo que Yagüe cree que no se cumple exactamente en el caso de la ‘comisión por reclamación de posiciones deudoras’, en tanto que no es algo añadido, sino que se trata de la información que la entidad debe enviar con periodicidad al cliente. “Inherente a todo contrato de cuenta corriente está el deber de informar por parte del banco”, aclara.
- Ese servicio tiene que haber sido solicitado en firme por el cliente y aparecer la citada comisión en el contrato.
- No debe tratarse, por tanto, de comisiones abusivas, cubriendo, eso sí, los gastos de la entidad y su margen de beneficios.
- Para modificar la cuantía de comisiones tienen que haber pasado dos meses desde su publicación en el tablón de anuncios de la entidad.
Consejos para evitar los números rojos
Cuando el usuario no es capaz de llegar a final de mes, la mejor solución no es dejar la cuenta en descubierto. Los recursos más habituales para salir de esa delicada situación financiera son pedir un crédito personal, disponer de tarjetas e, incluso, solicitar un anticipo de nómina, algo que podrá hacer si la tiene domiciliada en su cuenta corriente y por lo que en algunos casos ni siquiera le cobrarán intereses, aunque tendrá un mes para la devolución. También podrá pedir un préstamo en la empresa ya que los empleados tienen derecho a recibir la cantidad que les corresponde en función de los días trabajados.
Las tarjetas de cliente permiten no abonar intereses y aplazar el pago. Algunas, además, ofrecen un crédito gratuito de hasta dos meses después de efectuar las compras. En cuanto a solicitar un préstamo al banco, siempre resultará más barato que los intereses a pagar cuando las cuentas estén en números rojos.
Otros consejos son los siguientes:
- Intentar ajustar los gastos a los ingresos, de modo que aquéllos no superen nunca a éstos últimos.
- Tratar de administrarse y elaborar un presupuesto con el que poder llegar a final de mes con un saldo positivo.
- Apartar aquellas cantidades necesarias para abonar los recibos mensuales, hacer frente a los gastos diarios de comida, ocio, etc., y prever también los gastos a abonar trimestral, semestral o anualmente, ya que ahorrar un poco cada mes supondrá menos esfuerzo que el tener que pagar esa cifra de golpe.
Aunque inicialmente el Banco de España sólo tendrá constancia de ese adeudo cuando éste sea en un préstamo o en un crédito, pasados tres meses la entidad podrá facilitar los datos la persona en cuestión a algunas de las organizaciones que elaboran registros de morosos. El pasar a formar parte de estos listados le provocará problemas a la hora de solicitar un préstamo o hacer una compra a plazos.
Incumplimientos por parte de la entidad bancaria
Lo primero que conviene saber es que la Ley de Crédito al Consumo obliga a los bancos y cajas a poner los tipos de interés y las comisiones en los tablones de anuncios de cada una de sus sucursales. Además, el cliente debe tener a su disposición un folleto en el que aparezcan estas tarifas de forma clara y comprensible.
La falta de información, ya sea porque la entidad no la proporciona o porque al cliente tampoco se le ocurre preguntar determinados detalles como pueden ser los tipos aplicables en descubiertos en cuenta corriente, se ha convertido en el principal problema para el usuario. Por ello, siempre conviene leer las cláusulas del contrato e instar a que aclaren todo aquello sobre lo que se tengan dudas.
El cobro de comisiones por descubierto es una práctica bancaria que suele generar algunas reclamaciones; a veces se cobran sin haber sido pactadas previamente. Por tanto, en aquellos casos en los que el usuario considere que la entidad bancaria no ha actuado como procede, debe hacerlo saber primero al director de la oficina. Si no obtiene los resultados que persigue, podrá acudir al defensor del cliente de la entidad en cuestión. En caso de que, transcurridos dos meses, no le den una respuesta o ésta tampoco sea satisfactoria, tendrá otra posibilidad, recurrir a la Oficina de Reclamaciones del Banco de España.
Si el Banco de España da la razón al cliente pero la entidad no lo cumple puesto que sus resoluciones no tienen carácter vinculante, siempre le quedaría la vía judicial. Es el camino menos recomendable, aunque también es cierto que es una forma de que el banco o caja acate lo establecido por los organismos a los que se haya recurrido.