Dentro de unos días comenzará en las distintas comunidades autónomas el proceso de admisión de alumnos en los centros escolares españoles sostenidos por fondos públicos (públicos y concertados). La proximidad del domicilio familiar o laboral al centro elegido es uno de los criterios de baremación fundamentales a la hora de ser admitido en aquellos colegios en que el exceso de demanda provoca que las solicitudes sean superiores al número de plazas ofertadas.
La zonificación
El vivir en un número par o impar de una calle concreta puede ser determinante a la hora de conseguir una plaza en un centro educativo sostenido por fondos públicos. Ese mínimo detalle puede provocar que el domicilio de un aspirante a un determinado colegio entre dentro de la zona de influencia del centro o se quede en la zona limítrofe, con la consiguiente reducción de puntos. Tal como recoge la Ley Orgánica de Educación (LOE), la proximidad del domicilio o lugar de trabajo de alguno de los padres o tutores legales del alumno es un criterio prioritario en el proceso de admisión de los centros escolares cuando no existen plazas suficientes.
Las zonas se delimitan en función de la capacidad del centro y la población escolar del entorno
¿Cómo se determinan estas zonas? Anualmente, antes del comienzo del periodo de solicitudes de plazas en un centro, las distintas consejerías de Educación delimitan la zonificación de cada centro en función de la capacidad autorizada de cada uno y la población escolar de su entorno. De este modo, cada una de las comunidades establece un número de puntos determinado para cada solicitud, dependiendo de si se encuentra en la denominada área de influencia (mayor número de puntos) o en las limítrofes. Asimismo, en algunas comunidades autónomas como Canarias, Castilla la Mancha o Cataluña también se otorgan puntos a aquellas zonas que no entran dentro de estas áreas pero sí dentro del municipio.
Ante la igualdad de puntuación siempre prima el alumno que tenga el domicilio familiar sobre el laboral
Por otra parte, a la hora de otorgar los puntos por proximidad de domicilio, los distintos decretos autonómicos incluyen dentro de este concepto el domicilio laboral de alguno de los progenitores del alumno. En la mayoría de las comunidades, se concede a los que se encuentren en esta circunstancia la misma puntuación que si se tratara del domicilio familiar, aunque ante igualdad de puntuación siempre prima el alumno que tenga el domicilio familiar sobre el laboral. Sin embargo, en las comunidades de Aragón, Castilla la Mancha, Cataluña y Galicia, se concede menor puntuación al domicilio laboral. Es destacable también, en cuanto a la puntuaciones, el caso de Baleares, que otorga mayor o menor número de puntos en función del tiempo continuado de residencia o trabajo en el domicilio presentado; en otras comunidades, aunque este hecho no afecte a la puntuación, sí puede ser tomado como un criterio secundario a la hora de determinar un desempate de puntos.
Tanto el domicilio familiar como el laboral deben estar debidamente acreditados
Por supuesto, cualquiera de las dos circunstancias, laboral o familiar, deben estar debidamente acreditadas. En el caso del domicilio familiar, normalmente por un certificado de empadronamiento expedido por el ayuntamiento correspondiente, que en algunos casos, como en La Rioja, debe incluir a todos los miembros de la unidad familiar. Para certificar el domicilio laboral, si se trabaja por cuenta ajena, lo más habitual es presentar una certificación de la empresa, mientras que si se trata de un trabajador por cuenta propia se le exige el certificado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) o en su defecto otra documentación que acredite el domicilio laboral.
Buscar las zonas
¿Cómo saber qué centros entran dentro de la zona de residencia? Una vez delimitadas las zonas, las consejerías y las distintas delegaciones provinciales de educación deben remitir a los diferentes ayuntamientos, así como a los centros escolares, esta información, que están obligados a poner a disposición de las familias. No obstante, varias comunidades autónomas ofrecen la consulta de esta información a través de la red, aunque en muchas de ellas hay que tener en cuenta que los datos corresponden al curso 2007-2008, por lo que es aconsejable verificar siempre esta información con los centros o las administraciones educativas correspondientes.
*En los casos de Galicia, País Vasco y Baleares no se dispone de esta información.