El año 2008 se despidió con una cifra récord en la destrucción de empleos: la Seguridad Social perdió más de 841.000 afiliados en el Régimen General de Trabajadores. Los efectos de la crisis son más que evidentes. En época de vacas flacas como la actual se reduce el número de contratos, y las ofertas de trabajo con carácter indefinido, en el mejor de los casos, se sustituyen por contratos de duración limitada. Esta coyuntura económica ha empujado a los emprendedores a decantarse por el autoempleo como un medio para generar una actividad económica propia. De hecho, el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) cerraba 2008 con un saldo positivo, 160.000 autónomos más que en el anterior año.
Incentivos para emprendedores
Aunque el número de personas que tramitó el alta en el RETA (3.273) en enero supuso una bajada del 3,4% con respecto a enero de 2008, está muy lejos aún del desplome diario que sufre el Régimen General de Trabajadores. Más allá del propio espíritu emprendedor de las personas, lo cierto es que las nuevas fórmulas de trabajo que se implantan día a día en las empresas son también las responsables. Una de ellas es la tendencia que comienza a tener una presencia predominante en el tejido empresarial de nuestro país: el “outsourcing”. En estos momentos, un número importante de compañías se ve obligado a recortar gastos y a abaratar costes para sobrevivir a la crisis, y hacen exactamente lo mismo con su personal; lo reducen y recurren a proveedores externos de servicios, los llamados “outsourcers”, que pueden ser informáticos, personal de contabilidad, de compras, de fuerzas de venta…
Dejar de ser asalariado y convertirse en autónomo puede llegar a ser un proceso duro para algunas personas, y más cuando la actividad empresarial que se va a desempeñar exige una inversión económica para adquirir equipos u otro material. Es en este punto donde las ayudas autonómicas que gran parte de nuestras comunidades tienen diseñadas para fomentar el autoempleo desempeñan un papel muy importante. En la gran mayoría de casos son subvenciones a fondo perdido cuyo importe, por término medio, ronda los 5.000 euros. Se conceden para incentivar el trabajo autónomo y en ningún caso se trata de un préstamo o de un acuerdo que conlleve una rebaja en los tipos de interés de un crédito que se vaya a solicitar. Cada comunidad, sin embargo, establece un tiempo mínimo en el que el autónomo beneficiario debe seguir dado de alta en el RETA, para evitar la picaresca. Si la baja se produce antes de tiempo, la subvención se debe devolver.
Requisitos comunes
Cada comunidad establece un tiempo mínimo en el que el autónomo beneficiario debe seguir dado de alta en el RETA
Para acceder a estas líneas de ayuda es la propia comunidad autónoma la que a título individual perfila los requisitos que han de cumplir los solicitantes. No obstante, hay uno que se repite en casi todas ellas: el beneficiario de la subvención debe haber estado desempleado o apuntado como solicitante de empleo en los servicios de colocación autonómica y nacional en un plazo de tiempo inmediatamente anterior a tramitar su alta. Los periodos mínimos exigidos suelen variar de una región a otra, como lo hacen también el resto de requisitos, desde la realización de un curso de gestión empresarial, impartido por agencias de desarrollo de empleo autonómicas o por las áreas de promoción económica de cada ayuntamiento de la comunidad, a la presentación de un plan de empresa en el que se analice la viabilidad del servicio, hasta la realización de una inversión mínima en el territorio de la comunidad autónoma que concede la subvención.
En cuanto al importe de estas subvenciones, algunas comunidades otorgan una cifra de dinero igual para todos los emprendedores y otras la elevan en función de la situación personal de cada solicitante. Si el beneficiario es menor de 30 años, si es mujer, si sufre alguna discapacidad o si ha sido víctima de violencia de género la cuantía asciende más de un 10%.
Ofertas por comunidades
Castilla-La Mancha: la comunidad manchega cuenta con una línea de ayudas abierta para subvencionar el inicio de actividad de todos aquellos desempleados y demandantes de empleo que se constituyan como trabajadores autónomos y establezcan su domicilio fiscal en Castilla-La Mancha. Las cuantías: 5.000 euros si el solicitante es hombre, hasta 7.000 si es mujer, 8.000 euros si lo promueve una persona con discapacidad y hasta 10.000 euros si es mujer con discapacidad. Además, las víctimas de violencia de género reciben una bonificación del 15% sobre la base que les corresponda. Conviene saber que la Administración manchega exige que, una vez que las ayudas se hayan concedido, las personas beneficiarias mantengan todas las condiciones que motivaron la concesión de la subvención durante un plazo de tres años. Asimismo, la actividad debe tener carácter estable y no podrá simultanearse con cualquier otro trabajo por cuenta ajena. En cuanto al plazo de tiempo en el que la solicitud tarda en resolverse, la Consejería de Empleo estima que el tiempo máximo que transcurre es de tres meses.
Castilla y León: esta comunidad ofrece subvenciones destinadas a fomentar el autoempleo en nuevos yacimientos de trabajo, y el autoempleo de mujeres en profesiones u ocupaciones con menor índice de ocupación femenina. Para ser beneficiario de las ayudas se debe estar en situación de desempleo, pero quedan excluidos los parados de larga duración, que hayan estado en el paro durante más de 12 meses. El Gobierno de Castilla y León premia con 7.000 euros los proyectos empresariales que pongan en marcha servicios de ocio, medioambientales, de ayuda en la vida cotidiana y de mejora en la calidad de vida. Por su parte, las mujeres que se autoempleen en aquellas profesiones o actividades en las que la mujer tenga baja presencia recibirán 10.000 euros.
Castilla-La Mancha exige que una vez que las ayudas se hayan concedido los beneficiarios sigan siendo autónomos durante tres años
Cataluña: los emprendedores catalanes pueden solicitar una ayuda a fondo perdido cuya cuantía asciende a 3.500 euros si los promotores de la idea empresarial son jóvenes menores de 30 años, o mayores de 45 años. En el caso de que las personas beneficiarias sufran algún tipo de discapacidad, la subvención asciende a 5.000 euros si es hombre y a 6.000 si es mujer. Al igual que en el resto de comunidades, cuando una víctima de violencia de género decide emprender y poner en marcha un proyecto empresarial puede disfrutar de una bonificación extra del 10% más, sobre la partida que le corresponda por su situación personal.
Extremadura: la comunidad extremeña es una de las más generosas, no sólo por la dotación económica de las ayudas de autoempleo sino porque también ha ampliado recientemente los colectivos de personas que se pueden beneficiar de ellas. Así, se conceden 11.000 euros a mujeres desempleadas víctimas de violencia de género. La subvención asciende a 10.000 cuando los solicitantes son: mujeres desempleadas, hombres desempleados con discapacidad, desempleados procedentes de ERE, desempleados extremeños que retornen a Extremadura y aquellos que vivan en municipios con menos de 5.000 habitantes. Por su parte, la Junta de Extremadura incentiva las actividades empresariales innovadoras y que tengan interés social (I+D, turismo, y atención a menores son las principales) con 7.500 euros. Además la comunidad extremeña concede una ayuda de 5.000 euros en general para aquellos desempleados que no se encuentren encuadrados en los apartados anteriores.
La Xunta cuenta con una línea de subvenciones para el establecimiento de trabajadores autónomos de 5.000 euros para desempleados en general
Galicia: al igual que sucede en Extremadura, Galicia puede presumir de sus dotaciones para el fomento del autoempleo. La Xunta cuenta con una línea de subvenciones para el establecimiento de trabajadores autónomos o por cuenta propia, con el fin de facilitar durante el inicio de la actividad unos ingresos mínimos. Siempre y cuando se acredite una inversión por un importe no inferior a 3.000 euros (sin incluir el IVA), realizada entre los tres meses anteriores al inicio de la actividad y los seis posteriores. Las cuantías de esta ayuda son las siguientes:
- 5.000 euros para desempleados en general.
- 6.000 euros para jóvenes desempleados/as de 30 o menos años.
- 7.000 euros para mujeres desempleadas.
- 7.500 euros para emigrantes retornados/as y trabajadores o trabajadoras procedentes de empresas en crisis, personas desempleadas de larga duración, y trabajadores o trabajadoras procedentes de empresas de los sectores de actividad en reestructuración.
- 8.000 euros para personas desempleadas con discapacidad o pertenecientes a colectivos en riesgo o situación de exclusión social.
- 10.000 euros para mujeres desempleadas con discapacidad o en riesgo o situación de exclusión social.
Islas Canarias: los emprendedores canarios pueden presentar la solicitud para pedir las subvenciones que se otorgan en su comunidad para el fomento del autoempleo en el periodo comprendido entre los tres meses anteriores al inicio de la actividad y los seis meses posteriores a dicho inicio. El importe de la subvención varía en función de la dificultad para el acceso al mercado del trabajo del solicitante: 5.000 euros para desempleados en general; 6.000 euros para jóvenes desempleados de 30 o menos años; 7.000 euros para mujeres desempleadas; 8.000 euros para desempleados con discapacidad, que tengan reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33% y, finalmente, en el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género, las cantidades se incrementan un 10%.
Illes Balears, Madrid, Navarra y Cantabria: las cuatro comunidades cuentan con líneas de ayuda para fomentar el autoempleo con importes exactamente iguales. Pueden beneficiarse de estas subvenciones las personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo que se constituyan como trabajadores autónomos. No obstante, quedan excluidos los trabajadores que hayan ejercido la misma o una actividad muy similar por cuenta propia durante el año anterior a la fecha de inicio de la actividad por la que se solicita la subvención. La suma de dinero que se concede es de 5.000 euros para desempleados en general, 6.000 para jóvenes de hasta 30 años y 7.000 euros para mujeres. Si se trata de mujeres víctimas de violencia de género, la cuantía indicada se incrementará en un 10%. Se subvencionan con 8.000 euros los proyectos empresariales promovidos por hombres con discapacidad y con 10.000 si son mujeres. Conviene saber que el plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de tres meses. En cualquier caso, transcurrido este plazo, si no hay comunicación alguna, la solicitud deberá entenderse desestimada.
La Comunidad Foral de Navarra establece como requisito haber realizado inversiones por un importe mínimo de 12.000 euros
Por su parte, la Comunidad Foral de Navarra establece como requisito el haber realizado, en el periodo de tiempo comprendido entre los seis meses anteriores a la fecha de alta y los tres meses posteriores a dicha fecha, inversiones dentro de Navarra por un importe mínimo de 12.000 euros por solicitante. Dichas inversiones se deberán justificar con facturas o documentos contables de valor probatorio equivalente fechados asimismo en el periodo anteriormente mencionado. Mucho más baja es la inversión mínima que los emprendedores cántabros deben hacer: 5.000 euros, sin incluir IVA.
País Vasco: la Comunidad Autónoma Vasca apoya con 6.000 euros las ideas emprendedoras de aquellas personas que deciden poner en marcha un proyecto empresarial. El Gobierno Vasco exige una serie de requisitos a los solicitantes:
- Que figuren inscritos como parados en un servicio público de empleo de ámbito autonómico o estatal al menos con una antigüedad de tres meses.
- Cursar y superar una acción formativa de apoyo a la promoción empresarial.
- Que presenten un proyecto viable de actividad económica que implique la creación de su propio puesto de trabajo.
- Que el alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y en el régimen correspondiente de la Seguridad Social se efectúe en la Comunidad Autónoma del País Vasco, debiendo radicar en la misma el domicilio social y fiscal así como su centro de trabajo.
- Que la dedicación a la nueva actividad sea exclusiva.
La Rioja: los autónomos riojanos deben saber que su Gobierno concede ayudas a fondo perdido a todos aquellos desempleados que inicien una actividad empresarial, siempre y cuando ésta no tenga nada que ver con la hostelería, el sector inmobiliario y la construcción, los alquileres, así como la intermediación financiera. Se subvenciona hasta un máximo de 500 euros en los gastos de constitución, y desde 3.000 euros y hasta un máximo de 200.000 para las inversiones de activos fijos. En cuanto al desembolso que los autónomos realicen en partidas de diseño (papelería, rótulos, creación páginas web, etc.) las ayudas pueden cubrir hasta un 45% del gasto, con una inversión mínima de 1.500 euros y una máxima de 100.000 euros.
Principado de Asturias: en Asturias la cultura emprendedora se premia con lo que se conoce popularmente como el “Ticket del Autónomo”. No se trata de una ayuda con una cuantía fija -se concede hasta un máximo de 10.000 euros- sino que su importe se barema en función de si el promotor es desempleado, joven de 30 años o menos, mujer, o discapacitado. Los beneficiarios de esta subvención a fondo perdido, además de ser desempleados inscritos como demandantes de empleo, deben presentar un informe favorable del plan de viabilidad del proyecto de la actividad o del negocio, elaborado a través de los centros de empresa radicados en el Principado de Asturias. Se exige también que los emprendedores solicitantes realicen una inversión mínima en material necesario para el desarrollo de la actividad de 5.000 euros. Una vez recibido el Ticket del Autónomo los beneficiarios están obligados a permanecer dados de alta en el RETA tres años.
Región de Murcia: los dos requisitos principales que deben cumplir los emprendedores murcianos para beneficiarse de las subvenciones que otorga su Gobierno son, por un lado, el estar desempleado y, por otro, que se justifique el haber realizado inversiones en activos materiales -necesarios para el desarrollo de la actividad- por un importe no inferior a 5.000 euros (excluido el IVA). Al igual que en el resto de comunidades la cantidad susceptible de ser subvencionada varía:
- Para jóvenes menores de 30 años: 7.000 euros si es mujer y 6.000 si es hombre.
- Mayores de 30 años y menores de 45 años, desempleados con más de 12 meses de inscripción ininterrumpida como demandantes de empleo: 7.000 euros para las mujeres, 6.000 para los hombres.
- Personas desempleadas de 45 a 54 años: 7.000 euros si es mujer y 6.000 si es hombre.
- Personas desempleadas de 55 años o más: 9.000 para las mujeres, 8.000 si son hombres.
- Personas discapacitadas: 9.000 euros en el caso de que la solicitante sea mujer y 8.000 si es hombre.
- Si la trabajadora autónoma es víctima de violencia de género, las subvenciones se incrementarán en un 10%.