La jubilación es uno de los momentos más ansiados y con el que más sueña un trabajador, sobre todo cuando se acerca la edad del retiro profesional. Sin embargo, no todas las personas se preocupan de asegurarse una pensión de jubilación que se adapte a sus necesidades económicas futuras. Cuando llegan los 65, ya es demasiado tarde para enmendar la situación. El desconocimiento, la pereza, y el postergar la toma de decisiones en algo que muchos consideran un horizonte lejano son los principales culpables de que el trabajador se encuentre con una pensión de jubilación significativamente inferior a la esperada. La crisis económica y el excesivo endeudamiento personal hacen que quizás éste no sea el mejor momento para abrir un plan de pensiones u otro producto de previsión que asegure un retiro profesional perfecto, pero lo cierto es que ambas opciones son fórmulas de ahorro muy interesantes para complementar las pensiones públicas de jubilación.
Las pensiones en números
Según los últimos datos oficiales del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a finales del pasado mes de febrero en España había cerca de ocho millones y medio de personas que recibían una pensión de jubilación contributiva. Algo más de la mitad de esos trabajadores ya retirados habían desempeñado su actividad laboral por cuenta ajena, es decir, habían sido asalariados que pertenecían al Régimen General de Trabajadores, mientras que apenas un 20% del total eran trabajadores autónomos. El resto se repartía entre otros regímenes de la Seguridad Social, como el agrario o el de la minería del carbón. En cuanto al importe de la pensión de jubilación, la Seguridad Social aglutina todos los regímenes y establece que la media total de todas las pensiones contributivas se fija en los 748,98 euros mensuales. Una cifra que, pese a las últimas revisiones y mejoras introducidas en este campo, tan sólo dista en algo más de 120 euros del Salario Mínimo Interprofesional aprobado para el año 2009.
Los trabajadores del Régimen General reciben una pensión media de 894 euros
Por regímenes, son los jubilados que en su día estuvieron empleados en el Régimen Especial de la Minería del Carbón los que disfrutan de una prestación más alta que la del resto: 1.312,79 euros. Le siguen los trabajadores del Régimen General con una pensión media de 894 euros. El panorama es más negro para los autónomos jubilados, con una prestación que por término medio se sitúa en los 524,74 euros, y para los trabajadores agrarios cuya pensión apenas supera los 500 euros.
¿Futuros cambios en las pensiones?
Se está preparando un borrador de reforma del sistema de pensiones español. El principal cambio propuesto, pero no aprobado aún, es que la forma de calcular las prestaciones de jubilación sea distinta a la que se venía empleando hasta ahora. En estos momentos, cuando un trabajador piensa en jubilarse se calcula su pensión de acuerdo a las bases de cotización que ha tenido durante los 15 años inmediatamente anteriores. Lo que se propone es que ese plazo de tiempo se revise y se aumente cada dos años en 12 meses. De esta manera, dentro de 20 ó 30 años el total del cálculo abarcará casi toda la vida laboral del trabajador. Esta nueva fórmula puede llegar a tener una consecuencia negativa para los trabajadores; las pensiones de jubilación podrían ser sensiblemente inferiores al englobar toda la vida laboral del trabajador.
La ONU estima que en 2050 España será el tercer país más envejecido del planeta, tras Japón e Italia
En cualquier caso, no debe saltar la alarma pues no deja de ser una reforma propuesta que no está aprobada. No obstante, se debe tener en cuenta que España es uno de los países más “viejos” de todo el mundo. La ONU estima que en el año 2050 será el tercer país más envejecido del planeta por detrás de Japón e Italia. Sube la esperanza de vida, pero aumentan también los años en los que los pensionistas reciben la prestación por jubilación y los gastos sanitarios para atender a estas personas se incrementan, por lo que todo hace pensar que el sistema de pensiones reducirá la cuantía de las mismas. Entonces, ¿qué puede hacer un trabajador para incrementar las rentas con las que se encontrará cuando cese su actividad laboral?
Autónomos, un esfuerzo por cotizar más
Los autónomos son los trabajadores que más control tienen sobre su previsión de jubilación, ya que son ellos mismos los que eligen su propia base de cotización. Sin embargo, la tendencia es no aprovechar esta posibilidad al máximo, pues lo más común es que “dejen para mañana” su preocupación por el futuro. Así, la Seguridad Social estima que del total de trabajadores autónomos el 85% no supera la base mínima de cotización. El porcentaje asciende hasta el 91% cuando la edad es inferior a los 50 años, y hasta el 96,5% en aquellos que acaban de darse de alta. Por el contrario, los mayores de 50 años presentan una tendencia de cotización un tanto distinta: el 29% cotiza por una base superior a la mínima.
El problema de la infracotización, tan arraigado en el sector de los autónomos, se paga en el futuro cuando el profesional ya jubilado descubre que la pensión que le queda es mínima. Para evitarlo, conviene que los autónomos tomen conciencia del asunto y hagan un esfuerzo por aumentar su base de cotización en función de los ingresos que reciben. La Seguridad Social permite cambiar la base de cotización dos veces al año: una antes del día 1 de abril, con efectos del 1 de julio siguiente, y la otra antes del 1 de octubre, con efectos del 1 de enero del año próximo. Para ello, se debe elegir una cifra, comprendida dentro de un mínimo y un máximo, de entre unas veinte que establece la norma para facilitar el trámite. Los cambios en la base de cotización se deben solicitar en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Sistemas de previsión
Otra de las herramientas de las que cualquier trabajador se puede valer para asegurase una buena pensión de jubilación, con independencia del tipo de régimen en el que cotice, son los sistemas de previsión. Totalmente compatibles con las prestaciones públicas por jubilación, el trabajador tiene a su disposición los siguientes productos: los planes de previsión asegurados (PPA), los planes individuales de ahorro sistemático (PIAS) y los planes de pensiones.
Para disfrutar de un capital determinado en el momento de la jubilación es necesario empezar a ahorrar desde una edad temprana
En cualquiera de ellos, el capital final del que el titular dispondrá será el resultado de las aportaciones, de la rentabilidad y del plazo de tiempo que transcurra desde su apertura hasta la jubilación del trabajador. Conviene recordar que para poder disfrutar de un capital determinado en el momento de la jubilación es necesario empezar a ahorrar desde una edad temprana. Si desde los 35 años el trabajador se esfuerza por ahorrar 1.500 euros anuales, cuando se jubile podrá contar con un capital de unos 100.000 euros.
Los principales productos de previsión son:
- Planes de previsión asegurados (PPA). Son seguros de ahorro y previsión con coberturas y prestaciones, límites de aportaciones y tratamiento fiscal similares a las de los planes de pensiones. La diferencia principal entre los PPA y los planes de pensiones es que los primeros tienen la obligación de establecer una garantía de tipo de interés, por lo que no existe posibilidad alguna de perder dinero. Su rentabilidad depende del comportamiento de los activos en los que se invierten en los mercados financieros.
- Planes individuales de ahorro sistemático (PIAS). Se trata de un producto relativamente nuevo y destinado a aquellos ahorradores que tampoco desean estar pendientes de los vaivenes financieros. Su atractivo reside en la disponibilidad que tiene el dinero aportado, ya que puede ser rescatado en cualquier momento. Su fiscalidad no es menos jugosa, cuando el titular decide retirar su ahorro, éste estará libre de tributación si lo recupera en forma de renta vitalicia y han pasado más de diez años desde que lo contrató. En cuanto a la rentabilidad del producto, las entidades ofrecen intereses de rentabilidad muy similares a los de la deuda pública.
- Planes de pensiones. Son los más extendidos. La coyuntura económica actual ha provocado que recientemente se haya ampliado el número de supuestos en los que el dinero de un plan de pensiones se puede rescatar. Hasta ahora, el titular debía haber llegado a su edad de jubilación, estar en paro desde hacía más de un año, tener una enfermedad grave o ser discapacitado o persona dependiente para poder retirar sus aportaciones. Desde el pasado mes de febrero, los parados que agoten su prestación por desempleo, o los que no tengan derecho a la misma, pueden rescatar su dinero del plan de pensiones. Y es que precisamente ése es lado negativo de este tipo de producto, su categoría de intocable. Lo mejor: la atractiva fiscalidad de los planes de pensiones que permite que los titulares menores de 49 años se deduzcan de la base imponible hasta 10.000 euros.