Para tener derecho a una pensión de jubilación vitalicia es necesario estar afiliado a la Seguridad Social en situación de alta y reunir unas condiciones de edad y periodo mínimo de cotización; el resto es sólo una cuestión matemática. Cualquiera puede realizar un cálculo aproximado de la pensión que le quedará cuando se jubile, teniendo en cuenta las cantidades por las que ha cotizado a lo largo de su vida laboral. Así, el porcentaje varía en función de los años de cotización a la Seguridad Social, para lo que se aplica una escala que comienza con el 50% de lo que se llama «base reguladora» a los 15 años. Este porcentaje aumenta el 3% por cada año adicional entre el decimosexto y el vigésimo quinto y el 2% a partir del vigésimo sexto hasta alcanzar el 100% a los 35 años de cotización.
Según el último decreto sobre jubilación flexible, los trabajadores que lleven cotizando 35 años y tengan derecho a percibir una pensión del 100% de su base reguladora podrán ver mejorada ésta en el 2% por cada año que retrasen su retiro más allá de los 65 años. El abono de la jubilación es mensual, con dos pagas extra al año en junio y noviembre.
La pensión de jubilación mínima para los mayores de 65 años con cónyuge es de 450,90 euros mensuales (75.023 pesetas) y de 382,88 euros al mes si el titular se encuentra solo. La pensión máxima asciende a 1.953,29 euros mensuales.