Las asociaciones de consumidores ven positivas las nuevas indemnizaciones por «overbooking», aunque creen que son insuficientes

Las compañías aéreas, por su parte, divergen sobre la nueva regulación
Por EROSKI Consumer 17 de febrero de 2005

Las asociaciones de consumidores españolas no han dejado pasar la oportunidad de valorar la nueva normativa europea sobre derechos de los pasajeros de líneas aéreas, que hoy ha entrado en vigor. En general, consideran que es positiva, aunque creen que las indemnizaciones por «overbooking o sobreventa de billetes son insuficientes.

La Federación de Consumidores en Acción (FACUA) considera que el nuevo reglamento «da un paso adelante al elevar las indemnizaciones y al abordar, por primera vez, la problemática de los largos retrasos y las cancelaciones». No obstante, «siguen siendo insuficientes (las indemnizaciones) para disuadir a las compañías de que dejen de llevar a cabo el ‘overbooking'». Sobre este aspecto, «lamenta que esta nueva normativa contemple la venta de más plazas de las disponibles como algo legal y permitido».

Desde la Confederación Española de Consumidores y Usuarios (CECU) indican que «el beneficio de las compañías, a nivel general, es mayor que el perjuicio que sufren cuando tienen que realizar indemnizaciones a los consumidores afectados por ‘overbooking’, retrasos o cancelaciones de vuelos». En este sentido, CECU considera que las compensaciones que se plantean «son insuficientes para paliar ese daño». Además, al igual que FACUA, la Confederación cree que «al establecer por ley las indemnizaciones por ‘overbooking’, se está asumiendo como normal, y, en cierta forma, legalizando una práctica que no debería ser admitida y que es muy perjudicial para los intereses y los derechos de los consumidores».

Finalmente, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) considera que el nuevo reglamento, «aunque supone una considerable mejora respecto al anterior, deja escapar una oportunidad única de ofrecer una protección total y real a los pasajeros». En línea con FACUA y CECU, esta asociación cree que la cuantía de las indemnizaciones «sigue siendo demasiado pequeña para disuadir a las compañías de la práctica del ‘overbooking'», que, a su juicio, es simplemente un incumplimiento contractual «bendecido» por una norma.

Respecto a las cancelaciones y retrasos, «la protección queda muy lejos de ser completa», asegura OCU. «La única novedad es que se reconoce al pasajero la posibilidad de resolver el contrato si el retraso es superior a cinco horas. En otros casos, aunque haya un perjuicio directo, no se indemniza», indica.

Aerolíneas

Por su parte, las compañías aéreas han acogido con valoraciones muy distintas la nueva normativa. Así, mientras la Asociación Española de Compañías Aéreas (AECA), liderada por Spanair y que integra a otras 25 aerolíneas, augura que será «perjudicial» para el sector y que traerá un encarecimiento de las tarifas, la Asociación de Compañías Españolas de Transporte Aéreo (ACETA) -que agrupa a Iberia, Air Europa, Iberworld, Air Nostrum, Binter Canarias y Gestair- «valora positivamente» el nuevo reglamento.

AECA subraya que es «desequilibrado» y genera una «clara distorsión del mercado», ya que «no es lógico que se impongan compensaciones a los pasajeros cuya cuantía triplica el precio del billete». En este sentido, prevé que generará «importantes extracostes» a las compañías.

ACETA, sin embargo, destaca que la nueva normativa contempla una «armonización de los derechos de los pasajeros» que permitirá «un alto nivel de libre competencia en un contexto de protección de los usuarios», lo que contribuirá a «eliminar las prácticas irregulares de algunas compañías que con sus actuaciones dañan la imagen del sector». No obstante, reconoce que contiene «lagunas» que podrían producir una «aplicación inadecuada» de las disposiciones incluidas.

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