La Agencia Catalana del Consumo (ACC) ha multado con 15.000 euros a la empresa Páginas Biz, Publicidad Telefónica S.L. por publicidad engañosa, cláusulas abusivas, incumplimiento de requisitos de venta a distancia y tramitación de servicios no solicitados por los clientes.
Este organismo, dependiente de la Consejería de Comercio, Turismo y Consumo de la Generalitat de Cataluña, abrió un expediente a dicha empresa en 2003 al comprobar que en la publicidad que utilizaba la compañía para dar a conocer un espacio en su web usaba una imagen gráfica muy similar a la de Telefónica de España, lo que suponía una práctica de publicidad engañosa.
Asimismo, el documento publicitario adoptaba un formato de factura o de documento mercantil y asignaba un número de cliente a un consumidor que no había contratado nunca el servicio.
Por otra parte, las condiciones generales del contrato incorporaban cláusulas abusivas, tales como la renuncia del cliente a recurrir al tribunal de su propio municipio en caso de litigio y su obligación de someterse a los de la ciudad de Barcelona.
Durante el proceso de instrucción del expediente, la ACC instó a la empresa a modificar su diseño publicitario y a cambiar su nombre comercial -que pasó de Guía Telefónica a Guía de Telefonía-. Asimismo, obligó a la compañía a matizar que no estaba asociada con Telefónica.
Pese a todo, la Agencia considera que las modificaciones realizadas no han sido suficientes para diferenciar el documento del que emite Telefónica, por lo que el expediente se ha resuelto con una multa de 15.000 euros y con la divulgación del nombre de la empresa, como corresponde a una falta grave.