El Ministerio de Educación y Ciencia ha incluido la proximidad del lugar de trabajo del padre o la madre al centro educativo entre los criterios prioritarios de admisión de alumnos en colegios públicos y concertados, cuando no existan plazas suficientes para atender la demanda, como recoge la última versión hecha pública del anteproyecto de la Ley Orgánica de Educación (LOE).
Así, el departamento que dirige María Jesús San Segundo contempla en esta versión de la reforma esta posibilidad para la escolarización en etapas ordinarias junto a los criterios de existencia de hermanos matriculados en el centro, la cercanía del domicilio, las rentas anuales de la unidad familiar y la concurrencia de discapacidad en el estudiante o en alguno de sus progenitores o hermanos.
Asimismo, especifica que los centros privados concertados seguirán un procedimiento análogo a los de titularidad pública, siempre que las enseñanzas estén concertadas. En todo caso, los centros públicos y concertados no podrán exigir como requisito de escolarización la adhesión al proyecto educativo del centro, que, en todo caso, sí que deberán respetar los alumnos matriculados.
«La matriculación de un alumno en un centro público o privado concertado supondrá respetar su proyecto educativo, sin que la adhesión al mismo pueda exigirse como requisito de admisión», dice la redacción del anteproyecto en relación a los procedimientos de admisión del alumnado, en los que no podrá haber discriminación por razones ideológicas, religiosas, morales o sociales.