Entra en vigor la nueva subida de la tarifa eléctrica

Un usuario tipo que consuma 1.500 kilovatios/hora pagará 11,35 euros más
Por EROSKI Consumer 1 de julio de 2008
Img electricidad
Imagen: CONSUMER EROSKI

Hoy entra en vigor la orden ministerial 1857/2008 que revisa las tarifas eléctricas vigentes desde el pasado 1 de enero. Según el Gobierno, el recibo de la luz se encarecerá una media del 5,6%. Sin embargo, en la práctica, la subida media anunciada por el Ejecutivo prácticamente se triplica si se analiza la variación que sufrirá la factura de un usuario tipo.

Así, un cliente con un contrato de unos 5,2 kilovatios, y que consume en torno a 1.500 kilovatios/hora en sus facturas, que hasta ahora habían sido bimensuales, pasará a pagar a partir de hoy 77,35 euros al mes, frente a los 66 euros que pagaba hasta ahora, lo que supone 11,35 euros más y un incremento porcentual del 14,3%.

El incremento de la luz será aún mayor para el millón de usuarios que suscribieron en su día un contrato de tarifa nocturna. Esta modalidad desaparece hoy y se sustituye por la de discriminación horaria, que supondrá más horas de consumo a precio más bajo, ya que de las 11 actuales (de 23:00 a 07:00 horas) se pasará a 14 (de 22:00 a 12:00 horas).

El incremento de la luz será aún mayor para el millón de usuarios que suscribieron en su día un contrato de tarifa nocturna

En la práctica, su factura subirá al menos un 20% cada mes, ya que el nuevo sistema les obliga a contratar la potencia máxima que vayan a emplear, no la diurna -más baja-, teniendo en cuenta que el kilovatio será ahora más caro cuanto mayor sea la potencia contratada. Es decir, que si el usuario tiene que consumir más durante el día, esos kilovatios cuestan el 35% más, cuando en la tarifa nocturna era sólo el 3%.

Las eléctricas explican que con la discriminación horaria se pretende desviar el consumo a las horas de precio reducido (de 22:00 a 12:00 horas en invierno y de 23:00 a 13:00 horas en verano), y rebajarlo en las horas de precio con recargo (de 12:00 a 22:00 horas en invierno y de 13:00 a 23:00 horas en verano).

Periodo de transición

La orden de tarifas establece un periodo transitorio hasta enero para que se puedan adaptar las instalaciones de la mayoría de clientes con tarifa nocturna (hasta 15 kilovatios) al nuevo esquema por tramos de potencia. Durante ese plazo, las compañías deberán facturarle el consumo según la cuota con la potencia más próxima a su perfil.

La fórmula acordada consiste en aplicar el 69% del consumo al periodo valle de la nueva tarifa y el 31%, al periodo punta. En todo caso, la Comisión Nacional de la Energía (CNE) ha advertido de que el periodo transitorio «no soluciona el aumento de los precios para los consumidores acogidos a la antigua tarifa, ya que la actualización de la potencia contratada es el principal impacto sobre el precio y esta medida es de aplicación a los clientes acogidos a la tarifa 2.0.N desde el 1 de enero de 2007».

Liberalización del gas

El sector del gas queda desde hoy totalmente liberalizado. Todos los clientes van a poder optar por el comercializador que les ofrezca mejores condiciones o acogerse a la tarifa denominada de “último recurso” (TUR). Si no deciden cambiar, se quedarán con su actual comercializador.

“Esto supone un nuevo marco regulador que afectará directamente a los contratos que los usuarios tienen con sus actuales compañías de gas”, señala la Unión de Consumidores de España (UCE), que denuncia que el Ministerio de Industria no ha explicado a los usuarios cómo les afectará la nueva regulación.

UCE indica que a partir de ahora los usuarios deberán diferenciar entre distribuidoras y comercializadoras. Las primeras son las personas jurídicas titulares de las instalaciones de distribución y tienen como función distribuir el gas natural por la canalización, construir y mantener las infraestructuras destinadas a colocar el gas en los puntos de consumo. Las comercializadoras, por su parte, son las sociedades mercantiles que compran a las distribuidoras el gas que está en el mercado para vendérselo a los consumidores.

La nueva normativa advierte de que hay clientes del mercado regulado que, por no disponer de capacidad de negociación suficiente, deben ser protegidos para evitar que se queden sin suministrador. Para ello, la ley ha creado la figura de los suministradores de último recurso, que tendrán la obligación de proporcionar gas a este colectivo a un precio que no podrá ser superior al fijado por Industria a través de la tarifa de último recurso, apunta UCE.

Esta tarifa es, en cuanto a precios, el “techo” establecido por el Gobierno, mientras que, por ley, las ofertas de los comercializadores tienen que ser inferiores a la misma. “De este modo, lo que se busca es conseguir que el consumidor se acerque progresivamente a los proveedores. De hecho, hasta 2010, la tarifa se vinculará a un consumo cada vez menor para que el colectivo acogido a ella sea muy reducido”, comenta la organización de consumidores.

Las condiciones de la TUR cambian desde hoy. Así, solamente podrán acogerse a ella aquellos clientes conectados a gasoductos cuya presión sea menor o igual a 4 bar y cuyo consumo anual sea inferior a 3 givatios/hora.

En cuanto al precio, la TUR vigente desde hoy no varía con respecto a la tarifa regulada en vigor desde el pasado abril, aunque será revisada por primera vez el próximo octubre. Así, el término fijo mensual sigue siendo 2,56 euros más IVA por cliente para consumos de hasta 5.000 kilovatios al año y de 5,72 euros para más de 5.000 y hasta 50.000 kilovatios al año.

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