El Gobierno ha aprobado un real decreto que transpone la legislación comunitaria respecto a la obligación por parte de las gasolineras de limitar, prevenir y reducir las emisiones de gases contaminantes emitidos a la atmósfera durante el repostaje de los vehículos de motor. El objetivo de esta medida es «implantar en las gasolineras sistemas que permitan recuperar, como mínimo, un 85% de los vapores de gasolina emitidos», explicó el Ejecutivo.
La nueva normativa dispone que las nuevas gasolineras deberán dotarse de un sistema de recuperación de vapores de gasolina si su caudal efectivo es superior a 500 metros cúbicos al año (m3/año). En el caso de las ya existentes, el límite se fija en caudales superiores a 3.000 m3/año y habrán de incorporar el nuevo sistema de recuperación de vapores antes del 31 de diciembre de 2018.
Para comprobar el correcto funcionamiento de la nueva normativa, las estaciones de servicio estarán obligadas a someterse a verificaciones periódicas anuales, además de a facilitar información a este respecto, tanto a la Administración como a los consumidores. El propio real decreto incluye un régimen sancionador para los casos de incumplimiento.