Percances con animales: ¿quién es responsable?

Los dueños de los animales domésticos son los responsables de los perjuicios que causen, aunque se les escapen o extravíen
Por EROSKI Consumer 22 de marzo de 2006

Los atropellos son la primera causa de la mortalidad de animales domésticos en España. La mayoría de las colisiones se producen en vías convencionales que transcurren por zonas rurales o de labor en las que los animales, y en particular los perros, son las principales víctimas. El atropello es más frecuente en verano, ya que los animales suelen andar más sueltos, con un incremento marcado en las horas de escasa luminosidad y durante los fines de semana.

En cambio, los accidentes con animales silvestres suelen darse en zonas de monte o riberas de río. La incidencia de los atropellos varia a lo largo del año, ya que están muy relacionados con el ciclo biológico y sus hábitos. De igual forma se incrementan los fines de semana, debido a las cacerías que los desorientan y dispersan.

La reforma de la normativa sobre Seguridad Vial incluye novedades en la responsabilidad por el atropello de animales: la culpa recaerá sobre el conductor, siempre y cuando incumpla alguna norma de circulación en el momento del accidente.

La mayoría de los accidentes son producidos por negligencias o imprudencias de los conductores, sin embargo, en otros casos son debidas a situaciones fortuitas como la irrupción de un animal en la calzada. Aunque normalmente el atropello de vehículos a animales trae como consecuencia daños materiales, hay ocasiones en que se convierte en un accidente mortal tanto para el conductor del vehículo como para el animal que se cruza en el camino.

Imputar responsabilidades

A la hora de imputar responsabilidades hay que diferenciar si se trata de un animal doméstico o silvestre para poder determinar las personas físicas o jurídicas responsables. Cuando nos encontramos con el caso del atropello de un animal de compañía debemos identificarlo mediante la chapa que cuelga del collar y según los datos dirigirnos al organismo autonómico o ayuntamiento correspondiente para encontrar al responsable.

Si se trata de una colisión frente a ganado suelto hay que identificarlo mediante el crotal colocado en la oreja o mediante las marcas de ganadería en caso de reses bravas o cría caballar. Habrá que averiguar si dichos animales poseen seguro de responsabilidad civil que pueda cubrir los daños ocasionados.

Además no es extraño que se pueda producir un atropello cuando este tipo de animales son transportados por carretera o durante las tareas de carga y descarga de un vehículo, en cuyo caso será responsable el transportista. Es conveniente tomar todos los datos del seguro del vehículo y preguntar si posee seguro de mercancías.

Los dueños de los animales domésticos son los responsables de los perjuicios que causen, aunque se les escapen o extravíen. Sólo cesará la responsabilidad del propietario si el daño proviene de fuerza mayor o de culpa del conductor perjudicado, es decir, si se han incumplido normas de circulación, el culpable y por lo tanto responsable será el conductor del vehículo.

Con respecto a la fauna silvestre, antes de la nueva ley, si se producía el atropello de una especie cinegética la responsabilidad patrimonial se le atribuía al titular del coto de donde procedía el animal, sin embargo ahora recae sobre el verdadero causante del accidente bien el conductor en caso de incumplimiento de normas de circulación, o la administración competente en materia de carreteras.

La culpa recaerá sobre los titulares del aprovechamiento cinegético o, en su defecto, los propietarios de los terrenos cuando el accidente sea consecuencia directa de la acción de cazar o de una falta de diligencia en la conservación del terreno acotado.

Por su parte, la administración competente en materia de carreteras debe adoptar las máximas medidas de prevención y seguridad para evitar que estos accidentes se produzcan. Deben señalizarse debidamente todos los tramos considerados de alto riesgo con carteles indicadores, postes reflectantes o barreras de olor, limpiar las cunetas e instalar pasos de fauna y vallas.

Por consiguiente, la administración titular de la vía en la que se produce el accidente únicamente será responsable del mismo si incumple la obligación de conservación y señalización de la carretera.

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