La proliferación de anuncios, que se extienden a través de múltiples soportes, responde a nuestro estilo de vida. Cada año, las grandes marcas publicitarias dedican cientos de miles de euros para fomentar su presencia en los medios de comunicación y en espacios abiertos y urbanos.
De hecho, las grandes compañías o aquellas que ofertan productos de gran consumo invierten cada vez más en nuevos formatos adicionales porque su impacto es mayor. Por ejemplo, la superficie de una fachada cubierta por un anuncio es capaz de multiplicar el efecto de otro más pequeño.
En ocasiones, los anuncios publicitarios en fachadas han convertido en míticos algunos inmuebles de las grandes ciudades. Aunque la misión de sus creativos sea la de encontrar nuevas estrategias con poder de seducción que vendan el producto al público, la mayoría de las veces también sirven para sanear las cuentas de la comunidad de vecinos donde se coloca el soporte publicitario.
Declarar a Hacienda
La publicidad supone un aprovechamiento adicional de la finca y una fuente de ingresos extra para los vecinos que les permite reformar el ascensor, cubrir el mantenimiento de la finca de por vida y dejar de pagar el recibo de la escalera entre otras cosas. Los propietarios se benefician de unos ingresos que posteriormente deberán declarar a Hacienda.
Las agencias de publicidad conocen qué zonas de las ciudades son más atractivas para colocar sus anuncios. Generalmente estas empresas buscan escenarios urbanos estratégicos, como pueden ser los edificios del centro de la ciudad, aquellos localizados en cruces de grandes avenidas o los que sobresalen por encima de los inmuebles colindantes.
Una vez determinado el lugar idóneo para la colocación del soporte publicitario la empresa interesada se encarga de negociar con el administrador de la finca. Éste debe convocar una junta de vecinos para aprobar su instalación. En el caso de que el alquiler del espacio prive a los inquilinos del disfrute de una zona común del edificio, por ejemplo la azotea, será necesaria la unanimidad para aprobar la colocación del anuncio. En caso contrario será suficiente con el acuerdo de las tres quintas partes de los propietarios.
La comunidad de vecinos es la encargada de legislar sobre la conveniencia de poner anuncios, si son contaminantes, si atentan contra sus valores y, sobre todo, si los edificios soportan dichas estructuras y no suponen un peligro. Así y todo, los encargados de regular estas instalaciones son los municipios.
El ayuntamiento únicamente concederá la licencia tras comprobar que el soporte no altera la estética ni las medidas de evacuación de la finca y que cumple todas las normas de seguridad. No obstante, estos edificios deberán pasar una revisión anual para verificar su buen estado. Aún así conviene exigir por parte de la comunidad un seguro contra terceros que cubra los daños que el soporte pudiera causar.
El presidente de la comunidad es el encargado de negociar el contrato con la empresa, en el que se especificará el periodo de explotación, la condiciones y el precio. Los beneficios para los propietarios van a depender además de la ubicación del inmueble, del tipo de anuncio, ya sea un luminoso, un mural o una lona. Podemos diferenciar varios tipos de anuncio que pueden instalarse en un edificio en función del lugar donde estén ubicados, como los anuncios en el techo, en el pretil, en la ventana o en el dosel o marquesina.
Por otra parte están los anuncios de pared o de franja que se fijan en la fachada exterior del edificio y los anuncios que proyectan, cuya parte frontal es perpendicular a la fachada. También hay anuncios en forma de banda, que consisten en un área horizontal encima de las entradas de los edificios de múltiples arrendatarios.
Por último, debemos mencionar los anuncios en la cubierta o de lona que además proporcionan una protección adicional al edificio. Las cubiertas de lona se encuentran habitualmente en los pasillos externos, en las entradas o en las áreas de las ventanas. Una lona en un edificio céntrico de una gran ciudad puede reportar grandes beneficios económicos a su comunidad de vecinos.