A partir de 2007, los edificios de nueva construcción o los que se rehabiliten deberán incluir por ley una etiqueta energética, similar a las ya utilizadas en electrodomésticos, lámparas y vehículos. Mediante este certificado, el comprador o inquilino, en el caso de los alquileres, podrá comparar y evaluar la eficiencia energética del edificio.
Los edificios ya construidos no llevarán, por el momento, esta etiqueta ecológica, que se incorporará oficialmente al Libro del Edificio. Asimismo, el CO2 producido durante el ciclo de vida de los materiales queda fuera de esta certificación.
Un edificio de clase energética A tendrá que reducir sus emisiones de CO2 más del 60%La etiqueta deberá constar en la publicidad utilizada en la venta o arrendamiento del edificio. A cada edificio le será asignada una clase energética, de acuerdo con una escala de siete letras y siete colores que van desde el edificio más eficiente (clase A) al menos eficiente (clase G). La valoración se hará en función del CO2 emitido por el consumo de energía de las instalaciones de calefacción, refrigeración, agua caliente sanitaria (ACS) e iluminación. Así, por ejemplo, un edificio de clase energética A tendrá que reducir sus emisiones de CO2 más del 60%.
El sector de la construcción es uno de los principales consumidores de energía, cuyas cifras además no dejan de aumentar. Según el Instituto para la Diversificación y el Ahorro Energético (IDAE), los casi 3.500 millones de m² del parque edificatorio español consumen el 20% del total de la energía final; o lo que es lo mismo, 15 millones de toneladas equivalentes de petróleo.
Por ello, los responsables de este Instituto, adscrito al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, consideran que la Certificación Energética de Edificios (CEE) favorecerá una mayor transparencia del mercado inmobiliario y fomentará las inversiones en ahorro de energía, potenciando, así, la demanda de la calidad energética entre los consumidores. En definitiva, añaden, se trata de «un paso más en el cumplimiento de nuestro compromiso de Kyoto».
La puesta en marcha de este certificado es la consecuencia de la reciente aprobación de un Real Decreto que complementa el nuevo marco normativo sobre eficiencia energética de la edificación iniciado, hace unos meses, con la aprobación del Código Técnico de la Edificación (CTE). A su vez, estas normas forman parte del Plan de Acción de la Estrategia Española de Ahorro y Eficiencia Energética para el sector de la edificación en España impulsado por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, a través del IDAE, e incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva europea 2002/91/CE de Eficiencia Energética de los Edificios.
Según los expertos, la CEE traerá además consigo varias acciones que obligará al sector inmobiliario y de la construcción a rentabilizar costes, estudiar la viabilidad técnica de los proyectos, y en definitiva, mejorar el medio ambiente:
- Facturación de los gastos de energía (calefacción, climatización y ACS) en función del consumo real, para así poder distribuir los costes de manera más equilibrada e individualizada
- Inspecciones periódicas de calderas y auditorías energéticas en edificios de alto consumo de energía
- Control del aislamiento térmico en edificios de nueva construcción
Además del CTE y el CEE, la Administración tiene en marcha varios documentos legales en la misma línea, como la modificación del Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios (RITE), la actualización de la Normativa de Aislamiento Térmico NBE-CT-79, o el Plan de Fomento de las Energías Renovables.
La responsabilidad de certificar un edificio recae en primer lugar en el proyectista del edificio. Mediante el programa informático “Calener”, o programas alternativos validados, se simulará el comportamiento energético del edificio durante todo el año, considerando los factores que más influyen en el consumo, como las condiciones meteorológicas, la envolvente del edificio o su orientación, las características de las instalaciones de calefacción, ACS o iluminación, entre otras.
En función del resultado, se le asignará una clase de eficiencia energética determinada. Por su parte, algunos especialistas consideran que el programa Calener requiere unos conocimientos que pueden estar al alcance de unos pocos, por lo que recomiendan el programa “Líder”, en su opinión más sencillo de utilizar.
Una vez construido el edificio, se comparará la calificación energética obtenida en la fase de proyecto con la del edificio realmente ejecutado. Para ello, las Comunidades Autónomas aprobarán las medidas de control para verificar que la certificación definitiva del edificio ya construido corresponde con la realidad. El certificado tendrá una validez máxima de 10 años, y cada Comunidad Autónoma establecerá las condiciones específicas para proceder a su renovación o actualización.