Pruebas diagnósticas, intervenciones quirúrgicas, hospitalización, medicamentos y asistencia domiciliaria. Es la cobertura de las nuevas pólizas para mascotas, que están en el mercado desde 2005 y se asemejan a un seguro médico para una persona. Sin embargo, lo cierto es que desde la aprobación del Real Decreto 287/2002 de 22 de marzo, que establece la obligatoriedad de solicitar licencia y disponer de un seguro para tener determinadas razas de perros, -como se informa en la Guía Práctica impresa CONSUMER EROSKI «Casi todo sobre mi mascota»– poco se ha avanzado en el universo de los seguros para mascotas. Actualmente, sólo una compañía aseguradora ofrece las nuevas pólizas en el mercado, de manera directa o a través de distribuidores de seguros o de las casas veterinarias más importantes.
La mayoría de las pólizas disponibles en el mercado para perros y gatos -las mascotas más corrientes en los hogares españoles- ofrecen desde el año 2002 cobertura de:
Gastos veterinarios ante accidentes
Indemnización por el valor del animal en caso de muerte o sacrificio.
Estancia en una residencia canina o felina durante la hospitalización del propietario.
Sacrificio necesario, y eliminación del cadáver, por vejez o enfermedad incurable.
Robo o extravío de la mascota, con una indemnización del valor del animal, y gastos de inserción de anuncios para la búsqueda en prensa o radio.
Responsabilidad Civil: Para cubrir la responsabilidad del propietario por los daños que ocasione a terceros, con asesoramiento y defensa jurídica ante posibles denuncias o juicios derivados.
Seguro animal completo
Si bien los seguros corrientes para mascota pueden estar dirigidos a pitones, monos tití o caballos, no es el caso de las pólizas que se asemejan a un seguro médico humano, que se limitan a perros y gatos. La razón estriba en que este tipo de seguros garantiza todos los gastos de asistencia veterinaria ante enfermedad, no sólo ante accidente: pruebas diagnósticas, intervenciones quirúrgicas, hospitalización, medicamentos y asistencia domiciliaria, además de las ya clásicas coberturas de servicio telefónico gratuito de orientación veterinaria y rápida o la -en algunos casos- obligatoria responsabilidad civil. La limitación a perros y gatos se debe a que «el riesgo en este tipo de pólizas es muy alto, lo que explica que no todas las compañías apuesten por desarrollar más este tipo de negocio», según aclara un inspector de seguros de la firma Ocaso, que sólo ofrece pólizas clásicas.
Como en todo seguro, es importante leer la «letra pequeña», ya que la cobertura tiene numerosas limitaciones
Los requisitos para contratar una cobertura sanitaria completa son que los animales sean mayores de tres meses y menores de 9 años, que gocen de buena salud, cumplan con el calendario oficial de vacunaciones y estén debidamente censados e identificados con un número de microchip. Por lo demás, varía en cada caso: el coste de la prima anual es desde 195 euros, con posibilidad de pago fraccionado semestral o trimestral. El precio está condicionado por las características de la mascota: grado de adiestramiento, pedigrí, etc.
Coberturas: ¿qué comprenden?
El servicio se realiza a través de un amplio grupo de 108 clínicas veterinarias concertadas distribuidas por toda España. También se puede acudir a una clínica de libre elección, caso en el que se cubre el 80% de los gastos. La póliza incluye específicamente en el ámbito de la salud:
Gastos de asistencia veterinaria como consecuencia de un accidente sufrido por el animal asegurado: exploraciones iniciales, radiografías, análisis, electrocardiogramas, intervenciones quirúrgicas, anestesia, material quirúrgico, medicamentos, osteosíntesis, prótesis y/o fibroendoscopia, cuidados postoperatorios, curas y estancia en la clínica, cuando fuera preciso.
Gastos de asistencia veterinaria a domicilio.
Gastos de asistencia veterinaria por enfermedad: pruebas diagnósticas, análisis de laboratorio, intervención quirúrgica, anestesia y gastos postquirúrgicos, hospitalización en clínica y medicamentos.
Pero como en todo contrato, se hace necesario leer la «letra pequeña». Por ejemplo, en el apartado de accidentes, la cobertura garantiza la atención «por ingestión de cuerpos extraños, con un límite, para este apartado, de un siniestro por año». De igual modo, tiene limitaciones para la cobertura de medicamentos, que sólo estará vigente durante el periodo de internación del animal. También los gastos tienen el límite de «la suma asegurada por anualidad de seguro», que dependerá de cada caso según el animal de que se trate.
Imagen: Juan Pablo Oitana
Por otra parte, en caso de hospitalización, la póliza entiende como cubiertos estos gastos «única y exclusivamente cuando el animal asegurado permanezca ingresado por un período superior a las 24 horas consecutivas en la clínica», lo que quiere decir que ante un intervalo temporal menor, los gastos correrán por cuenta del propietario. Por último, las indemnizaciones correspondientes a accidentes tienen el límite de la suma asegurada para cada concepto, por lo cual debe figurar detalladamente en la póliza.