El permiso europeo de trabajo para inmigrantes cualificados se aprobó el 4 de noviembre de 2008, por parte de la comisión de Libertades Civiles del Parlamento Europeo, y solo unos días después el pleno de la Eurocámara dio el visto bueno. Este documento podría atraer a la Unión Europea (UE) a más de veinte millones de trabajadores procedentes de terceros países, que ayudarían a hacer frente a la escasez de mano de obra. Sin embargo, de manera paralela, se teme que esto favorezca una fuga de cerebros desde los países de origen, donde desempeñan una labor fundamental.
La tarjeta azul UE es una autorización temporal de residencia y trabajo, que pretende convertirse en un instrumento para impulsar la inmigración regular. Antes de su entrada en vigor, ya se preveía que atrajera a la Unión Europea durante las próximas dos décadas a unos veinte millones de inmigrantes cualificados. Estos son trabajadores extranjeros con una autorización para desempeñar una actividad laboral que requiere una cualificación de enseñanza superior o, con carácter excepcional, trabajadores que acrediten un mínimo de cinco años de experiencia profesional equiparable a esa cualificación.
Se estima que Europa atraviesa «una auténtica crisis demográfica». En 2050, un tercio de su población tendrá más de 65 años. Solo en Alemania hacen falta más de 90.000 ingenieros, pero el mercado actual apenas puede ofrecer 20.000 titulados. Hay que explorar nuevos terrenos y, en su incursión, Europa debe ayudar a cambiar el rumbo. En la actualidad, el 85% de la inmigración no cualificada acude a este continente, frente al 5% que lo hace a Estados Unidos. Por el contrario, el país norteamericano se lleva el 55% de la mano de obra cualificada, mientras que Europa atrae al 5%.
Algo falla y, ante el temor de que fueran los diferentes sistemas de admisión, uno por cada Estado miembro, se ha optado por unificar el sistema. El reto de la tarjeta azul es conseguir un sistema común para salvar el principal obstáculo para la movilidad de los trabajadores altamente cualificados procedentes de terceros países. Aunque no sustituirá a las normas nacionales, será un canal adicional, igual en todos los territorios, para atraer a trabajadores que cubran las carencias.
Requisitos de admisión
La tarjeta azul no es un permiso de residencia permanente, sino que tiene una validez de entre uno y cuatro años. Respecto a la solicitud, debe gestionarla el empresario que desee contratar, quien ha de contactar con la Oficina de Extranjeros de su provincia o con la Unidad de Grandes Empresas. Una vez recibida la autorización de residencia y trabajo, el empleado puede solicitar el visado de trabajo en el plazo de un mes.
El empleador ha de presentar un contrato de trabajo válido y formalizar la inscripción en el régimen de la Seguridad Social
Los criterios de admisión exigirán que el empleador presente un contrato de trabajo válido, acorde con la normativa vigente, y que formalice la inscripción en el régimen de la Seguridad Social, entre otras cuestiones. La persona interesada en trabajar debe entregar, además, un certificado de antecedentes penales y un certificado médico, y abonará la tasa de expedición del visado.
Una vez que se obtenga este documento, el trabajador deberá entrar en territorio español durante el periodo de vigencia, que asciende a tres meses. El visado habilita para la entrada y la permanencia en situación de estancia en España. A continuación, en los tres meses siguientes a la entrada, debe registrarse su afiliación, alta y posterior cotización en la Seguridad Social. Entonces podrá comenzar su actividad laboral. El siguiente paso se establece en el plazo de un mes desde el alta en la Seguridad Social, cuando el trabajador deberá solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero, donde deberá constar la leyenda Tarjeta azul-UE.
Cuando una persona titular de la tarjeta azul reciba el estatuto de residente de larga duración, disfrutará de igual trato que los nacionales en todo lo referido al acceso al empleo: condiciones de trabajo, libertad de asociación y afiliación, educación y formación profesional, seguridad social y reconocimiento de diplomas, certificados y otros títulos profesionales. Tras 18 meses de residencia legal en el primer Estado miembro, los titulares de la tarjeta azul UE y sus familiares adquieren el derecho de trasladarse a otro Estado miembro, entre ellos España, para ejercer un empleo altamente cualificado sin necesidad de visado.
Si al acabar la vigencia de la autorización de estancia no hay constancia de que se ha dado de alta al trabajador en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, deberá salir del territorio nacional. Si no lo hiciera, incurriría en una infracción grave, ya que se consideraría en situación irregular en España.
Como medida de control y para evitar el “robo” de cerebros a terceros países, antes de adoptar una decisión sobre una solicitud de tarjeta azul, los Estados miembros podrán examinar la situación de sus mercados de trabajo y dar preferencia para cubrir las vacantes a los ciudadanos de la UE y a los nacionales de terceros países que residan legalmente y reciban prestaciones de desempleo en el Estado miembro.