Las comunidades de vecinos que deseen instalar un ascensor o cambiar el que ya tienen cuentan con ayudas públicas para ello. Con el formato de “planes para ascensores” o actuaciones “renove”, se otorgan subvenciones que cubren entre el 25% y el 35% del presupuesto de la obra, con un límite máximo fijado en 45.000 euros, como en el caso de Barcelona, y un mínimo de 6.000 euros, como en Andalucía y en Extremadura.
Subir cuatro o cinco pisos de escaleras cargados con la compra puede resultar agotador. Sobre todo, en las comunidades de vecinos compuestas por personas mayores. Por ello, cada vez es más frecuente que éstas se planteen instalar un ascensor, aunque el presupuesto asusta. Para estas situaciones, así como para renovar un ascensor antiguo o allanar espacios de difícil acceso para personas con problemas de movilidad, comunidades autónomas y ayuntamientos conceden subvenciones. Son los denominados «planes para ascensores» y las actuaciones «renove».
La duración de las ayudas es limitada y, en general, el plazo de solicitud permanece abierto entre uno y dos años
Las ayudas para instalar un ascensor cubren entre el 25% y el 35% del presupuesto, con un límite máximo que alcanza 45.000 euros, si bien la cuantía y las condiciones de las ayudas son muy heterogéneas. Varían en función de la comunidad autónoma o la ciudad en la que se resida. Su duración es también limitada, en general, el plazo de solicitud permanece abierto entre uno y dos años, hasta que se agota la partida destinada a este fin.
Acceso a las subvenciones
No todas las comunidades de vecinos que solicitan estas ayudas consiguen acceder a las mismas, ya que su concesión depende de varios factores. Entre ellos, destacan la finalidad y los ingresos de los solicitantes.
Para lograr alguna de las subvenciones, un particular o el representante de una comunidad de propietarios debe acudir a una empresa de mantenimiento de ascensores adherida a los planes de ayuda. Ésta será la encargada de realizar el presupuesto e informar sobre la posibilidad de acogerse a estos, así como de la tramitación de la subvención tras comprobar que hay fondos disponibles. En ocasiones, las condiciones para asumir la obra están supeditadas a la creación de proyectos destinados a personas discapacitadas. Es el caso de Valencia, donde se otorgan fondos a cambio de que se construyan itinerarios peatonales que posibiliten el acceso desde la calle a la vivienda a las personas con movilidad reducida.
Algunas empresas fabricantes de ascensores han lanzado una campaña para asesorar a los inquilinos sobre el proceso de instalación. También explican los trámites necesarios para solicitar las ayudas. Quienes opten por este modelo de financiación se podrán beneficiar de las siguientes ventajas:
Financiación de hasta 10 años, con intereses vinculados al Euribor. Además, condiciones excepcionales como gastos de amortización o de cancelación total cero.
Diferentes modelos en el reparto de los costes de la instalación entre los vecinos, siempre a través de acuerdos tomados entre los propietarios. El reparto inicial será mediante los coeficientes que cada propietario tiene en la comunidad, pero se pueden adoptar otros modelos, de acuerdo a lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal. Los costes se pueden distribuir según el tamaño de los pisos, la planta en la que están situados, con exención de pago a los propietarios que vivan en las plantas bajas, a partes iguales entre residentes, etc.
Ayudas de comunidades autónomas y ayuntamientos
Comunidad de Madrid: Plan Renove de Ascensores. Su objetivo es mejorar la eficiencia energética de estos aparatos mediante el empleo de las últimas tecnologías y de los sistemas más avanzados en ahorro de energía. Para ello, subvenciona las actuaciones que permitan una reducción anual de, al menos, un 35% del consumo de energía (por la reconversión del motor eléctrico o por la modificación o sustitución del sistema de iluminación de la cabina por otros de mayor eficiencia energética). La cuantía de las ayudas asciende al 35% de la inversión, con un límite máximo de 600 euros para la reforma de la iluminación y de 2.700 euros para la mejora del sistema tractor y de optimización de llamadas.
Comunidad Valenciana: se proporcionan ayudas personales complementarias a ciudadanos con bajos ingresos y a quienes no superen 35 años o rebasen los 65.
Castilla y León: para la instalación de ascensores, se financia hasta el 35% del gasto subvencionable, hasta un máximo de 7.500 euros.
Extremadura: concede a las comunidades de propietarios ayudas de hasta el 25% del presupuesto. La cuantía máxima por vivienda rehabilitada es de 6.000 euros. Sus beneficiarios son las personas que cumplan los siguientes requisitos:
No ser titulares del pleno dominio -o de un derecho real- del uso o disfrute sobre alguna otra vivienda sujeta a régimen de protección pública.
Estar inscritos en un registro público de demandantes.
No superar los ingresos máximos establecidos, que en ningún caso pueden exceder de 7,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples.
Andalucía: la cuantía máxima es del 25% del presupuesto protegido, con una cuantía límite por vivienda rehabilitada de 6.000 euros.
Algunos ayuntamientos también contribuyen a sufragar los gastos que supone para una comunidad de propietarios la instalación o reforma de un ascensor.
El ayuntamiento de Barcelona contempla un importe máximo de 45.000 euros por ascensor. En el caso de que se hagan de modo simultáneo obras para conseguir un itinerario practicable, la ayuda límite será de 45.000 euros por ascensor o 6.000 euros por vivienda. El Consistorio facilitará una ayuda complementaria a las personas con ingresos familiares inferiores a dos veces el IPREM, que vivan en el edificio donde se quiere instalar el ascensor y no dispongan de ninguna otra vivienda en esta ciudad. Puede llegar a cubrir hasta el 100% de la cuota que les corresponda aportar.
En Gijón, la cuantía máxima que se subvenciona es del 50% del presupuesto, hasta un límite de 30.000 euros. Se eleva a 40.000 euros si el inmueble está incluido en el catálogo urbanístico.
Bilbao otorga una subvención de hasta 8.600 euros para colocar ascensores. Se pueden percibir hasta 9.000 euros adicionales para construir rampas o cualquier otro elemento que contribuya a la eliminación de barreras arquitectónicas en un edificio.
Los miembros de una comunidad de vecinos que residan en un territorio donde no esté vigente ninguna ayuda para la instalación de un ascensor pueden solicitar un crédito. Los hay específicos para sufragar las necesidades concretas de los vecinos, pero deberán asumir el coste sin ayudas.
Estos préstamos aplican los tipos de interés que marca el mercado crediticio actual y oscilan entre un 7% y un 9%. Caja Navarra, Caja Madrid o La Caixa son algunas de las entidades con estos productos financieros.
Los vecinos pueden disponer de un importe máximo que alcanza la totalidad de lo presupuestado (impuestos y gastos derivados de la obra incluidos) y aplicar un tipo de interés fijo o variable. Respecto a la amortización, hay un periodo de entre 10 y 15 años al que es habitual añadir uno o dos años de carencia. En algunos casos, se contempla un gasto adicional de entre un 1% y un 1,5% en concepto de comisiones de apertura o cancelación total o parcial.