Renta 2011: una cita más obligada que nunca

Las principales novedades en la campaña de este año se centran en las obras de mejora en el domicilio y en la deducción por inversión en vivienda habitual
Por Elena V. Izquierdo, Azucena García 19 de abril de 2012
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Imagen: Chloë Rae

Ante un año marcado por un agravamiento de la crisis y el aumento de la tasa de desempleo, los contribuyentes tenemos una cita más obligada que nunca con Hacienda -a partir de abril y hasta principios de julio- para dar cuenta de los ingresos y gastos, de acuerdo a la ley. Algunos ciudadanos lo harán a través del borrador, otros presentarán directamente la Declaración de la Renta y otros están exentos de hacerla. Pero todos deben saber que en esta campaña las novedades están relacionadas con las obras de mejora en el domicilio y la deducción por inversión en vivienda habitual.

Novedades en la Declaración de la Renta

Entre las novedades más relevantes de esta campaña figura el restablecimiento de la deducción por inversión en vivienda habitual, con efectos desde el 1 de enero de 2011 y con independencia de la base imponible del contribuyente. Se eleva además de 9.015 a 9.040 euros la base máxima de deducción en los supuestos de adquisición o rehabilitación de vivienda y para las cantidades depositadas en la cuenta vivienda, y llega a 12.080 euros en el caso de obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual por razón de discapacidad.

En las obras de mejora en la vivienda se amplía el objeto de la deducción, que ya no está limitado a las obras que se realicen en la vivienda habitual

También hay cambios respecto al ejercicio anterior en lo referente a las obras de mejora en la vivienda. Se amplía el objeto de la deducción, que ya no está limitado a las obras que se realicen en la vivienda habitual. Aumenta el límite anual de base imponible para acceder a la deducción, que pasa de 53.007 a 71.007 euros, y se eleva la cuantía de la deducción del 10% al 20%. La base anual máxima de deducción también sube de 4.000 a 6.750 euros y el límite plurianual por vivienda se incrementa de 12.000 a 20.000 euros. Afecta a las obras que se hayan realizado desde el 7 de mayo de 2011.

Fechas clave

Desde el 10 de abril hasta el 2 de julio, se puede obtener y confirmar el borrador de la Declaración de la Renta 2011. En el supuesto de que el resultado sea a ingresar y el contribuyente quiera hacerlo mediante domiciliación bancaria, tendrá que suscribir el borrador, como muy tarde, el 27 de junio.

Si lo que presenta es la Declaración de la Renta y no el borrador, el contribuyente tiene de plazo desde el 3 de mayo hasta el 2 de julio. Igual que sucede en el caso anterior, si el resultado es a ingresar con domiciliación en cuenta, tendrá tiempo para hacerlo hasta el 27 de junio.

Quién puede solicitar el borrador

Pueden obtenerlo los contribuyentes que perciban rentas procedentes exclusivamente de las siguientes fuentes:

  • Rendimientos del trabajo.

  • Rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención o a ingreso a cuenta, así como los derivados de Letras del Tesoro.

  • Imputación de rentas inmobiliarias, siempre que procedan, como máximo, de dos inmuebles.

  • Ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, así como las subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.

En el resto de los casos, la Administración Tributaria entregará al contribuyente los datos fiscales que puedan facilitar la confección de la Declaración de la Renta.

Cómo obtener el borrador de la Renta

Hacienda pondrá a disposición de los contribuyentes el borrador o los datos fiscales de la Declaración por medios telemáticos. Se podrá acceder a esta información en la dirección https://www.agenciatributaria.gob.es

La Agencia Tributaria remitirá el borrador o los datos fiscales por correo ordinario a las personas que no lo hayan obtenido por Internet

Para recibir el número de referencia que les permita obtener por Internet su borrador o datos fiscales, los contribuyentes deberán comunicar su NIF, el importe de la casilla 620 de la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio 2010 y el número de teléfono móvil en el que deseen recibir mediante SMS el número de referencia. Los ciudadanos con firma electrónica no tendrán que introducir el importe de la casilla 620.

A partir del 3 de mayo, la Agencia Tributaria remitirá el borrador o los datos fiscales por correo ordinario a las personas que no lo hayan obtenido por Internet, siempre y cuando lo solicitaran en la declaración del ejercicio 2010.

Contribuyentes exentos de declarar

No están obligados a declarar los contribuyentes que hayan obtenido rentas procedentes solo de las siguientes fuentes:

  1. Rendimientos íntegros del trabajo: salario, pensiones o prestación por desempleo que no superen los 22.000 euros anuales, siempre que procedan de un solo pagador. Hay dos excepciones:

    • Las cantidades percibidas del segundo o sucesivos pagadores no superan en conjunto 1.500 euros anuales.
    • Los rendimientos del trabajo proceden solo de prestaciones pasivas.

    En estos dos casos, aunque los ingresos procedan de más de una fuente, se aplica el límite de 22.000 euros que exime a los contribuyentes de la obligación de declarar.

  2. Rendimientos íntegros del trabajo con el límite de 11.200 euros anuales, si proceden de más de un pagador, cuando del segundo y sucesivos se han obtenido más de 1.500 euros.

  3. Rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta, con el límite conjunto de 1.600 euros anuales.

  4. Rentas inmobiliarias, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de Letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales.

Tampoco tendrán que declarar quienes obtengan de forma exclusiva rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros.

Deben declarar aunque no estén obligados

Deberán declarar, si quieren desgravar, las personas que tengan derecho a deducción por inversión en vivienda, cuenta ahorro-empresa, doble imposición internacional o que realicen aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad.

También lo harán los ciudadanos que hayan contratado planes de pensiones, planes de previsión asegurados o mutualidades de previsión social, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia que reduzcan la base imponible. También quienes tengan derecho a que Hacienda les devuelva por otros conceptos deberían presentar el borrador.

Marcar la casilla destinada a fines sociales

“Con un pequeño gesto, las cosas cambian”. Así reza el lema de la campaña que anima a los contribuyentes a marcar la casilla “Fines Sociales”. Este sencillo símbolo supone destinar un 0,7% de los impuestos del contribuyente a programas sociales que realizan las ONG. Por ello se denomina “X Solidaria”. Porque ayuda a las personas más vulnerables y desfavorecidas.

Los impulsores de la campaña, liderada por la Plataforma del Tercer Sector, recuerdan que no supone ningún coste económico sino que, por el contrario, quien marca esta casilla se convierte en contribuyente activo solidario. “No marcarla es tomar una actitud pasiva y dejar que sea el Estado quien decida el destino de esa parte de tus impuestos”, precisan.

Para resolver dudas, los usuarios cuentan con una completa información en la página web de la campaña, donde se explica en qué consiste la asignación del 0,7%, qué supone marcar la citada casilla, las consecuencias de no hacerlo o el destino de los ingresos. El importe recaudado por las últimas asignaciones llegó a 262 millones, cinco millones menos que en 2010, debido a una disminución de la recaudación total y del número de personas contribuyentes. Este importe benefició a más de cinco millones y medio de personas y permitió iniciar 1.083 proyectos sociales y cientos de proyectos en países de África, América Latina y Asia.

Este año, en el marco actual de crisis económica, marcar esta casilla cobra más importancia si cabe. Y es que el año pasado un 52,2% de los contribuyentes destinaron parte de sus impuestos a fines sociales, pero un 48% dejaron la casilla en blanco o marcaron solo la destinada a la Iglesia Católica, si bien es posible marcar ambas, sin perjuicio para ninguna de las opciones.

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