La crisis ha hecho que aumente el número de personas que adquiere artículos de segunda mano, más económicos que los nuevos. Pero este tipo de compras, ya sea en una tienda o por Internet, siempre suscita reparos, como el del tipo de garantía que avala estos productos. Con frecuencia surge la duda de qué ocurriría si presentan un fallo, si no funcionan de manera correcta o si no gustan una vez en casa. Al igual que ocurre con los artículos nuevos, y como se detalla en el siguiente reportaje, se podrán devolver o no en función de si se compran a un particular o a una empresa, si tienen algún defecto o si el comerciante reconoce antes este derecho al consumidor.
Productos comprados a un empresario
Cuando un particular adquiere un producto de segunda mano a un empresario (un comercio, una tienda de Internet, etc.) este intercambio se rige por la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, salvo que la compra del artículo usado se haya hecho en una subasta administrativa a la que los consumidores puedan asistir de forma personal. Es la misma norma que regula la adquisición de productos nuevos. La protección al consumidor -salvo algunos plazos- es muy similar tanto para los artículos sin estrenar como para los de segunda mano.
Si los bienes no tienen desperfectos, solo se pueden devolver si el comerciante había reconocido antes este derecho al comprador
Para determinar si un usuario tiene derecho a que le devuelvan su dinero, hay hacer una diferenciación entre los bienes que presentan algún deterioro y los que están en perfectas condiciones.
Artículos no conformes con el contrato
El comprador puede pedir la devolución del dinero, la sustitución del producto, su reparación o una rebaja, cuando se da alguno de los siguientes casos:
Si los artículos no se ajustan a la descripción realizada por el vendedor y no tienen las cualidades que este ha presentado al consumidor en una muestra o modelo.
Cuando no sean aptos para los usos a los que normalmente se destinan los bienes del mismo tipo.
- Si no son aptos para un uso especial requerido por el consumidor, cuando este lo haya puesto en conocimiento del vendedor y el comerciante haya admitido que el bien tiene esa utilidad. Es el caso de que el consumidor pide, en una tienda de segunda mano, una tostadora que descongele el pan y el vendedor le asegura que lo hace; si llega a casa y no tiene esta función, el producto no es conforme al contrato.
En el supuesto de que no presenten la calidad y las prestaciones habituales de un bien del mismo tipo que el consumidor pueda de manera fundada esperar, debido a las declaraciones públicas sobre las características concretas de los bienes hechas por el vendedor, el productor, en particular en la publicidad o en el etiquetado.
También se entiende que hay falta de conformidad, si se hace una instalación incorrecta del producto -y esta estaba incluida en el precio- cuando la ha realizado el vendedor o el consumidor siguiendo instrucciones erróneas.
En los casos anteriores, cuando hay falta de conformidad, y siempre que el comprador no conociera estos fallos en el momento de la adquisición, el consumidor tiene derecho a la reparación del bien, a su sustitución, a la rebaja del precio o a la resolución del contrato, que se traduce en la devolución del dinero pagado.
¿En qué casos tiene derecho el consumidor a que se le devuelva el dinero? Si el producto no es conforme con el contrato, cuando el comprador no pueda exigir la reparación o la sustitución del artículo y en los casos en que estos no se hubieran llevado a cabo en un plazo razonable o sin mayores inconvenientes para el consumidor, el comprador puede elegir entre una rebaja en el precio y la devolución del dinero. No obstante, si el defecto es de escasa importancia, no se puede pedir el reintegro de la cantidad abonada.
La garantía de los bienes de segunda mano es de al menos un año y, durante este tiempo, el vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten.
Productos conformes con el contrato
Los productos que no tengan ningún defecto solo se podrán cambiar si el vendedor así lo ha reconocido antes como derecho. Esto ocurre tanto con los productos de segunda mano como con los nuevos. Pese a que hay una opinión extendida de que los comerciantes tienen que devolver el dinero o dar un vale si el comprador cambia de opinión, no es así.
Por tanto, si la tienda de segunda mano informa de que devolverá el dinero al comprador que no quede satisfecho, tendrá que reintegrarle la cantidad abonada; si dice que lo cambiará por un vale, así tendrá que hacerlo. Pero también está en su derecho de no abonar el importe pagado por el producto que no presenta defectos cuando esta sea su política comercial.
Productos comprados a un particular
En este caso no rige la Ley de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo, que se aplica entre un particular y una empresa, sino el Código Civil. Si la venta es fraudulenta, sí que se puede reclamar por vía judicial que el vendedor devuelva el dinero cuando el artículo tenga fallos o defectos.
Los productos de segunda mano tienen una garantía de al menos un año
El vendedor está obligado al saneamiento de los defectos ocultos del objeto vendido, si lo hacen impropio para el uso al que se le destina o si disminuyen de tal modo ese uso que, de haberlos conocido el comprador no lo habría adquirido o habría pagado menos, según dice el Código Civil.
Pero si estos defectos están a la vista o el comprador es un perito que por razón de su oficio debía conocerlos, el que vende no es responsable.
El cliente, en el plazo de seis meses, puede optar por que el vendedor le devuelva el dinero que pagó o por que se le rebaje una cantidad proporcional del precio.
Además, si el vendedor conocía los vicios o defectos ocultos y no se lo contó al comprador, este puede tener derecho a una indemnización por daños y perjuicios, en el caso de que rescinda el contrato.