Los divorcios contenciosos, el fallecimiento de uno de los cónyuges o la extorsión económica de los hijos a sus padres son las principales causas que impiden a los abuelos ver a sus nietos, como señalan desde la Asociación de Abuelos Separados De Sus Nietos. Pero si antes no les quedaba más remedio que resignarse ante la negativa de sus hijos, nueras o yernos de dejarles ver a sus nietos, ahora pueden reclamar en los tribunales su derecho de visitas y así ejercer como abuelos y dar a los niños el cariño y la estabilidad que necesitan. En este artículo se explica qué derechos legales tienen los abuelos sobre sus nietos y trucos para ejercerlos con garantías.
Para un niño es bueno y necesario tener una sana y continua relación con sus abuelos, pero, a veces, esta se ve truncada de manera abrupta cuando se produce el divorcio o la separación de sus padres. ¿Por qué los abuelos y nietos deben ser víctimas de las desavenencias de los progenitores? ¿Hay algún instrumento legal para ejercer sus derechos a ver a sus nietos?
En España no existe una jurisdicción especializada de familia y solo en las grandes ciudades funcionan juzgados especializados y dotados de expertos psicosociales en esos temas para dar soluciones eficaces a estas circunstancias familiares. En otros lugares, hay que esperar varios meses y supone una tesitura injusta para los abuelos y sus nietos, más si se tiene en cuenta que en nuestro país muchas veces son ellos quienes los han cuidado hasta ese momento mientras sus padres trabajaban. Aun así, los abuelos están avalados por el Código Civil y pueden solicitar un régimen de visitas, además de obtener incluso la custodia en situaciones graves y excepcionales.
Derecho a ver y visitar a sus nietos
La ley permite que los abuelos tengan derecho a visitar a sus nietos en casos de ruptura familiar, pues recoge el derecho que tienen los mayores y los niños a continuar su relación. Para poder ejercer este derecho, si la situación está muy enconada, tienen la posibilidad de interponer una demanda en reclamación de un régimen de visitas con los menores. Casi siempre se les otorga, aunque hay veces que es denegado por existir causa justa (si la relación con los abuelos perjudica al desarrollo y a la salud mental y física de los pequeños).
Numerosas sentencias del Tribunal Supremo destacan también lo enriquecedor que resulta para los menores mantener una relación cercana con los padres de sus progenitores y conceden el régimen de visitas a los abuelos. ¡Importante! Este régimen de visitas no tiene que limitarse a breves encuentros, sino que puede extenderse a pernoctas. A veces, incluso se brinda a los niños el derecho a pasar parte de las vacaciones en el domicilio de los mayores.
Derecho a la custodia de los nietos
Es muy difícil que un abuelo obtenga la custodia de sus nietos, pues solo se puede conseguir si los dos padres fallecen o tienen retirada la patria potestad. Sin embargo, hay casos y circunstancias muy especiales en que los abuelos ejercen como padres de sus nietos y la justicia así lo reconoce. Así, a veces, el juez otorga las funciones tutelares a los abuelos, aunque son excepcionales y transitorias. Además, tienen que darse causas muy graves como la ausencia de los progenitores, su incapacidad para ejercer las responsabilidades propias de la patria potestad, toxicomanías graves o la reclusión en establecimientos penitenciarios.
Otras leyes que amparan a los abuelos y sus nietos
Constitución Española
La Constitución garantiza la protección integral del menor y de la familia, donde se incluye a todos sus miembros, padres, hijos y abuelos. Como señalan los expertos, teniendo en cuenta el ordenamiento constitucional, aunque existan conflictos y dificultades entre los padres, o de estos con sus progenitores, se deberían poner todos los medios posibles para que la relación entre abuelos y nietos sea lo más fluida posible. Es deseable no tener que acudir a los tribunales para que se reconozca algo tan básico como que un abuelo quiera y pueda ver a su nieto.
Convención Internacional de los Derechos del Niño
La Convención Internacional de los Derechos del Niño (1989) ampara también a los abuelos. Así, en su artículo 8.1, dice: «Los Estados partes se comprometen a respetar el derecho del niño a preservar su identidad, incluidos la nacionalidad, el nombre y las relaciones familiares de conformidad con la ley sin injerencias ilícitas».
Comunidad Europea
El Reglamento de la Comunidad Europea Nº 2201/20003, del Consejo, de 27 de noviembre de 2003, y los códigos civiles de muchos países establecen el derecho legal de los abuelos a un régimen de visitas con sus nietos, si supone un beneficio para los pequeños. Los nietos tienen derecho a disfrutar de sus cuatro abuelos, que les dedican todo su tiempo y les transmiten valores y conocimientos distintos y complementarios a los de sus padres.