Es tiempo de hacer la Declaración de la Renta, de marcar la casilla “X Solidaria” y no olvidar los beneficios que se pueden obtener de todos los donativos realizados a una organización dedicada a la acción social, la defensa de los derechos humanos y la cooperación al desarrollo. Si la ONG está acogida a la Ley 49/2002 de Incentivos Fiscales al Mecenazgo, aportar un donativo no costará más dinero a las personas físicas ni jurídicas. En este artículo se explican los nuevos incentivos fiscales que se han aplicado desde enero de 2015 y sus cambios en 2016 que afectan a las próximas declaraciones, tanto para personas físicas como jurídicas.
Ahora que es el momento de hacer la Declaración de la Renta es cuando se debe presentar en ella el denominado certificado de donaciones. Este acredita que la persona o empresa ha realizado una aportación puntual o periódica a una ONG y, por tanto, tiene derecho a desgravarse entre un 30% y 75%, dependiendo del tiempo que lleve donando a la misma ONG.
El año pasado se modificó la Ley 49/2002 de Incentivos Fiscales al Mecenazgo, con aplicación desde el 1 de enero de 2015 que favorece a antiguos donantes y a quienes aportan mayores cantidades. El Estado premia la solidaridad y agradece las donaciones, aumentando las deducciones fiscales para las personas y compañías que colaboran con ONG.
La nueva ley favorece a los donantes y a las ONG
A partir de 2016 se podrá recuperar el 75% de lo donado
Para quienes hayan efectuado una donación durante el año 2015 a una ONG declarada de utilidad pública y que cumpla con los requisitos previstos en la Ley 49/2002 del régimen fiscal de las entidades, el Estado les devolverá el 50% de lo donado, siempre y cuando la colaboración haya sido menor a 150 euros al año. A partir de 2016, es decir, en la próxima Declaración, se podrá recuperar el 75% de lo donado (tres de cada cuatro euros).
Para quienes son más activos en las donaciones y la suma asciende a más de 150 euros anuales, se pueden seguir deduciendo fiscalmente el 50% en 2015 y el 75% en 2016 de esos primeros 150 euros. Pero, además, serán premiados de la siguiente manera:
- Si se colabora con la misma ONG desde 2013, se tiene en cuenta su fidelidad y es posible desgravarse un 32,5% (en 2015) y un 35% (en 2016) en todo lo que exceda a los 150 euros.
- Si no hay antigüedad en la colaboración con la misma ONG, todo lo que pase de los 150 euros se le aplicará una desgravación fiscal del 27,5% en 2015 y del 30% en 2016.
Un ejemplo. Una persona que en 2014 donaba 180 euros al año, se desgravaba el 25% de su donación (es decir, 45 euros). Su esfuerzo final era de 135 euros. En 2016, realizando el mismo esfuerzo, podría aumentar su cuota anual a 289 euros, ya que se podrá desgravar 154 euros (un 75% por los primeros 150 euros y un 30% por el resto).
El nuevo régimen fiscal favorece a los donantes más fieles
Con este nuevo régimen fiscal se está favoreciendo a los donantes más fieles, puesto que quienes lo deseen podrán seguir ayudando más sin que la colaboración les cueste. También se benefician las ONG porque les garantiza la estabilidad de los ingresos desde fuentes privadas.
En el caso de las empresas
En el caso de las personas jurídicas, la deducción fiscal en la Declaración de este año es del 35%, pero si han donado a la misma entidad un importe igual o superior en los dos ejercicios anteriores (desde 2013), el porcentaje sube al 37,5%.
La mejora fiscal no se aplica en el País Vasco y Navarra
Desde este 2016 el procentaje ha aumentado al 40% y las cantidades no deducidas se pueden aplicar en los periodos impositivos que concluyan en los 10 años inmediatos y sucesivos.
Un ejemplo. Una empresa que aporta 10.000 euros al año a una ONG y lleva donando desde 2013, hasta ahora su desgravación en el Impuesto de Sociedades era del 35% (3.500 euros). Este año se podrá desgravar el 37,5% (3.750 euros) y en 2016 hasta el 40% (4.000 euros). De esta forma, si decide incrementar su donativo hasta los 10.400 euros, el coste fiscal será el mismo.
Esta mejora fiscal se aplica en todo el territorio español salvo en el País Vasco y Navarra, donde el límite de la deducción sobre la base liquidable se mantiene en el 10%.
Para quien se esté planteando colaborar económicamente con una ONG y está decidiendo cuál, también es conveniente elegir hacerlo de forma periódica o puntual y la cantidad a donar, teniendo en cuenta todas estas ventajas fiscales.