El Consejo de Ministros ha aprobado esta mañana un Real Decreto por el que se modifica la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la fabricación, circulación y comercio de pan y panes especiales, con el fin de flexibilizar algunos requisitos que exigía la normativa española, más rigurosa que la del resto de la Unión Europea, y crear condiciones de competencia leal entre las industrias.
Actualmente, el mercado español acoge una gran gama de panes especiales procedentes de otros Estados miembros, que, sin ajustarse a los requisitos de la Reglamentación Técnico Sanitaria, hoy modificada con la aprobación del Real Decreto, circulan libremente al estar legalmente fabricados y comercializados en sus países de origen.
Las modificaciones introducidas vienen a equiparar los criterios de todos los Estados miembros, sobre todo respecto a ciertas definiciones y denominaciones de productos, con el objetivo de que se haga efectiva la competencia leal entre las industrias y permitan la elaboración de una mayor variedad de productos, teniendo en cuenta la evolución tecnológica y los gustos del consumidor. A pesar de los cambios, la normativa continúa respetando el derecho de los consumidores a recibir una correcta información sobre el pan a través de las obligaciones incluidas en la Norma General de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios.
Destacar que excluye de la lista indicativa y no limitativa sobre denominaciones del pan especial las que estaban ligadas a un contenido mínimo del ingrediente que caracteriza el producto, como el pan de huevo, pan de leche, o pan al gluten, porque las industrias ya están obligadas a indicar la cantidad de ingredientes en la etiqueta cuando éstos figuren en la denominación de venta. De esta manera, el consumidor queda correctamente informado, a la vez que permite a las industrias fabricar productos mejor adaptados al gusto del comprador.
Asimismo, la nueva normativa prohíbe la congelación del pan, incluidos los especiales, por parte de los distribuidores o expendedores; y flexibiliza las características de los productos terminados relativas a la acidez y humedad para acercarlas a las establecidas por el resto de países comunitarios, así como a las preferencias del consumidor.