Los países que están en proceso de adherirse a la Unión Europea (UE) en una primera fase -Chipre, República Checa, Estonia, Hungría, Lituania, Malta, Polonia, Eslovaquia y Eslovenia-, cuya incorporación está prevista para el uno de mayo de 2004, deberán adoptar el planteamiento «de la granja a la mesa», una labor necesaria para garantizar la seguridad alimentaria, la sanidad y la protección de los consumidores, según informó la Comisión Europea.
Es decir, deberán aplicar las medidas vigentes en el seno de la UE sobre legislación alimentaria, que comprende normas generales sobre higiene y control, etiquetado de alimentos, aditivos alimentarios, envasado de alimentos y alimentos transgénicos. Además, tendrán que adaptarse a la legislación veterinaria, que se ocupa de la salud y el bienestar de los animales, de su identificación y registro, de los sistemas de control del mercado interior, de los controles en las fronteras exteriores y de los requisitos de salud pública que han de cumplir los establecimientos en relación con los productos animales. Tampoco podrán dejar de lado las condiciones establecidas por la legislación fitosanitaria, en concreto con todo aquello que se refiere a la salud de las plantas, las semillas y el material de siembra y la higiene.
Los nuevos países deberán poner especial énfasis en los controles veterinarios de las importaciones, que tendrán que incluir la verificación de la documentación, de la identidad y exámenes físicos de los animales o de los productos derivados. Además, deberán establecer puestos de inspección transfronterizos para efectuar controles veterinarios y de otro tipo, en función de los niveles mínimos que establece la legislación de la UE. El Comité permanente de la cadena alimentaria y la sanidad animal será el organismo encargado de aprobar estos puestos de inspección.
Por otra parte, el Ejecutivo comunitario recuerda que la legislación comunitaria obliga a aumentar los recursos para que los establecimientos agroalimentarios de los nuevos Estados miembros cumplan con los requisitos detallados que impone la ley. Así, por ejemplo, para los residuos de plaguicidas, los países en vías de adhesión a la UE tendrán que establecer un programa de muestreo y uno de análisis, y deberán contar con la infraestructura de laboratorio y los equipos necesarios para poner en marcha procedimientos eficaces para identificar los lotes, informar de los resultados de los análisis y emprender las acciones necesarias.