La entrada desde fuera de la Unión Europea (UE) con bebidas, gasolina, tabaco y dinero en efectivo contará desde ahora con unos límites más permisivos, en virtud de la entrada en vigor de una nueva normativa comunitaria.
Así, los pasajeros podrán disponer de un dinero en efectivo en vuelos y desplazamientos por mar que asciende a 430 euros, frente a los 175 euros permitidos hasta ahora. Por su parte, para los viajes por tierra y aguas continentales el límite queda fijado en 300 euros. La regla monetaria también ha entrado en vigor para perfumes, colonias, café o té, eliminando así los límites cuantitativos vigentes hasta ahora para dichos productos.
También serán desde ahora menos exigentes los límites para el alcohol. Los pasajeros podrán de este modo importar hasta cuatro litros de vino, dos litros más que en la actualidad, y 16 litros en el caso de cerveza. Para el resto de bebidas espirituosas, se podrá adquirir un litro -si el contenido de alcohol supera el 22% del volumen total- o dos -si no excede este límite-.
En lo referente al tabaco, queda a elección de cada Estado miembro optar por un límite de 200 cigarrillos -al que se ha acogido España- por pasajero u otro de 40. Asimismo, la gasolina también ha sido objeto de regulación. A partir de ahora, los viajeros podrán llevar el depósito lleno y un bidón adicional de 10 litros como máximo en el maletero.
Motivo del cambio
La vieja normativa, que databa de 1969, ha sido modificada para exigir unos límites más permisivos que eviten los costes administrativos derivados del cobro de pequeñas cantidades de impuestos, según explicó el comisario europeo de Fiscalidad, Laszlo Kovacs.
La nueva norma también se aplicará en los territorios donde no se aplican las reglas europeas sobre IVA e impuestos especiales, como las Islas Canarias, Gibraltar, las islas anglonormandas, los departamentos franceses de ultramar o las islas finlandesas Aland.