¿El banco te puede subir el interés de tu tarjeta revolving?

Las entidades bancarias pueden aumentar los intereses de estas tarjetas de crédito, siempre y cuando esté previsto en el contrato
Por Javier Mezcua, Helpmycash 22 de julio de 2024
tarjetas crédito
Imagen: Maria_Domnina

Pagar una compra a plazos con una tarjeta de crédito es caro. Los bancos cobran, de media, un interés del 18,5 %, lo que significa que si adquirimos, por ejemplo, un ordenador de 1.000 euros y queremos devolver el dinero en un año, tendremos que pagar 100 euros de intereses. Lo que muchos clientes no saben es que el interés de las tarjetas revolving puede aumentar y ser todavía más alto. Y, como veremos a continuación, las consecuencias pueden ser graves, ya que un incremento del coste del crédito no solo afecta a las deudas futuras, sino al dinero pendiente de devolver.

Los bancos pueden aumentar el interés de las tarjetas

Pagar una compra en cuotas mensuales resulta caro, pero puede serlo todavía más. Los bancos pueden aumentar los intereses de las tarjetas revolving, siempre y cuando esté previsto en el contrato. Así que si la entidad nos envía una comunicación en la que nos comunica un incremento del interés de la tarjeta de crédito, lo primero que debemos hacer es leer el contrato.

En cualquier caso, el banco no puede subir el interés de la tarjeta sin más.

  • El Banco de España considera que las entidades deberían comunicarle al cliente las nuevas condiciones y cómo le afectan, es decir, cuánto tiempo tardará en devolver el dinero utilizado y a cuánto subirá el coste del crédito y una comparativa con el antes y el después.
  • Asimismo, los bancos deben explicarle al cliente que no está obligado a aceptar el incremento del coste de la financiación. Si se niega, la entidad cancelará la tarjeta, por lo que el cliente ya no podrá usarla más, y el capital pendiente de devolver mantendrá las condiciones vigentes hasta ese momento.

El incremento del interés afecta a las deudas vigentes

tarjeta monedero
Imagen: AhmadArdity

¡Ojo! No hay que confundir la cancelación de la tarjeta con la cancelación anticipada de la deuda. Negarse a aceptar las nuevas condiciones no implica tener que reintegrar de golpe toda la deuda vigente en ese momento. El capital pendiente se devolverá con las condiciones anteriores a la cancelación de la tarjeta.

Un ejemplo. Un cliente ha usado su tarjeta de crédito, que tiene un interés del 18,5 %, y debe 2.500 euros. Ha decidido pagar una cuota fija mensual de 100 euros, por lo que tardará casi tres años en devolver todo el dinero y los intereses ascenderán a 682 euros. En total, abonará 3.182 euros.

Ahora supongamos que el banco le informa de que el interés de su tarjeta ha subido al 21 %. En ese caso, el cliente tardaría dos meses más en liquidar la deuda y los intereses subirían a 817 euros.

Como podemos comprobar, un incremento del interés de la tarjeta tiene repercusiones sobre las deudas vigentes.

Esta práctica es legal, ya que las tarjetas están soportadas por contratos de duración indefinida. No ocurre lo mismo con los préstamos personales, cuyo plazo está definido desde el minuto uno y, por tanto, sus condiciones no pueden cambiar.

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