El Gobierno aprobó ayer un real decreto para agilizar la entrega de los servicios postales. Así, Correos deberá entregar el 93% de las cartas ordinarias en un plazo de tres días, y el 99% en cinco días, frente al 90% y 98% actuales.
Por su parte, el 80% de los paquetes postales deberá entregarse en tres días, y el 95% en cinco, frente al 50% y 75% actuales. Y para los giros postales, el 95% estará entregado en tres días, y el 99% en cinco, frente al 75% y 95% actuales.
En caso de que Correos y Telégrafos no cumpla estos plazos, será penalizado por el Ministerio de Fomento, a través de las subvenciones que recibe la Sociedad Estatal procedentes de los Presupuestos Generales del Estado. «La reducción será proporcional a la desviación de objetivos incumplida», establece el decreto. Pero si en el cómputo anual la desviación del objetivo supera el 5%, Fomento podrá imponer sanciones, tras abrir un expediente.
Por último, la nueva norma fija las áreas de dificultad especial de reparto que quedan fuera de estos objetivos y penalizaciones: si el número de censados es igual o menor a 25 por hectárea; si el número de viviendas o locales es igual o inferior a diez por hectárea, o si el volumen de envíos ordinarios no excede los cinco semanales.