➡️ Qué es la Ley de Segunda Oportunidad
El número total de concursos fue en 2021 de 18.892, lo que supone un aumento del 37,5 % respecto a 2020, según el informe ‘Efectos de la crisis económica en los órganos judiciales’ del Consejo General del Poder Judicial. Del total, 10.006 corresponden a concursos presentados por personas físicas sin actividad empresarial, que han mostrado un incremento del 45,6 % respecto a 2020 y del 96,7 % respecto a 2019. El resto son de personas jurídicas (5.374) y personas físicas empresarias (3.512).
Muchos de estos deudores tienen la posibilidad de acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, que logra la exoneración del pasivo insatisfecho (el perdón de las deudas) tras la liquidación de su patrimonio. Las deudas ya no se les reclamarán y pueden empezar una nueva vida financiera.
En breve, además, podrán beneficiarse más personas. Las novedades contempladas en el Proyecto de Ley de reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal incluyen una reestructuración importante de la legislación actual y suponen un avance, porque se podrán acoger a ella más personas. Pero también tiene algunos puntos negativos; en especial, el hecho de no incluir la exoneración de las deudas con la Administración pública.
➡️ Qué podrás conseguir si te acoges a esta ley
Si te encuentras desbordado por las deudas y no puedes sacar tu negocio adelante o si ves como única solución más sobreendeudamiento, es interesante que tengas en cuenta esta opción y sepas qué ventajas puedes obtener:
🔹 Es el camino para poder salir del círculo vicioso de pedir créditos para pagar préstamos anteriores. De hecho, es la vía legal para terminar con las deudas.
🔹 Si te acoges a ella, se paralizan las demandas y embargos hasta recibir el dictamen del juez.
🔹 Una vez solventado el problema, puedes volver a empezar tu vida financiera: puedes solicitar créditos, crear una empresa… partiendo de cero.
🔹 Concluido el proceso, además, desaparecerás de todas las listas de morosos.
➡️ Los cambios de la reforma de la ley
🔸 Cómo te puedes beneficiar ahora
Esta ley acoge a todas las personas que atraviesen un problema económico grave de sobreendeudamiento, a autónomos, pequeños empresarios… Todos estos deudores que tengan preocupación frente a las medidas que puedan tomar contra ellos el banco u otros acreedores, pueden acogerse a la Segunda Oportunidad. Hay algunas condiciones:
✅ Ser un deudor insolvente y tener hasta un máximo de cinco millones de euros de deuda.
✅ Actuar de buena fe: estar dispuesto a pagar lo máximo posible que puedas asumir.
✅ No haber sido condenado por delitos socieconómicos, por delitos contra los trabajadores, contra la Hacienda pública o Seguridad Social.
✅ No haberse acogido a la exoneración de pagos en los últimos diez años.
✅ Si es posible, alcanzar antes un acuerdo extrajudicial.
✅ Haber pagado los créditos preferentes: es decir, los créditos frente a empleados, hipotecas, Hacienda y Seguridad Social.
🔸 Cómo te puedes beneficiar tras la reforma
Tras la reforma hay una serie de cambios que son importantes, pues harán el proceso más flexible, más ágil y llegará a más deudores. Así, entre otras, están las siguientes condiciones:
✅ Ser un deudor de buena fe y estar dispuesto a pagar lo máximo posible.
✅ Según la situación del deudor, no se tiene que abonar una cantidad mínima de deudas para lograr la exoneración. Supondrá que más personas puedan acogerse a esta ley.
✅ No es necesario intentar un acuerdo extrajudicial de pagos, por lo que será más ágil.
✅ De modo muy restrictivo se podrán perdonar algunas deudas con la Administración: un máximo de 1.000 euros, si la deuda es con Hacienda; y también de 1.000 euros para deudas con la Seguridad Social.