Qué es la Directiva Ómnibus
La Directiva Ómnibus es, ante todo, una norma para luchar de manera efectiva contra prácticas comerciales engañosas. Además, su objetivo es el «cumplimiento de los derechos de los consumidores de manera uniforme en todos los países de la UE», como señalan representantes de la Comisión Europea en España.
Afecta «a todos los ecommerce, plataformas y marketplaces que oferten productos o servicios de forma gratuita o no a consumidores».
¿Cuándo se aplicará? A partir del 28 de mayo de 2022 serán de aplicación las disposiciones transpuestas al ordenamiento jurídico interno mediante el Real Decreto Ley 24/2021, de 2 de noviembre a través del cual se transponían varias directivas europeas.
Los beneficios de la nueva norma para los consumidores
✅ Más transparencia en compras online
Una de las medidas que más protección brindará al consumidor es la apuesta por la transparencia, en especial, a la hora de consultar las opiniones que aportan otros usuarios sobre los productos o servicios.
Desde ahora, deben exponerse con claridad cuáles son los criterios que se tienen en cuenta al posicionar los resultados y su relevancia. Esta información tiene que facilitarse al consumidor de forma específica y accesible.
Además, se debe informar si la empresa realiza pagos para obtener una mejor posición en la clasificación de los resultados de búsquedas de productos o servicios. Algo que, en realidad, es publicidad encubierta.
En este aspecto, hay una «lista negra» con prácticas que no deben hacerse:
- Presentar al consumidor reseñas como si fueran verdaderas sin haber tomado medidas para contrastar su autenticidad.
- Presentar comentarios falsos.
- Tergiversar valoraciones para promover productos.
✅ Más información
La nueva directiva también obliga a proporcionar un contenido mínimo de información que es preciso facilitar al consumidor antes de que este proceda a comprar online. La información necesaria previa al contrato de compraventa se puede realizar a través de sistemas de asistencia telefónica o por SMS.
Así, es obligatorio:
- Informar sobre si el vendedor es un consumidor o no. Esta información es muy importante para saber ante quién pueden ejercer sus derechos. También es esencial para conocer cuáles son las reglas de protección que los amparan.
- Explicar la responsabilidad de comprador y vendedor sobre el cumplimiento de las obligaciones legales derivadas del contrato de compraventa.
- Facilitar al comprador datos de contacto (como mínimo un teléfono y correo electrónico). Hay que garantizar una comunicación fluida entre comerciante y usuario.
✅ Rebajas y reducción de precios
Todas las ofertas deben indicar el precio más bajo que haya tenido el producto durante, al menos, el mes anterior a la fecha en que se anuncie la reducción del precio.
✅ Reventa
Se prohíbe revender entradas de eventos, si fueron adquiridas usando medios automáticos (bots) para eludir cualquier restricción establecida por el vendedor. Muy común es, por ejemplo, utilizarlos cuando existe un numero limitado de entradas por comprador.
✅ Prácticas comerciales engañosas
Se combate contra las empresas que comercializan productos similares, pero que en realidad tienen características distintas, lo que puede derivar en un incremento artificial de costes.
¿Qué pasa en desistimientos sobre contenidos digitales?
Tras haber adquirido un contenido o servicio digital, se puede desistir. En este caso, la tienda no podrá utilizar los contenidos que hayan sido generados por el cliente al usar el contenido o servicio.
Además, deberá facilitarlo sin costes, en un plazo de tiempo razonable y en un formato adecuado.
Cómo reclamar una práctica desleal
El consumidor siempre puede reclamar. La directiva obligar a los estados a introducir mecanismos para que los consumidores afectados por prácticas comerciales desleales reciban una reparación: compensación económica, reducción de precio o, bien, la resolución del contrato.
Las sanciones para los vendedores
Si un vendedor no se ajusta a la norma, será sancionado y deberá pagar una multa. Para imponer la multa se debe tener en cuenta la naturaleza y gravedad de la sanción, la duración y voluntariedad o no, la reincidencia y el número de afectados.
El importe máximo de las multas por lo que se ha denominado «infracciones generalizadas» será de, al menos, el 4 % del volumen de negocios anual de la empresa en el estado miembro afectado (o estados, si es el caso).
Si no existe información disponible sobre el volumen de negocios anual, el importe máximo de la sanción no será inferior a los dos millones de euros.