El Congreso ha aprobado la reforma de la Ley 7/1996 de Ordenación del Comercio Minorista, con el fin de adecuar su contenido «al constante proceso de globalización de la economía y a la necesidad de que la regulación en este ámbito se adapte a la realidad de los mercados», tal como explicó el Ministerio de de Industria Turismo y Comercio.
La nueva ley consensuada modifica la regulación comercial minorista para adaptarla a lo establecido por la Ley Omnibus, encargada de la transposición de la Directiva 2006/123/CE, relativa a los servicios en el mercado interior. Según explicó Industria, el modelo comercial español se caracteriza por una elevada densidad comercial característica de los países mediterráneos y de una determinada forma de estructurar los núcleos urbanos en torno al comercio. La modificación legislativa persigue, sin perder estos valores, «incrementar el valor que genera la distribución comercial mediante la liberalización en la prestación de los servicios y la supresión de cargas para las empresas».
Industria destacó que la nueva norma «respeta la competencia exclusiva de las comunidades autónomas en materia de comercio interior», si bien el Estado se halla habilitado para establecer una normativa nacional que sirva de base para que las autonomías desarrollen la regulación que les sea propia en el ejercicio de sus competencias.
El nuevo texto, junto con lo dispuesto en la Ley Paraguas, constituirá el marco de referencia de la normativa autonómica. Además, Industria señaló que la nueva regulación se inspira en el principio de libertad de empresa y tiene por finalidad facilitar el libre establecimiento de servicios de distribución comercial, a través de un marco donde los diferentes formatos comerciales podrán actuar en libre competencia.
Según estimaciones del propio sector, el impacto económico de la reforma será significativo. La inversión inducida esperada se sitúa en torno a los 4.000 millones de euros, y podría contribuir a la creación de unos 50.000 puestos de trabajo a corto y medio plazo.