La Dirección de Consumo del Gobierno Vasco invitará a las compañías telefónicas a que cumplan con la ley y dejen de facturar mensajes a usuarios que no han dado su consentimiento para recibirlos. Así, ha dirigido a las compañías de telefonía móvil una carta en la que les exige que dejen de remitir servicios de recepción sucesiva de SMS a personas «que no hayan manifestado su consentimiento previo por escrito para acceder a dichos servicios», que es la condición imprescindible que establece la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios.
Los conocidos como servicios de recepción sucesiva de SMS tienen un modo de funcionamiento suficientemente sofisticado como para que el titular de un móvil termine pagando por mensajes que no desea recibir y deba sortear innumerables gestiones para lograr que no se los envíen más. Consumo reacciona así a la vista del «alarmante» aumento del número de reclamaciones derivadas de la facturación de lo que se denomina en el mercado SMS Premium.
El usuario paga en este servicio por enviar un mensaje corto para participar en un concurso o descargar melodías a través del anuncio de algún medio o por una invitación recibida directamente en su móvil. El operador y el anunciante se reparten los beneficios del mensaje, que ha sido costeado por la persona usuaria. El paso fraudulento se produce cuando quien ha enviado ese mensaje corto es dado de alta sin su consentimiento en un servicio de recepción sucesiva de mensajes por los que debe pagar un precio. Esta maniobra, ante la que la víctima queda absolutamente indefensa, supone un aumento importante en la factura telefónica, ya que estos SMS Dirección de Consumo pueden llegar a costar hasta 1,50 euros cada uno y se reciben de forma masiva».
La Dirección de Consumo indica que cuando el titular del móvil intenta impedir que le facturen por un servicio que ni ha pedido ni quiere la tarea es «extremadamente complicada», ya que en muchos casos es difícil averiguar qué empresa es la prestadora del servicio y no se sabe ante quién reclamar. Teniendo en cuenta la indefensión a la que se ven compelidos quienes son sujetos pasivos de estas prácticas, el Gobierno Vasco exige a los operadores que, conforme a la nueva redacción de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios, antes de dar de alta a un cliente en uno de estos servicios «debe constar de forma inequívoca su voluntad de contratar».
Asimismo, pedirá a las compañías que demuestren la existencia del contrato celebrado con la persona consumidora, así como el cumplimiento de los requisitos de información previa, de confirmación documental de la contratación efectuada y de la forma de rescindir el contrato. Consumo también solicitará a los operadores que no emitan facturas por servicios de recepción sucesiva de SMS que no cumplan con los requisitos y que, en el caso de que ya hayan sido facturados, admitan las reclamaciones presentadas.