Uno de los motivos para abrir una cuenta en otro país es mejorar el rendimiento que genera este producto bancario. En otras palabras: obtener por el dinero un mayor interés que esté por encima de la media que ofrecen las entidades de crédito españolas. No obstante, abrir una cuenta en el extranjero también implica gastos, en ocasiones muy elevados. Y para que esta operación sea legal, no queda más remedio que seguir los cuatro pasos que se revelan en este artículo: elegir la cuenta y el destino, declarar las ganancias, notificar los importes más elevados y entregar los documentos que se pidan, incluida la Declaración de la Renta.
Si su intención es abrir una cuenta corriente en el extranjero, no hay obstáculo alguno que se lo impida. Pero aunque no tenga problemas, sepa que tendrá que formalizar el proceso de apertura bajo una serie de requerimientos administrativos y, además, cumplir con las obligaciones fiscales correspondientes.
Paso 1. Elegir la cuenta y su destino
El principal objetivo consistirá en elegir el destino de los ahorros, porque, en función de esta decisión, se dispondrá de una serie de ofertas para ser cliente. Además, si es un país ajeno a la zona del euro, deberá tener en cuenta que abrir este producto bancario le supondrá una comisión por el cambio de moneda, hasta el punto de encontrar divergencias muy elevadas de un país a otro. En ocasiones, los costes de esta operación superan el 1%.
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Paso 2. Declaración de las ganancias
Abrir una cuenta en el extranjero es un movimiento bancario por completo legal, siempre que se cumplan una serie de requerimientos básicos. ¿De qué forma? Se debe realizar en el territorio nacional una declaración sobre las ganancias generadas, que hay que incluir en la próxima Declaración de la Renta. Esta declaración debe exponer todos los beneficios generados a través de la nueva cuenta corriente abierta fuera de España. El objetivo es muy claro: tener controlados los ahorros para una inspección fiscal.
Paso 3. Notificar los importes más elevados
No es lo habitual, pero las ganancias obtenidas por la cuenta en el extranjero podrían sobrepasar los límites establecidos. Así que, para evitar un problema con las autoridades fiscales del país, hay que saber que si el saldo medio de la cuenta corriente no supera los 50.000 euros, no hay que avisar sobre su titularidad.
Sin embargo, si es superior a este importe, hay que declararlo en España. Este trámite se lleva a cabo a través del modelo 720, donde hay que explicar que se tiene abierto un producto bancario de estas características.
Además, para los importes más altos será necesario, además, que queden reflejados en el formulario ETE, de declaración de transacciones con el exterior, un documento para declarar activos y transacciones económicas en el extranjero de gran cuantía. De este modo, la cuenta estará conforme con las exigencias por parte de los órganos fiscales de nuestro país, sea cual fuese el saldo de la cuenta corriente.
Paso 4. Entrega de los documentos
Abrir una cuenta fuera de España no exime de aportar la documentación más elemental en Hacienda y, además, en el país donde esté abierta. En el país de destino de los ahorros, hay obligación de remitir toda la información sobre el origen de las aportaciones monetarias. Incluso pueden exigir que se presenten las últimas declaraciones de la Renta y compulsar todos los documentos remitidos.
Estos cuatro pasos esenciales permitirán gestionar este producto bancario y utilizar la cuenta sin preocuparse por ninguna sanción fiscal, conforme a la legalidad de la normativa actual.
Antes de abrir una cuenta en otro país, no solo habrá que analizar si merece o no la pena, sino también cuáles son los gastos que conllevará esta operación, pues podrían anular la mejor remuneración que presente este producto bancario.
El principal es por las altas comisiones que genera su formalización, más elevadas que las habilitadas en el territorio nacional, en especial si debe estar suscrita en otra moneda que sea ajena al euro (libra esterlina o dólar norteamericano). En este caso, en los gastos hay que incluir el cambio de moneda y puede alcanzar, en función del destino elegido, hasta un 1% sobre la operación realizada.
Estos gastos son uno de los principales motivos que convierten a estos productos bancarios en poco atractivos para las familias con menor poder adquisitivo, ya que serán más elevados que en las cuentas nacionales.