En plena campaña de captación de planes de pensiones, son muchos los particulares que se dejan tentar por la idea de complementar su jubilación, de futuro incierto, con un plan de pensiones privado. A pesar de que la buena fama no siempre ha acompañado a este producto de ahorro a largo plazo, sus ventajas fiscales pueden generar beneficios muy atractivos. Pero antes de elegir un plan de pensiones, es necesario comprender los puntos básicos que regirán la inversión durante los próximos años. ¿A qué edad hay que contratar un plan de pensiones? y ¿es verdad que ahorran impuestos? son algunas de dudas frecuentes que se resuelven a continuación.
1. ¿A qué edad es mejor abrir un plan de pensiones?
Según el ‘Informe Naranja’ publicado por ING Direct en 2015, los españoles consideran que la edad óptima para abrir un plan de pensiones es cerca de los 45 años. Sin embargo, es conveniente saber que cuanto antes se empiece a ahorrar de cara a la jubilación, mejor. ¿La razón? Por un lado, aunque los jóvenes perciban la jubilación como algo demasiado lejano, a edades tempranas las cargas familiares y las deudas son mucho menores que después, por lo que la capacidad de ahorro es más elevada. Y, por el otro, si se empieza ahorrar antes se requerirá menos esfuerzo para acumular la misma cantidad de capital.
Por ejemplo, y sin tener en cuenta rentabilidad alguna, para acumular 10.000 euros se pueden ahorrar 100 euros al mes durante algo más de ocho años o 500 euros durante menos de dos. Es decir, para reunir la misma cantidad de capital el esfuerzo será mucho mayor en el segundo caso, además de que la capacidad para mantener el ritmo podrá verse alterada con mayor facilidad ante un imprevisto.
2. ¿Es posible perder dinero con un plan de pensiones?
Afirmativo. Solo los planes de pensiones garantizados que, según Inverco (Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva y Fondos de Pensiones), al cierre del pasado mes de septiembre acumulaban el 20% del patrimonio total invertido en los planes del sistema individual, aseguran que al vencimiento el cliente recuperará la totalidad de las aportaciones. En el resto de los casos, la posibilidad de perder dinero es un hecho que no debe perderse de vista. De ahí la importancia de mantener una gestión activa sobre el plan de pensiones. No obstante, incluso si la rentabilidad fuese negativa, el ahorro fiscal podría compensar las posibles pérdidas.
3. ¿Los planes de pensiones ahorran impuestos?
Este es el asunto de mayor complejidad que gira en torno a los planes de pensiones y, a su vez, uno de los más relevantes. A modo de resumen, los planes de pensiones permiten retrasar el pago de impuestos sobre las aportaciones realizadas durante la vida laboral (con un máximo de 8.000 euros anuales o del 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas, la menor de las dos cantidades) y abonar el IRPF en el momento del rescate. Es decir, que se ahorran impuestos mientras se trabaja y se pagan en el momento del retiro. El truco está en planificar tanto las aportaciones como el rescate para que, en el momento de sacar el dinero, el IRPF que se abone sobre el dinero rescatado sea inferior al que se hubiese pagado mientras se ahorraba.
Para comprender el impacto de la fiscalidad en un caso particular, se puede utilizar una calculadora de fiscalidad de planes de pensiones gratuita, que permitirá saber cuánto se podrá ahorrar cada año en IRPF, cuánto se tendrá en el plan antes y después de rescatarlo y cuál será la mejor forma de recuperar el dinero.
Además del impacto que tiene la fiscalidad sobre los impuestos que se puede ahorrar el contribuyente, los planes de pensiones también permiten rentabilizar un dinero que debería estar depositado en las arcas del Estado, otro punto que hay que tener en cuenta.
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4. ¿Los planes de pensiones tienen comisiones?
Sí, aunque están limitadas por ley. La normativa vigente limita el máximo que puede cobrar la entidad depositaria al 0,25% y el máximo que puede hacerlo la entidad gestora al 1,5%. Es decir, que en total se puede llegar a pagar un 1,75%.
5. ¿Se pueden rescatar antes de la jubilación?
He aquí otra de las particularidades de los planes de pensiones que asustan a más de un cliente. Al estar pensados para complementar la jubilación estatal, los planes de pensiones solo pueden rescatarse en el momento de la jubilación o cuando concurran una serie de contingencias muy específicas recogidas por la regulación actual: incapacidad laboral y gran invalidez, muerte del partícipe o del beneficiario, dependencia severa, enfermedad grave, paro de larga duración, desahucio de la vivienda habitual y cuando las aportaciones tengan una antigüedad de al menos 10 años a contar desde el 1 de enero de 2015.