Las cuentas corrientes abandonadas se cuentan por centenares. ¡Y muchas de ellas acumulan dinero! Entre 2005 y 2015, Hacienda ingresó 83 millones de euros procedentes de cuentas corrientes que llevaban 20 años sin registrar ningún tipo de actividad. Olvidar una cuenta corriente, más aún si su saldo es de cero euros, no es tan infrecuente, sobre todo si su apertura ha sido un requisito de otro producto bancario, como un depósito o un préstamo, o si pertenece a un fallecido. Este artículo aborda qué consecuencias tiene y cuánto cuesta olvidar una cuenta corriente abierta en un banco español.
20 años, el plazo para acordarse de la cuenta
La mayoría de las cuentas abandonadas pertenecen a personas fallecidas cuyos herederos no han reclamado sus derechos, en general por desconocimiento. Otras veces, una cuenta corriente acaba abandonada por olvido.
Sea como fuere, si durante 20 años consecutivos una cuenta corriente no ha registrado movimiento alguno, por ley se considerará como abandonada y el dinero que hubiese en ella pasa a engrosar los ingresos de la Administración. Tal y como dispone la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, «corresponden a la Administración General del Estado […] los saldos de cuentas corrientes, libretas de ahorro u otros instrumentos similares abiertos en estos establecimientos, respecto de los cuales no se haya practicado gestión alguna por los interesados que implique el ejercicio de su derecho de propiedad en el plazo de 20 años».
Los saldos huérfanos que acaben en manos del Estado tras 20 años abandonados serán destinados a «financiar programas dirigidos a promover la mejora de las condiciones educativas de las personas con discapacidad», según la Ley sobre la Reutilización de la Información del Sector Público, tras una reforma aprobada en 2015.
¿Cuánto cuesta una cuenta abandonada? Cuidado con las comisiones
Aunque no siempre se tenga presente, una cuenta inactiva no es lo mismo que una cuenta abandonada. Que su titular no utilice una cuenta corriente o que se haya olvidado de ella, incluso si su saldo es de cero euros, no le exime de sus obligaciones para con la entidad depositaria, ni tampoco del pago de comisiones. Pero tampoco el banco queda eximido de ofrecer los servicios de caja que se contrataron en su momento.
Si bien algunas entidades pueden declarar inactiva una cuenta corriente si pasa cierto tiempo sin que el titular realice ningún movimiento, esta denominación es solo a efectos internos de la entidad y, legalmente, sigue activa, a menos que transcurran 20 años.
Tal y como recuerda el Banco de España para estos casos, «el compromiso de la entidad de prestar el servicio de caja sigue vigente, a no ser que se cancele el contrato, por lo que si en su contrato tiene pactado el cobro de comisiones de mantenimiento, la entidad se las podrá continuar cobrando aunque no tenga movimientos la cuenta». Es decir, que a menos que pasen 20 años, por mucho que se haya olvidado una cuenta, se tenga vacía o no se use, seguirá activa y podrá seguir generando comisiones.
Este punto es en especial delicado, ya que muchos clientes pueden encontrarse que, tras varios años sin acordarse de una cuenta, cuando ejercen de nuevo sus derechos sobre ella, el saldo ha mermado por las comisiones aplicadas durante ese tiempo, o que si quieren cerrarla, la entidad les reclama el pago de comisiones.
De ahí la importancia de cerrar las cuentas que no se utilicen, para no olvidarlas y evitar sustos en el futuro, o de abrir cuentas en bancos sin comisiones. Además, no hay que olvidar que una entidad puede cambiar las condiciones de sus cuentas corrientes en cualquier momento, siempre que avise con dos meses de antelación.
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¿Tras 20 años ya no es posible recuperar el dinero?
Así es. Tal y como establece la ley, el dinero pasará al Estado. No obstante, los bancos están obligados a dar una última oportunidad para reivindicar la titularidad de los fondos que sean declarados próximamente como abandonados.
La normativa actual exige a las entidades de crédito a avisar por «correo certificado o medio análogo de coste no superior y equivalente eficacia» a los titulares de las cuentas olvidadas de que el plazo máximo para ejercer sus derechos sobre esos fondos está a punto de expirar y de que el dinero será propiedad del Estado. Pero el banco solo tiene la obligación de dirigir la notificación al último domicilio que conste en su base de datos, por mucho que el titular ya no viva allí. Así que a muchos esa última oportunidad puede no llegarles nunca, si no siguen residiendo en el mismo inmueble.