Adquirir cuotas participativas y convertirse en socio de la caja de pleno derecho, conseguir dividendos, cuando los haya, y disfrutar de derechos de participación en las juntas son algunos de los efectos que tendrá sobre el ahorrador la reforma de las cajas de ahorros, la más importante del sistema financiero español. Ante la fuerte caída de los tipos de interés, de los ingresos y del volumen de negocio y, sobre todo, ante las primeras pérdidas anunciadas por cajas de ahorros como Caja Castilla La Mancha y Cajasur, que derivaron en la correspondiente intervención por parte del Banco de España, ha resultado necesario poner en marcha una profunda reestructuración del modelo bancario. La creación del FROB (Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria) y la reciente aprobación de un nuevo Real Decreto sobre la Reforma de las Cajas han sentado las bases para el nuevo mapa financiero de España. Fusiones, cierre de sucursales, prejubilaciones y más poder para los accionistas de bancos en el ámbito de las cajas de ahorros son sólo algunas de las modificaciones más importantes que se llevarán a cabo. En el terreno de las cajas, todas las previsiones apuntan a que las entidades se reducirán a la mitad: las 46 registradas en el Banco de España pasarán a agruparse en torno a 20 ó 25.
Más participación
Una de las modificaciones que trae consigo la reforma de la ley de cajas es que las entidades podrán emitir cuotas participativas. Es una fórmula similar a las de las acciones de los bancos, lo que confiere derechos de participación. A las entidades esta fórmula les permitirá conseguir más recursos para financiarse. Las emisiones podrán alcanzar hasta el 50% del patrimonio. Se elimina el límite del 5% planteado hasta ahora por el que un solo inversor -como un banco- podría adquirir esas cuotas.
Para los ahorradores, hacerse con cuotas participativas supone convertirse en socio de la caja de pleno derecho, conseguir así dividendos, cuando los haya, y disfrutar de derechos de participación en las juntas. También es positiva la reforma desde el punto de vista de la seguridad, ya que su objetivo final es evitar que una entidad quiebre. Ésta y todas las medidas que se han adoptado y que afectan a la nueva configuración de las cajas de ahorros persiguen componer un mapa financiero más sólido, en el que no tengan cabida las intervenciones por parte del Banco de España.
La emisión de cuotas participativas no afectará a la oferta de productos de las entidades
Desde el punto de vista práctico, la emisión de cuotas participativas no afectará a la oferta de productos de las entidades. Es más una medida de organización interna que comercial.
Menos influencia política
Otro punto importante de la reforma planteada es que se reducirá la influencia política de las entidades. Para ello, se establecerá la incompatibilidad de los cargos electos para formar parte de los miembros de los consejos de las cajas. También se ha vetado el acceso a los ejecutivos dependientes de las diferentes administraciones públicas. El objetivo es aumentar la profesionalidad y democratización de las cajas, un aspecto positivo para los ahorradores, ya que busca anteponer sus intereses a los intereses políticos.
Hasta ahora, en la historia de las cajas de ahorros españolas han salido a la luz múltiples casos de operaciones de financiación o de participación en proyectos que han estado comandados por intereses políticos (firma de préstamos a constructoras que aportaban interesantes comisiones a personas determinadas, toma de capital en empresas con importantes intereses en una determinada zona, etc.). En ocasiones, estas decisiones han llevado al límite la cuenta de resultados de las cajas de ahorros (sobre todo, los innumerables préstamos a promotores concedidos en pleno “boom inmobiliario”). Con la nueva medida, se intenta proteger a los ahorradores de estas prácticas con doble intención y primar la gestión independiente.
La reforma intenta proteger a los ahorradores y primar la gestión independiente
La reforma de las cajas también apuesta por la profesionalidad de los consejeros: al menos la mitad de los miembros de los consejos deberán demostrar requisitos de profesionalidad, cualificación y experiencia para poder acceder al puesto. La ley prohíbe que los miembros de gobiernos regionales puedan formar parte de los órganos de gobierno de las cajas. Para el ahorrador esto es positivo, ya que evitará la subjetividad en la toma de decisiones.
Otra medida será la necesidad de mayoría reforzada. Los consejos de las cajas deberán aprobar sus decisiones trascendentes -como el cambio de modelo a una fundación- con al menos dos tercios de votos favorables.
Cambios en las políticas comerciales
Una de las situaciones que sí puede afectar al ahorrador es la culminación de una fusión entre dos o más cajas de ahorros. En principio, los usuarios no deben experimentar cambios en los productos que ya tienen contratados, como fondos de inversión, planes de pensiones, seguros o depósitos. Sin embargo, las políticas comerciales pasarán a estar controladas por la caja que absorba o que más capital aporte y los nuevos instrumentos pueden verse condicionados por el “toque” de la caja con más recursos. Pueden modificarse las comisiones aplicadas, los tipos de interés y los vencimientos.
A raíz de una fusión pueden modificarse las comisiones aplicadas, los tipos de interés y los vencimientos
Comisiones: un apartado que deberá revisar con cuidado el usuario de una caja de ahorros envuelta en una fusión es el de las comisiones aplicadas en sus productos. Un proceso de integración puede ser una excusa para acordar una subida de tarifas, una estrategia que aplican numerosas entidades ante las dificultades económicas de la actualidad. En todo caso, el cliente debe exigir que le comuniquen el cambio de comisiones de forma anticipada a su aplicación. En el último año han subido, sobre todo, las comisiones aplicadas a servicios bancarios básicos (mantenimiento de cuentas corrientes, transferencias, emisión de cheques, cuotas anuales de tarjetas y extracción de efectivo en cajeros, entre otras prestaciones).
Cuentas: en cuentas a la vista o cuentas de ahorro, los requisitos pueden cambiar con una antelación de 15 días, siempre que la nueva entidad así lo comunique a sus usuarios y lo registre con un nuevo folleto comercial en el Banco de España.
Nuevos depósitos: la institución central española ha recomendado a las entidades, sobre todo a las que han solicitado recursos al FROB, que presenten tipos en la media del mercado (en torno al 2%). El Banco de España cree que es perjudicial para las entidades lanzar imposiciones a plazo con tipos del 4% o superiores, como se ha ofrecido en los últimos meses. Los balances de las cajas pueden verse dañados con tales extratipos. Esta recomendación tiene pros y contras para el ahorrador: los productos que le propongan serán menos rentables para su ahorro, pero las entidades que cumplan con este precepto tendrán balances y cuentas de resultados más saneados.
Tarjetas de crédito: es posible que se den cambios en la entidad gestora (pasar de Servired a Euro 6000…). Esto deberá tenerse en cuenta, sobre todo, al extraer efectivo de cajeros, ya que en función de la entidad a la que esté adherida la máquina dispensadora, el usuario deberá pagar o no comisiones. No obstante, no pueden modificarse las condiciones suscritas en el contrato con una entidad. Las comisiones y los tipos de interés son inalterables.
Seguros: tras una fusión, las cajas integradas deben debatir con qué aseguradora trabajar. Para evitar duplicidades y conseguir una homogeneización del negocio, lo más razonable es elegir una sola compañía (casi siempre, la de la caja dominante o con más recursos). En cualquier caso, se mantienen los derechos y obligaciones de los antiguos contratos. Sólo los nuevos se regirán por las condiciones que imponga la aseguradora elegida.