La Agencia Catalana de Consumo (ACC) ha impuesto una sanción de 519.600 euros a 46 empresas de reunificación de créditos que operan en Cataluña por publicidad engañosa y cláusulas abusivas en los contratos. En total se les atribuyen 197 infracciones.
El primer motivo de sanción es la publicidad engañosa, que supone el 46% del importe de las multas (239.000 euros). Según la ACC, algunas campañas publicitarias «inducen a errores sobre la actividad que prestan estas empresas, y también omiten información sobre el coste que tienen sus servicios». La inducción al error de la publicidad de este sector radica también en que la reunificación «no supone un ahorro de dinero, sino que implica una ampliación de los plazos y se acaba pagando más».
Las cláusulas abusivas en los contratos suponen el 34,9% de las sanciones (181.200 euros). La Agencia Catalana de Consumo descubrió cláusulas sorprendentes, como la que impide a los clientes acudir a la entidad que lleva a cabo la reunificación de sus créditos al menos durante un año.
Otras condiciones abusivas detectadas son que la empresa se reserva el derecho de modificar las condiciones pactadas y que el consumidor debe someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales de la ciudad que escoja la compañía en caso de conflicto.