El número de trabajadores y trabajadoras que se acogieron a una excedencia para el cuidado de hijos o familiares aumentó un 24% entre el 1 de enero de 2005 y el 31 de diciembre de 2007, fecha en la que se situaba en 58.909 personas. Pese a este incremento se trata de un permiso aún poco frecuente. De hecho, su incidencia entre los asalariados que hipotéticamente pueden estar interesados en acceder a la excedencia -colectivo de ocupados de 23 a 44 años de edad- es apenas de uno por cada 100, según aparece reflejado en la revista «Cauces», editada trimestralmente por el Consejo Económico y Social (CES).
Los autores del artículo lamentan la escasa difusión pública de la información sobre este tipo de excedencia, figura jurídica que, a su juicio, permite conocer cómo se comporta en España el fenómeno de las retiradas temporales del mercado de trabajo por atención a personas allegadas. Mantienen que se trata de un dato importante para conocer mejor las características y necesidades del mercado laboral, sobre todo porque en España la contratación parcial, pese a sus continuas modificaciones legales, no termina de despegar.
La excedencia por cuidado de familiares es un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres. Su duración máxima es de tres años por cada hijo y de dos, por otras personas hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. El permiso computa a efectos de antigüedad pero sólo conserva el puesto de trabajo desempeñado hasta el momento de la acogida durante el primer año. Transcurrido este plazo, la reserva queda referida a un empleo del mismo grupo profesional o categoría equivalente.
En función del ámbito en el que se desarrolla la actividad laboral, 45.404 trabajadores del sector privado y 13.505 del público disfrutaron en 2007 del permiso, lo que representa un incremento del 28% y del 11,8%, respectivamente, en relación con 2005. El aumento obedece al propio crecimiento de la ocupación en los últimos años, particularmente en el caso de las mujeres, quienes son mayoritarias en la interrupción de su carrera laboral para dedicarse al cuidado de terceras personas.
Siete meses y medio
En cuanto a la duración, el tiempo medio de excedencia se sitúa en siete meses y medio, muy por debajo de la duración máxima reconocida legalmente. El periodo se amplía a ocho meses y medio en el sector público y baja a 6,7 en el privado. Sorprende el hecho de que en el área pública la excedencia de los hombres llegue a nueve meses y sea superior a la de las mujeres (7,7 meses). En el ámbito privado el permiso femenino supera en un mes al de los varones.
Los asalariados o asalariadas más proclives a dejar temporalmente su colocación para atender a hijos o familiares son los madrileños (12.271). A continuación se sitúan valencianos (7.621), catalanes (7.652), andaluces (6.417), castellano-leoneses (6.131), vascos (3.464), murcianos (2.784), castellano-manchegos (2.374), aragoneses (2.313), navarros (2.262), baleares (1.588), canarios (1.028), gallegos (902), riojanos (589), extremeños (571), asturianos (478), y cántabros (421).