El Proyecto de Ley de modificación de la Ley del Sector Eléctrico que el Consejo de Ministros aprobó el 8 de julio para su remisión a las Cortes Generales exigirá a las compañías eléctricas un desglose en la factura del consumidor de los elementos principales de coste. También se obligará a los comercializadores a disponer de un servicio de atención para las reclamaciones que dispongan de una dirección postal y de un servicio de atención telefónica gratuito, implementado en tres meses y un correcto mantenimiento del mismo.
Estas disposiciones se incluyen en un capítulo en el que se incluye el concepto de «consumidor vulnerable» recogido en la Directiva comunitaria. Esta figura ya existe en la normativa española mediante el bono social, «del que ya son beneficiarios en nuestro país amplios colectivos de consumidores de electricidad», señaló el Ejecutivo.
El Proyecto de Ley, para cuya tramitación parlamentaria se ha solicitado el procedimiento de urgencia, tiene como finalidad adecuar la ley 54/1997 del Sector Eléctrico a las directrices de la Unión Europea (UE), para lo que transpone la Directiva sobre normas comunes del mercado interior de la electricidad. Además, «incluye importantes novedades y actualiza algunas de las disposiciones de la Ley vigente para mejorar el funcionamiento del sector eléctrico», aseguró el Gobierno.
La nueva normativa también exigirá a los comercializadores que cumplan con los plazos de cambio de suministrador y se estipula que los incumplimientos de las nuevas normas pueden suponer para los comercializadores multas que no podrán sobrepasar el 10% del volumen neto de la cifra de negocios.
Con respecto a la posibilidad de repercutir los tributos que establezcan las distintas administraciones autonómicas o locales de carácter no uniforme en los peajes de los consumidores del ámbito territorial de dichas administraciones, una posibilidad que ya existe actualmente para los tributos autonómicos o locales sobre la actividad eléctrica, el Proyecto señala que también podrían trasladarse los tributos sobre las instalaciones afectas a las mismas.
También se contempla la posibilidad de que Red Eléctrica de España, S.A. realice proyectos experimentales en los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares, y se elimina la prohibición impuesta a los operadores dominantes de limitación de importar energía eléctrica procedente de países fuera del ámbito del MIBEL (Mercado Ibérico de Electricidad).
El Proyecto estipula, igualmente, que la aplicación de mecanismos de cooperación comunitarios por parte de otros Estados miembros para el cumplimiento de sus objetivos de energía renovable no podrá afectar a la producción renovable nacional.