¿Cómo reclamar una beca?

Las becas no concedidas se pueden reclamar con la presentación de alegaciones o un recurso
Por Blanca Álvarez Barco 20 de julio de 2016
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Imagen: rossandhelen

Poco más de 1.400 millones de euros se destinaron a becas durante el curso pasado, según datos del Ministerio de Educación. Y este año se prevé que la cifra sea similar. Si se necesita una ayuda económica para los estudios y se tiene la intención de pedir una para el curso académico 2016/2017 -a partir de agosto se publica la convocatoria-, se debe tener en cuenta que es posible que no la concedan. Pero si esto sucede, se puede reclamar. A continuación se explica cómo reclamar una beca denegada, paso a paso.

¿Cómo reclamar una beca denegada?

Si aún la beca está en fase de tramitación, es posible presentar alegaciones. Y si ya se ha publicado, se puede poner un recurso de reposición o ir más allá e interponer uno contencioso-administrativo.

  • Alegaciones. Las alegaciones se pueden hacer mientras la beca está aún en tramitación, antes de su resolución definitiva. Las resuelve la Unidad de Becas encargada de la tramitación (la Universidad, para estudios universitarios, y las Consejerías de Educación, cuando se trata de estudios no universitarios).

  • Recurso de reposición. Se hace tras la publicación de la resolución definitiva de la convocatoria. Es gratuito. Se presenta ante la unidad de becas, pero lo resuelve el Ministerio.

  • Recurso contencioso-administrativo. Es más caro. Consiste en un recurso judicial para el que se exige contar con abogado y procurador. Además, implica también el abono de tasas judiciales.

¿Qué motivos pongo?

Se pueden reclamar y presentar alegaciones cuando la beca está propuesta para su denegación por motivos académicos o económicos. También es posible quejarse, si la han concedido pero no se está de acuerdo con la cuantía asignada o por cualquier motivo que se considere que afecta a la concesión de la beca y que se quiera exponer.

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Imagen: Bill Selak

¿Cómo relleno el formulario?

El Ministerio pone a disposición del estudiante un formulario de alegaciones muy sencillo, donde se piden distintos datos. Primero hay que poner los del solicitante (la persona a la que va destinada la ayuda o beca) y también del sustentador principal de la familia, que por lo general son los padres, aunque a veces es el mismo alumno. También hay que rellenar datos del domicilio familiar y del centro educativo.

En el formulario se pide que se indique la causa de denegación. Allí deberá ponerse el motivo exacto que han notificado en la carta que hayan enviado denegando la beca. Respecto al apartado de cuantías concedidas, solo se tiene que marcar si se reclama porque han concedido una beca y no se está de acuerdo con el dinero que dan.

Después, se deben exponer las alegaciones en un apartado destinado a ello (si hay que desplazarse a otra ciudad, si se acredita que no se superan los umbrales de renta…) y, en la documentación aportada, hay que enumerar todos los documentos que se entregan. Al final, hay un recuadro que deben sellar y dan como justificante si se deja en un registro. Si se presenta en Correos, el justificante será el resguardo de envío.

El Ministerio tiene también un formulario similar al anterior para el recurso de reposición, si es la acción que se ejercerá tras la resolución definitiva y la publicación del listado de becados.

¿Qué plazo tengo para reclamar la beca?

En la notificación que mandan a casa tienen que indicarse los plazos. Si el plazo es para alegaciones, aparecerá en días (suele ser de entre 10 y 15). Si no se especifica si son naturales o hábiles, se entiende que son hábiles a partir del día siguiente al que lo notifiquen. Si el plazo que señalan es en meses -como sucede en los casos para presentar el recurso de reposición-, se cuentan desde el día siguiente de la fecha de la notificación o de la publicación de la resolución definitiva de la convocatoria. Si el último día del plazo no es hábil, se prorroga al primer día hábil siguiente.

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Imagen: Andy

¿Dónde voy a reclamar la beca?

Como se dirige el escrito a la unidad que está tramitando la beca, se puede presentar la documentación directamente en su registro. Pero, además, también se puede hacer en los registros de la Administración General del Estado, de las comunidades autónomas o de las entidades locales.

También se puede entregar en las oficinas de Correos, que ofrece varios métodos de envío. Lo mejor es hacerlo por correo administrativo, presentando la documentación en sobre abierto, para que en la cabecera de la primera hoja del documento el funcionario de Correos ponga un sello con el nombre de la oficina y la fecha. Se puede también utilizar el correo ordinario, pero no se podrá demostrar que se ha hecho el envío, o el certificado (en este caso no se podría acreditar el contenido de lo mandado).

Por último, si se está fuera de España, se puede entregar en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de nuestro país en el extranjero.

¿Cuándo dan una respuesta a la reclamación?

El plazo debía ser de un mes. Pero, a veces, se resuelven de forma conjunta todos los recursos que les llegan para enviar luego todas las notificaciones a la vez, por lo que eso puede alargar los tiempos.

Motivos para denegar una beca

En general, las becas no se conceden por motivos económicos o académicos.

Según la información del Ministerio de Educación, los motivos más frecuentes de denegación de la beca por causas económicas son la falta información fiscal, por superar los umbrales de renta o por sobrepasar los umbrales de patrimonio.

En el caso de que se denieguen por motivos académicos, entre las causas más frecuentes están repetir curso, no alcanzar la nota mínima exigida en la convocatoria o no haber aprobado el mínimo de asignaturas o créditos.

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