En el caso de que un consumidor considerase vulnerado alguno de sus derechos ante la adquisición de un electrodoméstico cabe la posibilidad de interponer una denuncia en el órgano administrativo competente. De esta forma, la denuncia es el acto por el cual una persona, en cumplimiento o no de una obligación legal, pone en conocimiento la existencia de un determinado hecho que pudiera constituir infracción administrativa.
Las denuncias sobre la comisión de una infracción administrativa pueden experimentar diversos contenidos según se limiten simplemente a poner en conocimiento de la autoridad el hecho considerado constitutivo de ilícito o se incluya una solicitud expresa de iniciación del expediente sancionador.
En ambos casos la denuncia presenta un contenido mínimo, consistente en la expresión de la identidad de la persona o personas que la formulan, el relato de los hechos que pudiera constituir infracción y la fecha de su comisión, y cuando sea posible, la identificación de los responsables.
La denuncia no genera un efecto vinculante para la autoridad administrativa, que incoará o no el expediente si se determina que existen indicios suficientes de la existencia de un ilícito. Si se decide no abrir expediente, el acuerdo de improcedencia de la apertura de expediente se podrá comunicar al denunciante, siempre y cuando con la denuncia formulada se solicite la iniciación de expediente.