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Pasos para reclamar los daños
Cuando sucede una catástrofe natural, como las recientes inundaciones que han sufrido principalmente las provincias de Valencia y Albacete, no hay que esperar para reclamar las indemnizaciones por los daños en viviendas, vehículos y negocios, y mucho menos a que se declare zona catastrófica (puede ser que no ocurra). Se deben iniciar las gestiones cuando antes. Estos son los pasos que se deben seguir:
- Da parte a tu seguro de hogar, de coche, decesos, de vida… La aseguradora solo cubrirá los daños que figuren dentro de la cobertura contratada.
- Ponte en contacto con el Consorcio de Compensación de Seguros, que dará cobertura a ciertos riesgos extraordinarios no cubiertos por las pólizas de seguros.
- Y si se produce la declaración de “Zona Afectada Gravemente por una Emergencia de Protección Civil” (Zagrec), lo que se conoce como “zona catastrófica” , también se pueden reclamar más ayudas. Así lo dispone el artículo 21.2 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil: “Las ayudas por daños materiales serán compatibles con las que pudieran concederse por otras Administraciones Públicas, o con las indemnizaciones que correspondieran en virtud de pólizas de seguro, sin que en ningún caso el importe global de todas ellas pueda superar el valor del daño producido”.
Ayudas para los afectados por la DANA
En este caso, todos los territorios afectados a finales de octubre por la DANA en la Comunidad Valencia, Castilla-La Mancha, Andalucía, Baleares, Cataluña y Aragón fueron declarados el martes “Zona Afectada Gravemente por una Emergencia de Protección Civil”.
Gracias a esta decisión, las víctimas de estas terribles inundaciones recibirán las ayudas económicas necesarias para reconstruir sus viviendas, negocios y accesos. De esta forma, además de poder beneficiarse de las indemnizaciones del Consorcio de Compensación de Seguros, los afectados por esta destructora gota fría podrán acogerse a las ayudas que dispensa el Estado para hacer frente a una situación de emergencia o catástrofe.
Pero, además, los vecinos de 75 municipios de la Comunidad Valenciana, dos de Castilla-La Mancha (Mira y Letur) y uno de Andalucía (Alhaurín de la Torre) contarán con otras ayudas directas para los afectados, así como medidas fiscales y laborales para empresas y autónomos. En total, podrán acceder a 10.600 millones de euros, que forman parte de la primera fase del ‘Plan de Respuesta Inmediata, Reconstrucción y Relanzamiento de la Comunidad Valenciana’, aprobado por el Consejo de Ministros.
✅ Ayudas directas
Con el real decreto-ley de medidas urgentes para paliar los daños causados por la DANA, se cuadriplican las ayudas previstas en la legislación por fallecimiento, incapacidad, daños en enseres y en vivienda, para las que no se tienen en cuenta los umbrales de renta:
- Hasta 72.000 euros por fallecimiento o casos de incapacidad.
- Entre 20.000 y 60.000 euros por destrucción total de vivienda o daños que afecten (o no) a la estructura de la casa.
- Hasta 10.300 euros para cambiar o reparar muebles, electrodomésticos y enseres.
- Hasta 37.000 euros para reparar elementos de las comunidades de vecinos, como portales o ascensores.
Además, los 65.000 autónomos con domicilio fiscal en los municipios afectados podrán pedir hasta 5.000 euros de ayudas directas, y las 30.000 pymes de la zona, entre 10.000 y 150.000 euros. Bastará con indicar el número de cuenta bancaria en un formulario entre el 19 de noviembre y el 31 de diciembre y empezar a cobrarlas en un mes.
✅ Pensiones y Seguridad Social
Para los trabajadores y autónomos con daños físicos o psicológicos, se crea una incapacidad temporal extraordinaria, que garantiza el 75 % de su salario desde el primer día de incapacidad.
Las pensiones por incapacidad, viudedad y orfandad causadas por la DANA se asimilarán a accidentes laborales, y a quienes reciben el ingreso mínimo vital o pensión no contributiva se les subirá la cuantía un 15 % durante los próximos 3 meses.
También habrá una prestación por cese de actividad para autónomos que corresponderá al 70 % de la base de cotización, aunque no tengan el mínimo de cotización exigido.
Las empresas afectadas que suspendan temporalmente la actividad de sus trabajadores a través de un ERTE estarán exentas de pagar el 100 % de las cotizaciones a la Seguridad Social de la plantilla al menos hasta febrero de 2025.
✅ Créditos ICO
Desde la próxima semana está disponible una línea de créditos ICO-DANA para pymes, autónomos y familias de 5.000 millones de euros, para reequipar sus empresas, abrir sus negocios o reparar sus viviendas lo antes posible.
✅ Beneficios fiscales y moratorias
Entre las medidas fiscales que se aplicarán, destacan:
- Se retrasa hasta 2025 el segundo pago de la Declaración del IRPF para los contribuyentes afectados.
- Los afectados no tendrán que abonar el IBI de 2024.
- Se aplicará una reducción del IAE de este año.
- No pagarán tasas de Tráfico quienes tengan que tramitar la baja de vehículos dañados o sustituir sus carnés de conducir perdidos o dañados.
- Tampoco se abonará el IRPF por las ayudas que reciban quienes hayan sufrido daños personales.
Además, quienes tengan una hipoteca o préstamo podrán posponer 3 meses el pago íntegro y abonar solo los intereses durante 9 meses más.
Cómo reclamar al Consorcio de Compensación de Seguros
El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) ya ha empezado a abonar las primeras indemnizaciones a las familias y empresas que han perdido su vehículo por la DANA y que, en esta ocasión, serán un 20 % superiores al valor de tasación de cada coche, furgoneta, camión o moto.
Pero esta entidad —dependiente del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa— no solo cubre la pérdida de estos bienes en caso de desastre natural. ¿Cuándo interviene el CSS? ¿Qué coberturas asume? ¿Cómo se solicita la indemnización?
➡️ Requisitos
El requisito para acceder a su cobertura es que la persona o el bien afectado deben estar asegurados y tener su seguro en vigor en el momento en que se produjo la catástrofe extraordinaria. Este hecho se debe acreditar en la solicitud de indemnización.
➡️ Qué cubre
El Consorcio cubre de manera automática los daños producidos a las personas aseguradas (fallecimiento, invalidez o incapacidad temporal) y los daños en los bienes asegurados por:
- inundaciones extraordinarias. Se entiende como el anegamiento del terreno producido por lluvias o deshielo; por aguas procedentes de lagos con salida natural, de rías o ríos, o de cursos naturales de agua en superficie cuando se desborden de sus cauces normales. También se incluye el embate de mar en la costa, aunque no haya anegamiento.
- terremotos, maremotos, erupciones volcánicas y caída de cuerpos siderales y aerolitos, solo si antes hay una certificación expedida por el Instituto Geográfico Nacional (IGN).
- tempestad ciclónica atípica, como tornados y vientos extraordinarios, con rachas superiores a los 120 Km/h.
👉 En esta DANA
Como especifica el CCS en las indemnizaciones por esta DANA, se cubren los daños causados en personas y bienes asegurados, como viviendas, automóviles, establecimientos comerciales, industrias u obras civiles; también los gastos de alojamiento por inhabitabilidad de la vivienda o pérdida de ingresos por paralización de la actividad económica. Pero para ello se debe tener en cuenta lo siguiente:
- Daños en bienes. La póliza debe cubrir riesgos como incendio, robo o daños a equipos electrónicos, como ocurre en un seguro multirriesgo del hogar.
- Daños en vehículos. Se necesita tener cobertura por daños al vehículo (ya sea todo riesgo, lunas, robo) o el seguro obligatorio del vehículo (a terceros).
- Daños personales. Es necesario tener un seguro de vida o accidentes con coberturas de fallecimiento, invalidez o incapacidad temporal.
- Pérdida de beneficios. Solo está cubierta, si la especifica la póliza de seguros y el daño afecta a los bienes asegurados.
➡️ Cuándo y cómo se solicita
Con el fin de facilitar la valoración de los daños y agilizar la tramitación de la petición de indemnización, la ley establece 7 días para presentarla, aunque el Consorcio acepta también las que lleguen después de ese plazo.
En la solicitud, hay que dar los datos identificativos de la póliza, el tomador y el asegurado, del riesgo dañado y de la cuenta bancaria donde ingresarán la indemnización por transferencia dentro de los tres meses siguientes.
Las personas aseguradas afectadas pueden derivar la solicitud de indemnización por daños materiales o daños personales a través de la página web del CCS o del centro de atención telefónica (900 222 665).
👉 Sin embargo, ante la envergadura de esta catástrofe de 2024, el Consorcio considera muy recomendable que se haga a través de los agentes o corredores de seguros de los afectados o de sus propias aseguradoras en representación de las personas aseguradas que han sufrido los daños.
Cómo pedir las ayudas del Estado por zona catastrófica
Cuando el Estado declara una zona como catastrófica significa que es él mismo el que se encarga de la reparación de desperfectos materiales o de ayudas a empresas y trabajadores. Estas ayudas o subvenciones derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica se definen y otorgan según lo dispuesto por la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil y por el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo. Sirven para paliar tanto daños personales como para reparar los materiales y se conceden según la renta del damnificado.
➡️ Ayudas por daños personales
La ayuda para paliar los daños personales derivados de una catástrofe está fijada en 18.000 euros, por cada miembro de la familia fallecido o con incapacidad absoluta y permanente. En caso de fallecimiento, son beneficiarios el cónyuge, los hijos menores y los mayores de edad, si dependían económicamente del finado.
👉 Esta cuantía se ha cuadruplicado para los afectados por la DANA en 78 municipios hasta los 72.000 euros.
➡️ Ayudas por daños materiales
Existen también otras ayudas del Estado por daños materiales que afectan a la vivienda y los enseres:
- si se reconoce una ayuda por la destrucción total de la casa, la cuantía máxima será de 15.120 euros.
- por los daños que afectan a la estructura de la vivienda, se concede una cantidad que no supera los 10.320 euros.
- si los daños no afectan a la estructura del hogar, la ayuda máxima es de 5.160 euros.
- en caso de que el daño afecta a los enseres domésticos de primera necesidad, el máximo concedido es de 2.580 euros.
👉 De nuevo estas cifras se han cuadruplicado para las personas afectadas por la DANA en 78 localidades con cantidades que van desde los 10.000 a los 60.000 euros.
➡️ Cómo solicitar estas ayudas del Estado
Los beneficiarios tienen un mes para presentar la solicitud de estas ayudas preferiblemente a través de la sede electrónica del Ministerio del Interior o, si no, ante la Delegación o Subdelegación del Gobierno correspondiente. En seis meses deberían tener la resolución.
Para pedir la subvención, deben hacerlo con los modelos normalizados y los documentos específicos para cada tipo de ayuda y de beneficiario.
- En caso de fallecimiento, los beneficiarios deben presentar las solicitudes junto con documentación que acredite el vínculo (libro de familia, certificado de convivencia, etc.), además del certificado de defunción de la persona fallecida (o documento equivalente en caso de desaparición del causante).
- En caso de incapacidad, el beneficiario entregará la solicitud cumplimentada y los documentos que le soliciten.
- Para solicitar las ayudas por daños materiales, hay que cumplimentar una solicitud y dar la documentación que demuestre que la vivienda es propia. Además, se deben mostrar los documentos relativos a los daños causados (fotografías, por ejemplo), así como los datos fiscales que requieran, o si se prefiere, autorizar a los organismos competentes para que los revisen.
👉 Estos son los formularios para las ayudas especiales de la DANA para las que se cuenta, en esta ocasión, con dos meses para presentarlos. Además, se ha habilitado a las administraciones y al Consorcio de Compensación de Seguros a transmitir los datos personales para su gestión.