La devolución del producto adquirido es un servicio que algunos establecimientos prestan voluntariamente, ofreciendo al cliente la posibilidad de devolver el producto. La devolución puede consistir en:
– el reembolso del precio
– el cambio por otro producto
– la entrega de un vale, el cual puede tener una caducidad y/o estar sujeto a una serie de condiciones de uso
Los establecimientos que admiten la devolución de productos pueden establecer los requisitos en los que ésta debe efectuarse como puede ser el plazo de tiempo, entregar el artículo con el embalaje original o sin desprecintarlo, si las devoluciones se efectúan mediante vales de compra, etc.
No obstante, la persona consumidora tendrá derecho a la devolución del producto cuando éste sea defectuoso. En este caso podrá optar entre el cambio por otro igual o de similares características o por la devolución de su precio. En ningún caso le podrán obligar a aceptar un vale de compra por el importe del artículo. También podrá optar a la devolución de lo adquirido cuando el establecimiento se comprometa a ello mediante anuncios publicitarios, dado que estos son vinculantes y por tanto de obligado cumplimiento.
En el caso de las ventas realizadas fuera de los establecimientos mercantiles tales como las ventas a domicilio, el consumidor dispondrá de un plazo de siete días para devolución del producto, plazo que empezará a contar una vez le haya sido entregada la mercancía.
Si la venta del producto se realiza con la condición de poderlo tener a prueba, el consumidor tendrá la posibilidad de devolverlo en el plazo acordado. Si no se hubiera fijado dicho plazo éste será de siete días, tal y como establece el artículo 10 de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de ordenación del comercio minorista.
Hay que tener en cuenta que los establecimientos no están obligados a admitir devoluciones de artículos de higiene, prendas íntimas o productos que puedan ser reproducidos (libros, películas, etc.).
De todos modos, no debemos olvidar que en caso de que deseemos devolver un producto y el establecimiento admita esta posibilidad, deberemos presentar el ticket o factura de compra.