La cartera, un paraguas, unos guantes o el móvil. Es posible encontrar uno de estos objetos tirados en la calle, en un bar, en un autobús, en el metro, etc. El problema surge cuando se intenta recuperarlos si se han extraviado. Si hay suerte y quien encuentra un bien que no es suyo lo deposita en el lugar correspondiente, la oficina de objetos perdidos, cabe la posibilidad de recuperarlo. Si transcurridos dos años el dueño no lo reclama, la persona que en su día se preocupó de llevarlo a una de estas oficinas tiene derecho a una recompensa o a quedarse con él, tal y como recoge el Código Civil.
¿Dónde buscar?
Las oficinas de objetos perdidos llenan sus estanterías en fechas muy concretas: Navidad, fiestas municipales, rebajas y verano. Estos departamentos se han multiplicado en las ciudades casi en la misma proporción en que aumentan las pérdidas de los más variados objetos. Pero en numerosas ocasiones el dueño de una cartera, móvil o libros perdidos desconoce el lugar exacto al que acudir.
Aunque estas oficinas son frecuentes, a menudo se pregunta en el sitio equivocado. ¿Dónde se debe dirigir la persona que ha perdido un objeto? Las posibilidades son varias, en función del lugar en el que se extravió el artículo. Estaciones de tren, aeropuertos y otras instalaciones cuentan con oficinas de atención al cliente que recogen este tipo de artículos.
Las oficinas de objetos perdidos llenan sus estanterías en Navidad, fiestas municipales, rebajas y verano
En Madrid, una de las ciudades donde más objetos se pierden cada año debido, sobre todo, a sus dimensiones y el volumen de personas que viven en ella o la visitan, los ciudadanos pueden acudir a los siguientes centros:
- Las oficinas de atención al cliente de las estaciones ferroviarias de Atocha y Chamartín, para los extravíos en trenes.
La compañía aérea correspondiente, cuando la pérdida tenga lugar en un avión.
Información de AENA en el Aeropuerto de Barajas.
En el Palacio de Comunicaciones, cuando el objeto se haya encontrado en buzones o extraviado en las oficinas de Correos.
En el departamento de objetos perdidos de la Empresa Municipal de Transportes (EMT) para los extravíos en autobuses de la red de la EMT.
Para consuelo de todos quienes pierdan algo, en la oficina de objetos perdidos del Ayuntamiento se entregan de manera periódica los artículos no reclamados. Allí se almacenan todo tipo de artilugios procedentes de la vía pública, taxis, metro o almacenes. Estas oficinas se ubican en la jefatura de la Policía Local.
Qué hacer con los objetos encontrados
Los transeúntes tienen la obligación de depositar en un lugar habilitado para ello todos los objetos que se encuentren en la calle, en el metro, etc. Hay dos opciones: depositar el artículo ajeno en la oficina correspondiente o entregárselo a cualquier funcionario policial (sin necesidad de dar ningún tipo de explicación acerca de cómo se encontró), para que éste lo deposite en la oficina de objetos perdidos.
Algunas localidades, como Gijón, proponen una tercera posibilidad: una llamada telefónica basta para que, tan pronto como sea posible, acuda una dotación policial a la vivienda de quien halló el bien y se haga cargo del objeto.
Una vez recibido en las dependencias policiales, se tomarán las notas pertinentes y quedarán registradas en un libro de control las características del objeto, la fecha y el lugar donde se halló. Tras este trámite, el objeto se expone, siempre que sea posible, en una vitrina o en lugar visible. Allí se pueden encontrar enseres tan variados como:
- Teléfonos móviles.
- Llaveros, carteras y documentación personal.
- Gafas.
- Paraguas.
- Ropa.
- Libros.
- Equipajes (en su mayoría, procedentes de estaciones de tren y aeropuertos).
En el Ayuntamiento de Bilbao se diferencian los objetos por temporada: “En invierno se entregan sobre todo guantes, bufandas y paraguas. En verano, abanicos, viseras y toallas”. Es muy poco habitual que se depositen relojes y joyas. También es poco frecuente que se devuelvan los teléfonos móviles y, en ocasiones, se depositan objetos curiosos, como dentaduras postizas.
Diferente grado de dificultad
La posibilidad de recuperar un objeto perdido depende del propio objeto. Localizar una cartera con dinero siempre es más difícil. Cuando se extravía la documentación, la oficina donde se deposita se pone en contacto con el propietario por carta certificada con acuse de recibo o por teléfono. Aunque es habitual que se renueve cuanto antes, es muy frecuente que se encuentre 20 ó 30 días después de perderla.
Los pasaportes o identificaciones extranjeras se envían al consulado correspondiente para que desde allí se realicen las gestiones oportunas. Las tarjetas sanitarias aportan datos muy concretos acerca de su titular y, si mediante ellos no es posible localizarle, se remiten al centro de salud procedente. Los análisis se envían al centro que los realizó, las escrituras al notario y las fotos, al estudio de revelado.
Cuando se extravía la documentación, la oficina donde se deposita se pone en contacto con el propietario
Respecto a las llaves, aunque en principio parezca difícil saber a quién pertenecen, algunos comercios distribuyen unas pequeñas etiquetas o “tarjetas de fidelidad” que se enganchan en el llavero y que permiten al supermercado en cuestión conocer, mediante su base de datos, la identidad del propietario.
El resto de útiles permanecerán a la espera de que los reclamen. Para recuperarlos, sólo hay que pasar por la oficina de objetos perdidos, cuyo horario, en la mayoría de los ayuntamientos, es de lunes a viernes de 8:00 a 14:00 horas (en el Ayuntamiento de Gijón, de 8:00 a 21:00). En ellas hay que acreditar la propiedad mediante una descripción detallada, lugar y fecha aproximada de la pérdida, así como presentar el DNI.
Tras rellenar el correspondiente formulario, se pasa a la vitrina o lugar de exposición de los objetos hallados con el fin de poder identificar el propio.
Las nuevas tecnologías también facilitan la difícil labor de encontrar los objetos perdidos. Consistorios como el de Gijón o Málaga disponen de una sección, en la página web de la oficina de objetos perdidos, para realizar todas las gestiones vía Internet, mediante un simple formulario.
Derechos de quien encuentra algo ajeno
El periodo de devolución y depósito de los objetos extraviados es de dos años. Si al cabo de este tiempo el objeto no se ha reclamado, ayuntamientos como el de Madrid se encargan de emitir una notificación oficial a la persona que ha encontrado ese objeto para que, en caso de que esté interesada, pase a recogerlo en el plazo de 30 días, ya que la ley considera que le pertenece. En otros casos, la persona que halló el objeto es quien debe estar pendiente del plazo transcurrido desde la entrega para poder reclamar.
El Código Civil recoge el derecho a recibir una recompensa, equivalente a la décima parte del valor del objeto
El Código Civil recoge su derecho a recibir una recompensa por parte del propietario, equivalente a la décima parte del valor del objeto. Cuando éste exceda de 12,02 euros, el premio se reduce a la vigésima parte, si bien esta práctica no es común en ninguno de los ayuntamientos consultados.
Desde una de las oficinas de Madrid, explican que, en su caso, una vez que el propietario pasa a recoger su pertenencia, se le envía una notificación a la persona que lo llevó en su día a la oficina para que sepa que el objeto se ha devuelto y se le explica la regulación del acuerdo, según el cual tiene derecho a una recompensa. Esta misma regulación se entrega al dueño. “Como la mayoría de los objetos no son de gran valor, la recompensa es tan pequeña que nadie se molesta en reclamarla”, explican.
Otra de las normas recogidas por el Código Civil regula que, “si transcurridos dos años el hallador del objeto decide quedarse con el mismo, éste deberá pagar los gastos que haya podido ocasionar el almacenaje”. En la práctica, al igual que ocurre con la recompensa, no se lleva a cabo porque “las oficinas de objetos perdidos son totalmente gratuitas”.
Objetos no reclamados
Si nadie se persona para retirar el artículo de la oficina de objetos perdidos, se procede de la siguiente manera:
Se publica en el Tablón de Anuncios y en el Boletín del Ayuntamiento respectivo y sale a subasta pública.
Se entrega a entidades de beneficencia (como en Granada o en Bilbao).
Los alimentos o productos perecederos se donan a diferentes centros de beneficencia antes de que se estropeen. Se puede dar el caso de ayuntamientos que no los acepten, como el de Madrid, que no recoge alimentos, plantas, animales, material explosivo o de riesgo.