Por lógica ningún producto o servicio que se encuentre a la venta en el mercado puede suponer un riesgo para la salud o seguridad de los consumidores pero sí es verdad que existen casos de productos que, a pesar de no ser considerados como peligrosos, no son recomendables para algunos compradores.
En estas ocasiones especiales los establecimientos comerciales tienen la obligación de informar en el etiquetado de los productos de los riesgos que pueden acarrear para los consumidores. Esto se concreta en las siguientes disposiciones:
-Prohibición de aditivos no autorizados expresamente.
-Prohibición de almacenamiento de productos tóxicos en locales y transporte de alimentos y bebidas.
-Control de los productos tóxicos o venenosos.
-Prohibición de la venta a domicilio de bebidas y alimentos.
-Regulación de las condiciones de venta ambulante.
-Control de los productos manufacturados que afecten a la seguridad física de las personas y retirada de los productos que supongan un riesgo previsible para la salud de las personas.