Por una causa u otra, puede que a un trabajador no le abonen el salario o lo hagan con mucho retraso. En estas ocasiones, que no es lo más frecuente en una relación laboral, pero a veces sucede, habrá que reclamar los sueldos a la empresa. Como se recuerda en este artículo, lo primero que habrá que hacer es hablarlo directamente con el jefe y, si no resulta, intentar llegar a una conciliación. Si el acuerdo no es posible, se deberá demandar en el Juzgado de lo Social e ir a juicio. ¡Importante! Si los retrasos o impagos son continuados, persistentes en el tiempo y cuantitativamente importantes, se podrá solicitar la extinción de la relación laboral y una indemnización por despido improcedente.
Al igual que la obligación de un empleado es trabajar, la del empresario, su jefe, es abonarle el sueldo de forma puntual. En el Estatuto de los Trabajadores se puede encontrar cómo debe hacerlo con toda claridad. Allí indica que la liquidación y el pago del salario se harán puntual y documentalmente en la fecha y lugar convenidos o conforme a los usos y costumbres por el empresario. El periodo de tiempo al que se refiere el abono de las retribuciones periódicas y regulares no podrá exceder de un mes, siendo el interés por mora en el pago del salario del 10% de lo adeudado. ¿Cómo se puede reclamar en el caso de hallarse en una situación de atrasos o impago?
¿Cómo reclamar mi dinero a la empresa?
- Reclamar ante el jefe. Lo primero que hay que hacer es enviar un escrito a la compañía para que regularice la situación. El escrito de reclamación del pago de la nómina se puede enviar por burofax pues, aunque cueste más dinero, acredita el contenido de la comunicación hecha a la empresa y puede servir como prueba ante la justicia. Si se trata de alcanzar una solución extrajudicial con la compañía para la reclamación de cantidades, conviene dejar constancia por escrito de los acuerdos para evitar problemas futuros.
Conciliación
. Es importante intentar una conciliación. Para ello, hay que presentar una demanda al Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) y exponer las peticiones del trabajador frente a la empresa, además de enviar a esta una copia del escrito. Se debe poner con claridad qué cantidades se reclaman y cuáles son los conceptos, así como expresar las cantidades en bruto. Se citará a las dos partes. Puede suceder que la compañía no acuda, que vaya y esté disconforme o llegar a un acuerdo. En este último caso, se redacta un acta donde se reflejan los términos del acuerdo y termina el procedimiento.Demanda judicial
. Si no se consigue acuerdo en la conciliación, se tiene que presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social. El juez envía a la empresa una copia de la demanda y da una fecha para el juicio. Llegado el día, antes de celebrarlo, el juez intenta de nuevo que se alcance un acuerdo. Y solo si no es posible, se celebrará juicio. En caso de que la compañía no se oponga a la reclamación, tiene 10 días para pagar de forma voluntaria.Si al fin hay juicio, se deberá aportar pruebas: documentos, testigos… El juez se queda las pruebas, las valora y emite una sentencia que se envía a las dos partes. Si no se está de acuerdo, se puede recurrir.
Pedir la extinción de la relación laboral e indemnización
Hay ocasiones en las que un impago de salario puede hacer que se solicite la extinción de la relación laboral. Pero para poder acudir a esta vía, los impagos deben ser continuados, persistentes en el tiempo y cuantitativamente importantes. Aunque no hay cantidades concretas, varias sentencias han estimado que procede la extinción de la relación laboral, si hay cuatro mensualidades impagadas en el momento de la sentencia o tres impagadas en el momento de la presentación de la demanda. Si se consigue, se recibirá una indemnización correspondiente a la que darían por un despido improcedente.
¿Cuál es el plazo para reclamar salarios atrasados?
Se pueden reclamar todos los sueldos que no hayan abonado con el límite de un año, los 12 meses anteriores a la reclamación (nóminas impagadas, pluses obligatorios…). Este plazo para la reclamación de cantidad por impago de salarios se cuenta desde el momento en que el empresario debió abonar el sueldo.
En caso de quiebra de la empresa, reclamar al Fogasa
Si no pagan porque la compañía se declara insolvente, también se puede reclamar. Tras pasar por un proceso de ejecución de sentencia, donde se declare la insolvencia de la empresa, se puede recurrir al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) para cobrar el dinero. Es un organismo adscrito al Ministerio de Empleo y Seguridad Social, que abona a los trabajadores el importe de los salarios pendientes de pago a causa de insolvencia o quiebra de la compañía.
AL JUZGADO DE LO SOCIAL DE ——————–
DON ————————, mayor de edad, casado, D.N.I. ———————, con domicilio en ————-, en calle ————-, nº ———–, ante el Juzgado de lo Social respetuosamente comparezco y como mejor proceda en Derecho digo:
Que por medio del presente escrito formulo demanda en reclamación de cantidad por salarios contra la empresa ————————- , S.A. con domicilio en calle —————–, número —-, a efectos de que en su día sea condenada conforme se solicita en el suplico de la presente demanda, que paso a basar en los siguientes
HECHOS
Primero. Que desde ————– presto servicios por cuenta del demandado, con una antigüedad de fecha —————– , ostentando la categoría profesional de ———– realizando las labores propias del puesto de trabajo, recibiendo como contraprestación el salario de —————- euros, incluido prorrateo de extras.
Segundo. Que como consecuencia de la relación laboral sustentada con la demandada y no habiendo cesado en la misma, ésta me adeuda las cantidades y por los conceptos que seguidamente detallo:
1. Meses desde Agosto —- a Julio —–, ————— euros.
2. Parte proporcional de vacaciones año ————euros.
3. Parte proporcional de ——————- euros.
Total reclamado ——————- euros.
Tercero. Que la empresa demandada dedica su actividad al sector de 521 Importación y Exportación de Maquinaría Industrial.
Cuarto. Que se celebró acto de conciliación ante la Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) en fecha de ——————- anotado con el resultado de sin avenencia, tal como acredito con la certificación del acto de conciliación de referencia, que acompaño, como documento número uno.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral aprobado por Real Decreto Legislativo ————-, de —– de abril, en especial los artículos 1 y 2, en cuanto a competencia y procedimiento.
Segundo. Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real Decreto Legislativo ———–, de —- de marzo, en los artículos 4.2.f) y 29, relativos a la percepción puntual de la remuneración pactada.
Tercero. Convenio colectivo para las empresas del sector de Importación y Exportación de Máquina Industrial publicado en el BOE en fecha ————-.
Cuarto. En general, todas las disposiciones concordantes y complementarias al caso.
Por todo ello,
Suplico al Juzgado de lo Social que, habiendo presentado este escrito, copias y documentos que acompaño, se sirva admitirlo, tenga por presentada demanda en reclamación de cantidad contra la empresa ——————–, S.A. ya circunstanciada, acordando citar a las partes al acto de conciliación, y subsiguiente juicio, por el que finalmente, y seguido que sea por todos sus trámites, se dicte sentencia estimatoria íntegramente de la presente demanda, condenando a la demandada a pagarme la cantidad de ————– euros , más los intereses por mora en el pago del salario que será el 10 por 100 de lo adeudado.
Es justicia que pido y firmo en ———- a 5 de ——— de —–
Primer Otrosí Digo: Que acudiré a juicio asistido de Letrado para que me defienda, y señalo como domicilio, a efectos de citaciones y notificaciones del Juzgado, el despacho del Letrado Don ———————— , en C/ ———– nº ————, de ——– y fax ————-.
Segundo Otrosí Digo: Que para el acto de la vista, y sin perjuicio de ampliación, propongo la admisión y práctica de los siguientes Medios de prueba:
Documental, consistente en que se requiera a la empresa demandada para que aporte a juicio los siguientes documentos:
a) Libro de Matrícula del Personal.
b) Partes de alta y baja en la Seguridad Social del actor.
c) Recibos legales de pago de salarios correspondientes a los períodos y conceptos reclamados en la demanda.
Suplico al Juzgado de lo Social que tenga por hecha la manifestación del primer otrosí, admita y declare pertinente la prueba que se deja propuesta en el segundo otrosí y ordene lo necesario para su práctica.
Es justicia que reitero en el lugar y fecha antes indicados.
Firma