¿Me pueden pedir el certificado de antecedentes penales para trabajar?
Si deseas trabajar pero tienes antecedentes penales aún vigentes, debes saber que la empresa, como norma general, no puede obligarte a presentar un certificado en el que aparezca si los tienes o no. Y, obviamente, no se pueden hacer averiguaciones para saber si alguien tiene antecedentes.
Esto es así porque hacer uso de los antecedentes penales no es ajustado a Derecho, ya que prima el derecho a la intimidad y a la reinserción laboral. Asimismo, nuestra legislación establece que no se debe discriminar a ningún trabajador, ni en su puesto laboral ni en el acceso a un trabajo.
La ley dice también que la información referida a los antecedentes penales es confidencial y está prohibido que se divulgue de manera pública.
👉 En qué puestos pueden pedir antecedentes
Sin embargo, a pesar de esta norma general, sí hay determinadas profesiones en las que, por ley, cabe la posibilidad de requerir al candidato el certificado de antecedentes penales. Este documento «permite acreditar la carencia o existencia de antecedentes penales que constan en el Registro Central de Penados en la fecha que son expedidos», tal y como cita el Ministerio de Justicia.
¿Dónde no puedo acceder con antecedentes? En general, en España se puede exigir no tener antecedentes penales para:
- Acceder a un puesto de funcionario público relacionado con la seguridad, como policías, militares o guardias civiles.
- Poder ser juez, notario, abogado…
- Trabajar como profesor de Universidad.
- Ejercer como médico de hospitales públicos.
- Trabajar como taxista.
- Realizar determinadas tareas en el Banco de España y entidades de crédito.
- Obtener el permiso de armas.
- Ser vigilante de seguridad. El Tribunal Supremo confirmó en mayo de 2022 que solicitar un certificado de no estar incurso en antecedentes penales a los trabajadores de nueva incorporación en estas empresas es un tratamiento ilícito. Y recuerda que ya es un requisito de acceso a las pruebas de selección para obtener la habilitación profesional como vigilantes de seguridad, por lo que no se deben pedir por parte de las empresas.
Trabajos con menores, siempre con certificado
El caso de los niños y adolescentes merece mención especial. Cualquier profesional que trabaje con menores en nuestro país debe presentar un certificado, pero debe ser específico, ya que los certificados de antecedentes penales «no habilitan» para trabajar con este colectivo.
Como señalan desde el Ministerio de Justicia, «el único certificado válido para trabajar con menores en España es el certificado de delitos de naturaleza sexual«. Este documento sirve para acreditar que la persona que lo presenta no ha sido condenada por delitos contra la integridad sexual.
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¿Se pueden cancelar los antecedentes penales?
Haberse equivocado y cumplir una pena no debe condenar a nadie de por vida. Por ello, los antecedentes se cancelan. Eso sí, hay que tener en cuenta que, hasta ese momento, los antecedentes penales continúan produciendo sus efectos.
¿Cuándo se pueden cancelar? La respuesta es sencilla: cuando se han satisfecho las responsabilidades penales y civiles derivadas del delito que se cometió.
El tiempo de vigencia de los antecedentes penales es el siguiente, según indica el Código Penal:
- Seis meses para las penas leves.
- Dos años para las penas que no excedan de 12 meses y las impuestas por delitos imprudentes.
- Tres años para las restantes penas menos graves, inferiores a tres años.
- Cinco años para las restantes penas menos graves, iguales o superiores a tres años.
- Diez años para las penas graves.
Además, no se debe haber cometido un nuevo delito mientras dura este plazo.
¡Ojo! El interesado que reúna estos requisitos debe solicitar la cancelación de los antecedentes penales al Ministerio de Justicia, ya que no se borran de manera automática. Aunque si a los tres meses no hay respuesta se entienden cancelados, conviene cerciorarse.
Tener un empleado con antecedentes puede suponer en algunos casos enfrentarse a un problema, ya sea con la dirección, los clientes… Sin embargo, no siempre es una razón para poder prescindir del trabajador.
Según sentencia de 2019, en caso de haber cometido el delito durante la vigencia del contrato laboral, podría despedirse al empleado, ya que se podría considerar que había «transgresión de la buena fe contractual». Pero no es lo mismo si el trabajador tiene antecedentes penales «por actos que se cometieron años antes de comenzar a trabajar en la empresa«; en este caso, su despido no sería procedente.