El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establece el procedimiento de importación y exportación de muestras biológicas para el diagnóstico de enfermedades y la investigación, con la creación de un registro para aumentar el control y seguridad de estas operaciones, tanto en el transporte como en la manipulación. Según el Ministerio de Sanidad, la norma servirá igualmente para agilizar el proceso y preservar la intervención del Estado en las cuestiones relacionadas con la sanidad exterior, de manera que establece un procedimiento seguro para evitar cualquier movimiento no autorizado de muestras que pudiera afectar a la salud pública, de acuerdo con las garantías estipuladas en el Reglamento Sanitario Internacional aprobado por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Beneficios de la regulación
El establecimiento de un proceso normalizado tendrá efectos muy beneficiosos para empresas analíticas, centros sanitarios, universidades y centros de investigación, la Organización Nacional de Trasplantes y para los inspectores de sanidad exterior, puesto que todos ellos van a contar con una norma específica en la que basar su actividad. Con esta regulación se satisface una necesidad que venía detectándose en los últimos años, ante el notable incremento de importación y exportación de muestras biológicas, reflejado, por ejemplo, en la realización de análisis de sangre y orina sobre muestras procedentes de otros países que no tienen medios adecuados; en muestras de particulares que desean que se analicen en laboratorios de otros países; en la búsqueda por parte de la Organización Nacional de Trasplantes de donantes no emparentados en todo el mundo, e incluso en operaciones realizadas por la industria farmacéutica para detectar los efectos adversos de medicamentos en los ensayos clínicos.
Embriones y células madre
En este Real Decreto no se incluyen los embriones y gametos humanos, ni las células madre y las fuentes de obtención de las mismas, puesto que su importación y exportación no puede ser regulada hasta la aprobación de la futura Ley de Reproducción Asistida, actualmente en fase de trámite parlamentario. En el registro de importadores y exportadores, podrán inscribirse las personas físicas o jurídicas que de forma regular, al menos una vez al trimestre, efectúen estas operaciones y se establece que los envíos deberán cumplir los requisitos de transporte, embalaje, etiquetado y documentación que estipulen las normas nacionales e internacionales.