Perros «potencialmente peligrosos» y su normativa

Para adquirir un perro que la ley cataloga como "potencialmente peligroso" se debe contar con una licencia y con un seguro
Por Eva San Martín 30 de enero de 2012
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Imagen: maplegirlie

No todos las perros definidos como “potencialmente peligrosos” por su raza presentan una conducta agresiva. No obstante, cuando se trata de estos canes, la legislación española se rige por el principio de prevención, y considera a los perros Pit Bull Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Fila Brasileiro, Tosa Inu y Akita Inu como animales de riesgo. El futuro dueño de esas razas debe cumplir ciertos requisitos y conocer algunas prácticas que ayudan a prevenir que su mascota se convierta en un can amenazante y poco sociable.

Existen solo ocho razas de perro consideradas como «potencialmente peligrosas» desde 2002 en todo el territorio nacional: Pit Bull Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Fila Brasileiro, Tosa Inu y Akita Inu. Estos canes aparecen en el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, que desarrolla la Ley 50/1999, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos en nuestro país.

Estos perros, sin embargo, no son los únicos que cuentan con un reglamento especial relacionado con su riesgo a desarrollar un comportamiento agresivo. Algunas comunidades autónomas han ampliado la relación, y han añadido nuevas razas de canes a su catálogo de perros «potencialmente peligrosos». Es el caso de Cantabria, que incluye al Boxer; y de Galicia, que incorpora al Dogo de Burdeos.

Otras regiones han sido aún más exhaustivas, y casi han duplicado la lista nacional. Es lo que ocurre en la Comunidad Valenciana, que cuenta con 14 razas de perros «potencialmente peligrosas», entre ellas, el Doberman y el Mastín napolitano. En el extremo contrario están las comunidades como el País Vasco que, aunque adaptó la ley estatal en 2004, ha mantenido intacto el listado de las ocho razas que rigen en todo el territorio nacional.

En cualquier caso, los perros mestizos que procedan del cruce de estas razas también deben atenerse al reglamento especial para canes de riesgo, por su posible peligrosidad.

En España, la norma de tenencia de perros de riesgo está lejos de ser tan exigentes como la de algunos de otros países, como Alemania
Lo mismo les ocurre a aquellas mascotas no recogidas en el catálogo si llegasen a agredir a una persona o un animal: sus dueños podrían verse obligados a respetar las normas especiales que rigen para los canes con más predisposición a ser agresivos, según la ley. En ocasiones basta con que el perro muestre un comportamiento considerado agresivo por un juez.

Requisitos para adquirir un perro «potencialmente peligroso»

Para tener un perro considerado de riesgo, el dueño precisa obtener una licencia administrativa específica, que se solicita en el municipio en el que conste su residencia habitual. La autorización exige demostrar que la persona cuenta con las aptitudes psicológicas adecuadas para educar a un can de estas características. Aunque, en la mayoría de las comunidades, la prueba suele reducirse a la realización de un cuestionario.

El dueño que solicita el permiso necesita, asimismo, presentar un certificado veterinario que acredite que el perro goza de buena salud. Y contratar un seguro de responsabilidad civil a terceros no inferior a 120.000 euros, que suele constar entre 70 y 90 euros al año. La Ley impide a las personas con antecedentes penales, así como a los menores de edad, adquirir o poseer un animal de esas mismas razas catalogadas.

Existen algunos requisitos obligatorios adicionales que el dueño de estos perros deberá tener en cuenta durante los paseos diarios al aire libre que precisará su mascota: debe caminar con una correa corta, no extensible y de una longitud máxima de dos metros. El paseo debe hacerse, asimismo, con bozal.

En España, no obstante, la norma de tenencia de perros «potencialmente peligrosos» está lejos de ser tan exigentes como la de algunos de otros países europeos. En Alemania, por ejemplo, la legislación es más severa, y para adquirir un perro de los considerados de riesgo, los ciudadanos deben someterse a un curso de formación para preparar al futuro dueño. Las clases, a las que no obliga la ley española, incluyen lecciones de adiestramiento en las que se enseña a minimizar el riesgo de que, con el tiempo, aparezca una conducta agresiva en el animal.

El registro de un animal de riesgo

Identificar de forma adecuada al can, así como apuntarle en el Registro de Animales Potencialmente Peligrosos que tiene cada municipio, son otras de las obligaciones del dueño.

Solo en el País Vasco hay más de 5.000 perros «potencialmente peligrosos» inscritos en los registros municipales
La inscripción se completa, como mínimo, con los datos personales del responsable de la mascota, las características del perro y su lugar de residencia. Cualquier incidente relacionado con el can, como puede ser su robo, extravío, traslado a otro lugar de residencia e incluso su muerte, deben ser notificadas.

Solo en el País Vasco, había más de 5.000 perros «potencialmente peligrosos» inscritos en los registros municipales de la región en 2010. Mientras que de los 36.665 perros censados por el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, 1.586 corresponden a razas potencialmente peligrosas, según los datos del registro canario en noviembre de 2011.

Consejos
  • Recuerde que existen ocho razas de perro consideradas como potencialmente peligrosas desde en España: todo el territorio nacional; entre ellas, el Pit Bull, el Rottweiler y el Dogo Argentino.

  • Los perros mestizos que procedan del cruce de estas razas también deben atenerse al reglamento especial como canes de riesgo, por su posible peligrosidad.

  • Para adquirir un perro de esas razas se precisa una licencia administrativa, demostrar que se cuenta con las aptitudes psicológicas y contratar un seguro de responsabilidad civil.

  • La Ley impide a las personas con antecedentes penales, así como a los menores de edad, adquirir o poseer un animal de esas razas catalogadas.

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